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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 25 Viernes, 06 de febrero de 1998 Pág. 1.158

IV. OPOSICIONES Y CONCURSOS

UNIVERSIDAD DE SANTIAGO DE COMPOSTELA

RESOLUCIÓN de 15 de enero de 1998 por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión de una plaza de médico, grupo I, vacante en la plantilla de esta universidad.

Este rectorado, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 18 de la Ley de reforma universitaria en relación con el artículo 3.2 e) de la misma norma, así como en los estatutos de esta universidad, resuelve convocar pruebas selectivas para cubrir 1 plaza de médico del grupo I, vacante en su plantilla laboral, con sujeción a las siguientes bases de la convocatoria,

1. Normas generales.

1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir con personal laboral fijo 1 plaza de médico del grupo I del convenio colectivo de personal laboral de las universidades públicas de Galicia (DOG del 18 de octubre de 1996), por los sistemas de promoción interna y de acceso libre.

1.2. Los procesos de selección de promoción interna y libre se realizarán separadamente, y serán en primer lugar los de promoción interna. Las vacantes no cubiertas por el turno de promoción interna se acumularán al de provisión libre.

1.3. Los seleccionados por el sistema de promoción interna tendrán preferencia sobre el turno libre para la elección de vacantes.

1.4. Los/as aspirantes sólo podrán participar en uno de los sistemas de provisión.

1.5. El procedimiento de selección de los aspirantes será el de concurso-oposición, cuyas pruebas y valoraciones se ajustarán a lo que se especifica en el anexo I de esta convocatoria.

1.6. La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación total obtenida sumando ambas fases.

1.7. El programa que regirá en la fase de oposición se especifica en el anexo II.

2. Requisitos de los aspirantes.

2.1. Para la admisión a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los seguintes requisitos en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de formalización del contrato:

a) Ser español o nacional de cualquier Estado miembro de la Unión Europea.

b) Tener cumplidos 18 años de edad.

c) Estar en posesión del título de licenciado en medicina.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

e) No haber sido separado o suspendido de servicio de cualquiera de las administraciones públicas en virtud de expediente disciplinario, ni estar inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de la función pública.

2.2. Los aspirantes que concurran a las pruebas por el turno de promoción interna deberán reunir, además, los siguientes requisitos:

a) Tener la condición de personal laboral fijo de cualquiera de las universidades públicas de la Comunidad Autónoma de Galicia.

b) Pertenecer a distinta categoría que la de las plazas convocadas en la presente convocatoria.

c) Haber permanecido un mínimo de 6 meses en su categoría profesional.

3. Solicitudes.

3.1. Los que deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán solicitarlo al rector de la Universidad de Santiago de Compostela, en instancia según el modelo que figura como anexo IV a esta convocatoria, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia.

Los/as aspirantes deberán hacer constar en su solicitud el sistema por el que se inscriben, libre o promoción interna, según corresponda.

3.2. La instancia irá acompañada de fotocopia del DNI y de los justificantes que acrediten los méritos alegados en ella, en la siguiente forma:

3.2.1. Certificación acreditativa de los servicios prestados fuera de la Universidad de Santiago de Compostela expedida por la unidad de personal de la Universidad Pública de Galicia en donde prestaron los servicios referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Si los servicios fueron prestados en la Universidad de Santiago de Compostela, la certificación se expedirá de oficio, y se añadirá a la solicitud del aspirante.

3.2.2. Los cursos de formación y cualificación profesional se acreditarán mediante la presentación del correspondiente diploma, copia compulsada del mismo o certificación del centro que lo expide.

3.2.3. La experiencia profesional se acreditará mediante certificación de la correspondiente gerencia o unidad de personal de la Administración donde hubiese prestado servicios.

3.3. La presentación de solicitudes se hará en los registros generales de la Universidad ubicados en el Rectorado de la Universidad de Santiago (Pazo de San Xerome, plaza del Obradoiro, s/n) o en Vicegerencia de Lugo (Augas Férreas, polígono de Fingoi, Lugo), o en las restantes formas previstas en el artículo 38 de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

3.4. Los derechos de examen serán de 4.000 pesetas, que se ingresarán en la cuenta de Caixa Galicia «Oposiciones» número: 2091-0388-90-3110000646. Para realizar el ingreso deberá utilizarse por triplicado el modelo de solicitud que figura como anexo IV.

