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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 17 Martes, 27 de enero de 1998 Pág. 710

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 2 de diciembre de 1997, de la Dirección General de Industria, por la que se aprueba la modificación del proyecto de ejecución y se autoriza a Enagás, S.A. la instalación del ramal Pontevedra Ourense; addenda II, en los términos municipales de O Carballiño y Maside.

Vistos los escritos y documentación presentados por la empresa Enagás, S.A., con domicilio a efectos de notificaciones en Avda. de América, nº 38, 28028 Madrid, esta dirección general tiene en cuenta los siguientes hechos:

Primero.-Con fecha 12 de marzo de 1993, la Consellería de Industria y Comercio otorgó a Enagás, S.A. la concesión administrativa para la conducción y suministro de gas natural para usos industriales en los términos municipales de Pontevedra, Pontecaldelas, Cotobade, A Lama, Avión, Boborás, O Carballiño, Maside, Punxín y Amoeiro.

Segundo.-Con fecha 16 de octubre de 1995, esta Dirección General de Industria aprobó el proyecto de ejecución y autorizó las instalaciones contempladas en el proyecto del ramal Pontevedra-Ourense.

Tercero.-Con fecha 3 de julio de 1997, la referida empresa solicitó, al amparo de lo establecido en la Ley 10/1987, de 15 de junio, en el artículo 9 del Reglamento general del servicio público de gases combustibles y a los efectos previstos en el artículo 20

del mismo en relación con el Decreto 1775/1967, de 22 de julio, la aprobación de la modificación al proyecto de ejecución del ramal Pontevedra-Ourense, addenda II, y la autorización de las instalaciones descritas en el mismo, acompañando a dicha solicitud el preceptivo proyecto de instalaciones, que fue redactado conforme a lo exigido por el Reglamento de redes y acometidas de combustibles gaseosos, aprobado por orden del Ministerio de Industria, de 18 de noviembre de 1974, modificado por órdenes del Ministerio de Industria y Energía, de 26 de octubre de 1983, de 6 de julio de 1984 y 9 de marzo de 1994.

Las características técnicas básicas de las instalaciones serán las siguientes:

-Cambio de ubicación de la posición I-022-3 situada en el término municipal de O Carballiño, trasladándola 846 metros hacia el este y ampliándose su superficie de 25x25 m a 30x40 m para una futura estación de regulación y medida.

-Cambio de la línea eléctrica de suministro de energía en baja tensión cuyo inicio y conexión comienza en el transformador de Unión Fenosa existente en el término municipal de Maside, con una longitud de 987 metros siendo la potencia de consumo a transportar de 5 kw.

El presupuesto de las obras asciende a 1.580.825 ptas.

Cuarto.-Por resolución de esta Dirección General de Industria, de 15 de julio de 1997, se sometió a información pública la referida addenda al proyecto junto con la relación de bienes y derechos afectados, publicada en el Diario Oficial de Galicia, del 14 de agosto de 1997, en el BOP de Ourense, del 12 de agosto de 1977, en el diario La Región, del 7 de agosto de 1997, en extracto en el BOE del 25 de septiembre de 1997, siendo expuesto igualmente en el tablón de anuncios de los ayuntamientos de Maside y O Carballiño y en el de la delegación provincial de Ourense, sin que se presentase en el período legalmente establecido para ello alegación alguna.

Quinto.-La solicitud objeto de este expediente está informada favorablemente por la delegación provincial de Ourense.

Fundamentos de derecho

Primero.-La Dirección General de Industria es la competente para resolver este expediente en base al Estatuto de autonomía de Galicia, al Real decreto 2563/1982, de 24 de julio, al Decreto 132/1982, de 4 de noviembre y al Decreto 209/1990, de 15 de marzo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Industria y Comercio, modificado por los Decretos 140/1991, de 2 de mayo, y 292/1995, de 3 de noviembre, en relación con la citada Ley 10/1987, de 15 de junio, con los Decretos 2913/1973, de 9 de diciembre y 1775/1967, de 22 de junio, y

en virtud de lo establecido en el acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia, de 6 de mayo de 1993, por el que se designa a la Consellería de Industria y Comercio como órgano por razón de la materia para la tramitación de la unidad de expediente y resolución única del procedimiento.

Segundo.-El proyecto cumple con las exigencias reglamentarias fijadas en el citado Decreto 2913/1973, de 26 de octubre, así como las normas o reglamentos que las desarrollan, y el Reglamento de redes y acometidas de combustibles gaseosos aprobado por la orden del Ministerio de Industria, de 18 de noviembre de 1974.

Tercero.-En el expediente instruido al efecto se han cumplido los trámites reglamentarios.

Esta dirección general, de acuerdo con todo lo que antecede y en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas,

RESUELVE:

-Otorgar a Enagás, S.A. la autorización administrativa y la aprobación de la modificación al proyecto de ejecución de las instalaciones que se contemplan en la addenda II al proyecto del ramal Pontevedra-Ourense, reflejadas en el apartado tercero de los antecedentes, correspondientes a los términos municipales de O Carballiño y Maside con arreglo a las condiciones establecidas en la citada Resolución de 16 de octubre de 1995.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, en su caso, recurso ordinario ante el conselleiro de Industria y Comercio, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación o notificación, conforme a lo establecido en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Santiago de Compostela, 2 de diciembre de 1997.

Joaquín del Moral Crespo

Director general de Industria

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