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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 7 Martes, 13 de enero de 1998 Pág. 276

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MONTES

RESOLUCIÓN de 9 de diciembre de 1997, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se notifica la resolución del expediente sancionador (C-255/96) (caza-Pontevedra).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a las personas que en el anexo se mencionan la resolución de dichos expedientes, por infracción a la Ley 1/1970, de 4 de abril, sobre caza.

1. Contra dicha resolución, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 107.1º y 114 ó 117 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de esta publicación, podrá interponer recurso ordinario ante el conselleiro de Agricultura, Ganadería y Montes. Transcurrido el plazo de interposición del recurso sin que éste fuera presentado, esta resolución será firme a todos los efectos.

2. El importe de la sanción así como el de la indemnización, se hará efectivo, dentro del plazo de quince días contados desde el momento en que la resolución sea firme, en la cuenta número 120.596, del Banco Pastor (0072) oficina principal (0401). De no hacerlo dentro del plazo señalado, se procederá a su cobro por la vía de apremio.

3. El rescate de lo decomisado, en el caso de que se trate de utensilios de uso lícito, podrá obtenerse previo pago de la cuantía total de la sanción e indemnización dentro del plazo establecido en el párrafo anterior.

Pontevedra, 9 de diciembre de 1997.

José Luis Díez Yáñez

Delegado provincial de Pontevedra

ANEXO

Expediente: C-255/96.

Denunciado: Jorge Irago Villanueva.

Último domicilio conocido: Igrexa, s/n-Tremoedo, Vilanova de Arousa.

Hecho denunciado: cazar con escopeta y hurón dentro del coto privado de caza PO-10.143, sin permiso, el día 12 de diciembre de 1996, en el término municipal de Cambados.

Precepto infringido: artículo 48.1º.8 de la Ley 1/1970, de caza y artículo del Real decreto 1095/1989, en relación con el artículo 39 de la Ley 4/1989, de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestre.

Precepto sancionador: artículo 48 de la Ley 1/1979, de caza y artículo 7 del Real decreto 1095/1989, en relación con el artículo 39 de la Ley 4/1989, de conservación de los espacios naturales y de flora y fauna silvestre.

Sanción: 50.000 ptas.

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