En ningún caso la presentación y pago en la entidad bancaria supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

3.5. Únicamente procederá la devolución de los derechos de examen a los aspirantes que sean excluidos definitivamente de estas pruebas selectivas y a tal efecto el reintegro se realizará de oficio. Para lo cual tendrán que hacer constar la entidad bancaria y el número de cuenta en la casilla que a tal efecto figura en la solicitud. De no figurar estos datos, se entenderá que renuncia a la devolución de los derechos de examen.

3.6. Los aspirantes con minusvalías deberán indicarlo en su instancia y solicitar las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en los que la adaptación sea necesaria.

4. Admisión de aspirantes.

4.1. Finalizado el plazo de admisión de solicitudes, el rector de la Universidad de Santiago de Compostela dictará, en el plazo de un mes, resolución por la que se aprueba la lista provisional de admitidos y excluidos, en la que consten las causas de exclusión y el plazo para repararlas.

Para reparar los defectos que motivasen la exclusión u omisión de dichas relaciones los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días contados a partir del siguiente a la publicación de la resolución. Los aspirantes que, dentro del plazo señalado no reparasen la exclusión u omisión, serán definitivamente excluídos de la realización de las pruebas.

La resolución que apruebe la lista definitiva de admitidos y excluidos agotará la vía administrativa.

5. Tribunal.

5.1. El tribunal calificador de estas pruebas es el que figura como anexo III a esta convocatoria y tendrá la categoría primera de las recogidas en el Decreto 299/1990, de 24 de mayo (DOG del 1 de junio), modificado por el Decreto 178/1992, de 26 de junio (DOG del 7 de julio).

El procedimiento de actuación del tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

5.2. Los miembros del tribunal deberán abstenerse de intervenir notificándolo al rector de la universidad, cuando concurran en ellos las circunstancias previstas en los artículos 28 y 29 de la Ley de régimen jurídico

de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o si realizase tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

El presidente podrá solicitar de los miembros del tribunal la declaración expresa de no encontrarse incurso en las circunstancias previstas en dichos artículos.

Asimismo, los/las aspirantes podrán recusar a los/las miembros del tribunal cuando concurran las circunstancias antes citadas.

5.3. A partir de su constitución, el tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros, titulares o suplentes.

5.4. Dentro de la fase de oposición el tribunal resolverá todas las dudas que pudiesen surgir en la aplicación de estas normas así como lo que deberá hacer en los casos no previstos.

5.5. El tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estime pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de estos asesores deberá ser comunicada al rector de la universidad. El nombramiento de los asesores se hará público, y les serán de aplicación las causas de abstención y recusación igual que a los miembros del tribunal.

5.6. El tribunal calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en los que resulte necesario, de forma que los aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los participantes. En este sentido, se establecerán para las personas con minusvalías que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.6 las adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización.

5.7. El tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios escritos sean corregidos sin que se conozca la identidad de los/as aspirantes. El tribunal excluirá a aquellos/as opositores que consignen su nombre en las hojas de examen, trazos, marcas o signos que permitan conocer su identidad.

5.8. En ningún caso el tribunal podrá declarar que superaron las pruebas selectivas un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.

5.9. El tribunal, de conformidad con lo previsto en el artículo 22.2 del convenio colectivo, podrá prever la constitución de listas de espera, según el orden de puntuación alcanzada en las pruebas, con los aspirantes que no las superaron, con la finalidad de aten

der, mediante contrataciones temporales las vacantes y necesidades que puedan producirse hasta la realización de la próxima convocatoria.

6. Desarrollo de los ejercicios.

6.1. El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra H, de conformidad con lo establecido en la Resolución de 16 de mayo de 1997 de la Dirección General de la Función Pública.

6.2. En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por el tribunal para que acrediten su identidad.

6.3. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en un solo llamamiento, siendo excluidos de las pruebas aquéllos que no comparezcan, salvo en casos de fuerza mayor, debidamente justificados, y libremente apreciados por el tribunal.

6.4. El día, hora y lugar de realización del primer ejercicio se harán públicos en la resolución que apruebe la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos.

