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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 13 Miercoles, 21 de enero de 1998 Pág. 532

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO SEIS DE SANTIAGO DE COMPOSTELA

CÉDULA de notificación (76/1997).

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:

«Sentencia. En Santiago de Compostela doce de diciembre de mil novecientos noventa y siete. José Gómez Rey, magistrado-juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número seis de Santiago de Compostela y su partido, haciendo visto los presentes autos de menor cuantía 76/1997, seguidos ente este juzgado, entre partes, de una como demandante, entidad mercantil Granitos de Xallas, S.L. con la procuradora María Rita Goimil Martínez, y de otra, como demandados, Ángel Darío Lago Rodríguez, Francisco Javier Lago Rodríguez, Ana Fernández Horcajada, Silvia Nuria Taboada Bartumeu, E.C. Marítimo, S.L. y Proin Lago Empresa Constructora, S.L., sobre menor cuantía, y, fallo:

Que, estimando la demanda presentada por la procuradora Rita Goimil Martínez, en nombre y representación de Granitos de Xallas, S.L., contra Ángel Darío Lago Rodríguez, Francisco Javier Lago Rodríguez, Ana Fernández Horcajada, Silvia Nuria Taboada Bartumeu, E. C. Marítimo, S.L. y Proin Lago Empresa Contructora, S.L., debo condenar y condeno a los demandados al pago a la actora de la suma de doce millones ochocientas cuarenta y nueve mil cuatrocientas ochenta y cinco pesetas (12.849.485 ptas.) a que fue condenada la mercantil Marítimo Terrestre de Construcciones, S.L. para el pago del principal reclamado por la actora, así como la suma de trescientas setenta y cinco mil trescientas ochenta y dos pesetas (375.382 ptas.), a cuyo pago fue igualmente

condenada por los gastos bancarios que, por devolución de efectos fueron causados a la actora, más los intereses legales incrementados en dos puntos desde la presentación de la demanda que dio origen al juicio de menor cuantía que bajo el número 195/1994 se tramitó en este mismo juzgado hasta su total y cumplido pago, junto con el importe de las costas de aquel procedimiento y de sus incidentes.

Todo ello con expresa imposición a los demandados de las costas procesales causadas en el presente proceso.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación ante este juzgado para ante la Audiencia Provincial, en el plazo de cinco días a partir del siguiente al de su notificación.

Así, por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en la instancia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y como consecuencia del ignorado paradero de Francisco Javier Lago Rodríguez, se extiende la presente cédula para que sirva de notificación.

Santiago de Compostela, dieciocho de diciembre de mil novecientos noventa y siete.

El/La secretario/a

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