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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 23 Miercoles, 04 de febrero de 1998 Pág. 1.059

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO SEIS DE SANTIAGO DE COMPOSTELA

CÉDULA de notificación (90/1997-08).

María Begoña Arroyo Martín, secretaria del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número seis de Santiago de Compostela, certifica: que en este juzgado se siguen autos de juicio de faltas número 90/1997, sobre lesiones y hurto, en los cuales ha recaido sentencia cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

En Santiago de Compostela, a dieciocho de diciembre de mil novecientos noventa y siete. José Gómez Rey, magistrado juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número seis de este partido, pronuncia la siguiente sentencia:

Vistos los presentes autos de juicio verbal de faltas número 90/1997, seguidos en este juzgado, sobre lesiones y hurto, en los que son partes, además del Ministerio Fiscal, en representación de la acción pública, los denunciantes-denunciados Manuel Boo Romero, David Sanjuán Alonso y Cedric Cotos Lindecker.

Fallo: que debo condenar y condeno a David Sanjuán Alonso y Cedric Cotos Lindecker, como autores de una falta de hurto, a la pena de msulta de un mes, para cada uno de ellos, fijando el importe de la cuota diaria de la pena de multa en la cuantía de doscientas pesetas y señalando la responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas. Asimismo, les condeno al pago por mitad de las costas procesales.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación ante este juzgado, para ante la audiencia provincial, en el plazo de cinco días a partir del siguiente al de la notificación, en la forma que disponen los artículos 795 y 796 de la Ley de enjuiciamiento criminal.

Así, por esta mi sentencia, de la que se llevará certificación literal a los autos, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que así conste y sirva de notificación a Cedric Cotos Lindecker, en paradero desconocido, expido, sello y firmo la presente cédula en Santiago de Compostela, a dieciocho de diciembre de mil novecientos noventa y siete.

La secretaria

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