6.5. La publicación de los sucesivos anuncios de celebración de los demás ejercicios se efectuará en los locales donde se hiciera el primero de ellos así como en el rectorado de la universidad, o por cualquier otro medio que se estime conveniente para asegurar su máxima divulgación, con una antelación de por lo menos veinticuatro horas a la señalada para su iniciación.

6.6 En cualquier momento del proceso selectivo, si el tribunal tuviese conocimiento de que alguno de los aspirantes carece de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, tras la audiencia al interesado, deberá proponer su exclusión al rector de la Universidad de Santiago de Compostela, comunicándole también las inexactitudes y falsedades planteadas por el/la aspirante en su solicitud a los efectos procedentes.

7. Lista de aprobados.

7.1. Concluido cada uno de los ejercicios de la fase de oposición, el tribunal calificador hará pública la relación de los aspirantes seleccionados en cada uno de ellos, con indicación de la puntuación obtenida.

7.2. La lista con la valoración de méritos de la fase de concurso se hará pública una vez celebrado el último ejercicio de la fase de oposición..

7.3. La calificación final del concurso-oposición vendrá determinada por la suma aritmética de las puntuaciones correspondientes a la fase de oposición más la obtenida en la fase de concurso de méritos, en la forma establecida en el anexo I. En caso de empate, se dará preferencia a la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición. De persistir el empate se dirimirá a favor del candidato que hubiese obtenido la mayor puntuación en el ejercicio específico de la primera fase. El tribunal hará pública, para cada sistema de acceso, la lista de los aspirantes que, según el orden de puntuación total alcanzada por cada uno

de ellos fuesen seleccionados, y que en ningún caso podrá contener un número de candidatos superior al de plazas convocadas. Dicha relación, que será elevada por el tribunal por el rector de la universidad junto con la propuesta de contratación a favor de los aspirantes que figuren en ella, será publicada en el tablón de anuncios del rectorado.

8. Presentación de documentos.

8.1. En el plazo de 20 días naturales a partir del día siguiente a aquél en que se hiciesen públicas las relaciones definitivas de aprobados en el rectorado de la Universidad, los/as aspirantes que figuren en ellas deberán presentar en el Servicio de PAS (Casa da Balconada, Rúa Nova, 6 de Santiago de Compostela) la siguiente documentación:

a) Fotocopia del DNI o pasaporte.

b) Fotocopia compulsada del título exigido.

c) Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna Administración pública y de no hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas, ni realizar actividad o actividades sujetas a incompatibilidad.

Los nacionales de otros estados miembros de la Comunidad Europea deberán acreditar igualmente no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida ,en su estado, el acceso a la función pública.

d) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que lo imposibilite para el servicio.

8.2. Los que tuviesen la condición de personal laboral fijo de cualquier Universidad Pública de Galicia, estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya probados para acceder a su anterior puesto; deberán presentar certificación de la universidad correspondiente para acreditar tal condición, de no haberla presentado con anterioridad.

8.3. Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos expresados en la base anterior, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admitido en derecho.

8.4. Quien dentro del plazo fijado, y salvo caso de fuerza mayor, no presentase la documentación o del examen se dedujese que carece de alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrá ser nombrado como personal laboral fijo y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiese incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

9. Disposición final.

La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta y de las actuaciones del tribunal podrán ser impugnados en los casos y en las formas establecidas en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las admi

nistraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Santiago de Compostela, 15 de enero de 1998.

P.D. (R. 23-12-97)

Luis Concheiro Carro

Vicerrector de Relaciones Exteriores y Proyección Universitaria

ANEXO I

Denominación de la plaza: médico. Grupo I

Procedimiento de selección:

El procedimiento de selección será el de concurso-oposición.

1. El concurso-oposición constará de las fases que a continuación se indican:

1.1. Primera fase, de carácter eliminatorio: (para sistemas de promoción interna y acceso libre).

Primer ejercicio (práctico):

Se presentarán varias pruebas sobre temas que se ven a diario en una consulta médica. Será preciso hacer un correcto diagnóstico sobre las mismas.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de una hora.

La puntuación será de 0 a 30 puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 15 puntos.

Segundo ejercicio (teórico):

Consistirá en la realización por escrito de dos temas escogidos al azar entre los que figuran en el anexo II, perteneciendo uno de ellos a la primera parte y otro a la segunda parte del temario específico.

El tiempo máximo de este ejercicio será de dos horas.

La puntuación será de 0 a 30 puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 15 puntos.

1.2. Segunda fase:

Turno de promoción interna.

-Prueba de conocimiento de lengua gallega. Tendrá carácter selectivo y no eliminatorio.Constará de dos pruebas:

Primera: consistirá en la traducción, sin diccionario, de un texto de castellano a gallego, elegido por sorteo de entre tres propuestos por el tribunal.

Segunda: consistirá en la traducción, sin diccionario, de un texto de gallego a castellano, elegido por sorteo de entre tres propuestos por el tribunal.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de una hora. La puntuación será de 0 a 10 puntos.

Turno de acceso libre: tendrá carácter selectivo y no eliminatorio, constará de dos partes:

-Conocimientos no específicos del puesto. Consistirá en contestar por escrito a un cuestionario de preguntas tipo test, con 3 respuestas alternativas de las que

sólo una será la correcta, propuestas por el tribunal y correspondientes al temario no específico. La duración de esta prueba no será inferior a una hora. La puntuación de esta parte será de 0 a 10 puntos.

-Prueba de conocimiento de lengua gallega. Tendrá carácter selectivo y no eliminatorio. Constará de dos pruebas:

Primera: consistirá en la traducción, sin diccionario, de un texto de castellano a gallego, elegido por sorteo de entre tres propuestos por el tribunal.

Segunda: consistirá en la traducción, sin diccionario, de un texto de gallego a castellano, elegido por sorteo de entre tres propuestos por el tribunal.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de una hora. La puntuación será de 0 a 10 puntos.

1.3. Terceira fase: concurso.

Turno de promoción interna: máximo 30 puntos.

1. Antigüedad: máximo 8 puntos a razón de 0,055 puntos por mes trabajado.

Experiencia: máximo 13 puntos.

A) En la misma categoría en universidades públicas (0.18 puntos por mes trabajado).

2. Cursos de formación y perfeccionamiento, dispensados por centros o organismos oficiales y que estén directamente relacionados con el contenido de la plaza. Máximo 5 puntos, a puntuar del siguiente modo:

-Cursos de formación recibidos:

Cursos de aptitud: 0,02 puntos/hora de duración del curso.

Cursos de asistencia: 0,01 puntos/hora de duración del curso.

Curso de inciación de lengua gallega: 0,01 puntos/hora.

Curso de perfeccionamiento lengua gallega: 0,02 puntos/hora.

En caso de tener los cursos de iniciación y perfeccionamiento de gallego, sólo puntuará el de perfeccionamiento.

-Cursos de formación impartidos: 0,03 puntos/hora de duración del curso.

En los cursos en los que no figure el número de horas, la puntuación se hára por el mínimo de 10 horas.

3. Entrevista. Se valorará hasta un máximo de 4 puntos.

1.4. Concurso para el turno de acceso libre: máximo 15 puntos.

-Se valorarán los siguientes conceptos:

Experiencia: máximo 8 puntos.

A) Misma categoría universidades públicas (0.11 puntos por mes trabajado).

B) Misma categoría en administraciones públicas (0.055 puntos por mes trabajado).

C) Otras categorías universidades públicas (0.055 puntos por mes trabajado).

Cursos: se valorarán igual que en la promoción interna, hasta un máximo de 4 puntos.

Entrevista: se valorará hasta un máximo de 3 puntos.

ANEXO II

Denominación de la plaza: médico. Grupo I

Temario específico

Primera parte: generalidades.

1. Organización científica del trabajo. Ergonomía. Características de los lugares de trabajo: ventilación, temperatura, iluminación.

2. Ordenación del espacio de trabajo. Consideraciones metodológicas sobre el diseño del puesto de trabajo y características ergonómicas de un asiento de oficina. Puestos de trabajo en sedestación. Recomendaciones para la disposición de los elementos del puesto. Puesto de trabajo en bipedestación.

3. Horarios y ritmos de trabajo. Organización de los ritmos profesionales. Fisiología de los ritmos biológicos. Perturbaciones debidas al trabajo por turnos. Mejoras posibles.

4. Accidentes de trabajo. Concepto. Importancia. Causas. Prevención.

5. Dolencias profesionales. Concepto y clasificación. Prevención.

6. Incapacidad laboral e invalidez.

7. El método epidemiológico en salud laboral.

8. Detección precoz de dolencias en un Servicio de Salud Laboral.

9. Ley de prevención de riesgos laborales.

Segunda parte: patología del trabajo.

1. Dolencias broncopulmonares de origen laboral.

2. Alteraciones bucodentarias de origen laboral.

3. Alteraciones otorrinolaringológicas de origen laboral.

4. Hepatopatías de origen laboral.

5. Dolencias cardiovasculares de origen laboral.

6. Dermatosis profesionales.

7. Endocrinopatías y trastornos reproductivos de origen laboral.

8. Hemopatías de origen laboral.

9. Nefropatías de origen laboral.

10. Trastornos neurológicos de origen laboral.

11. Oftalmología laboral.

12. Cáncer laboral.

13. Dolencias reumáticas de origen laboral.

14. Medidas terapeúticas generales ante las intoxicaciones agudas en el medio laboral.

15. Psicología laboral.

16. Estrés laboral. Desencadenantes del estrés laboral. Respuestas psicobiológicas al estrés y consecuencias sobre la salud. Estrategias de intervención para la prevención y el manejo del estrés laboral.

17. Drogas en el medio laboral.

18. Urgencias médicas en el medio laboral.

Temario no específico

1. La Constitución de 1978: estructura y contenido.

2. El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Requisitos y eficacia de los actos administrativos. Motivación y notificación, nulidad y anulabilidad de los actos.

3. El procedimiento administrativo común. Iniciación, ordenación, instrucción y terminación. La revisión de los actos en vía administrativa: revisión de oficio. El silencio administrativo.

4. Los recursos administrativos: recurso ordinario. Recurso de revisión.

5. Texto refundido de la Ley del Estatuto de trabajadores. Derechos y deberes laborales básicos. Clasificación profesional y promoción en el trabajo. Movilidad funcional y geográfica. De los derechos de representación colectiva y de reunión de los trabajadores en la empresa. De la negociación de los convenios colectivos.

6. La Ley de reforma universitaria. Las universidades. Naturaleza jurídica.

7. La Universidad de Santiago de Compostela. Estatutos. Régimen económico y financiero.

8. La Universidad de Santiago de Compostela. Estatutos. Órganos de gobierno unipersonales y colegiados.

9. La Universidad de Santiago de Compostela. Estatutos. Clases y régimen jurídico del PAS.

10. III convenio colectivo del personal laboral de las universidades públicas de Galicia.

ANEXO III

Denominación de la plaza: médico. Grupo I

Tribunal calificador

-Titulares:

Presidente: Aureliano García González-Llanos. Gerente de la Universidad de Santiago de Compostela.

Vocais:

Representantes de la universidad:

María del Carmen Pardiñas Añón. Médico. Grupo I de la plantilla laboral de la Universidad de Santiago de Compostela.

Ana Mª Bermejo Barrera. Profesora titular de medicina legal de la Facultad de Medicina. Médico de empresa.

Representantes del comité de empresa:

Francisco Castro Alvaredo. Grupo V de la plantilla laboral de la Universidad de Santiago de Compostela.

Juan Mariñas Liste. Grupo IV de la plantilla laboral de la Universidad de Santiago de Compostela.

Secretaria: Amparo Azurmendi Rodríguez. Funcionaria de carrera de la escala auxiliar de la Universidad de Santiago de Compostela, que actuará con voz pero sin voto.

-Suplentes:

Presidente: José Vázquez Portomeñe. Vicegerente del Campus de Lugo.

Vocais:

Representantes de la universidad:

Manuel Freire Garabal Núñez. Profesor titular de farmacología de la Facultad de Farmacia.

Ángel Segade García. Profesor de la Escuela de Óptica y Acústica. Médico especialista en Oftalmología.

Representantes del comité de empresa:

Manuela García Freire. Grupo IV de la plantilla laboral de la Universidad de Santiago de Compostela.

José Fernado Cobos Otero. Grupo IV de la plantilla laboral de la Universidad de Santiago de Compostela.

Secretaria: Amalia Díaz Sánchez. Funcionaria de carrera de la escala auxiliar de la Universidad de Santiago de Compostela, que actuará con voz pero sin voto.

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