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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 7 Martes, 13 de enero de 1998 Pág. 259

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA

ORDEN de 10 de diciembre de 1997 por la que se autoriza definitivamente la implantación de ciclos formativos al centro privado Santa Apolonia de Santiago de Compostela (A Coruña).

Examinado el expediente presentado por el centro privado Santa Apolonia, por el que solicita autorización para poder impartir ciclos formativos de las familias profesionales, actividades físicas y deportivas y sanidad.

Vista la Ley orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de ordenación general del sistema educativo; Real decreto 1004/1991 (BOE del 26), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas de régimen general no universitarios; Real decreto 2049/1995 (BOE del 14-2-1996), por el que establece el título de técnico en conducción de actividades físicas-deportivas en el medio natural; Real decreto 2048/1995 (BOE del 9-2-1996) por el que se establece el título de técnico superior en animación de actividades físicas y deportivas; Real decreto 546/1995 (BOE del 5 de junio) por el que se establece el título de técnico en cuidados auxiliares de enfermería; Real decreto 543/1995 (BOE del 5 de junio) por el que se establece el título de técnico superior en documentación sanitaria; el Real decreto 537/1995 (BOE del 2 de junio) por el que se establece el título de técnico superior en hixiene bucodental; Decreto 133/1995, de 10 de mayo (DOG del 22) sobre autorización de

centros privados y la Orden de 20 de septiembre de 1995 (DOG del 15 de diciembre), que desarrolla dicho decreto.

Teniendo en cuenta el informe favorable de la Dirección General de Ordenación Educativa y de Formación Profesional y por propuesta de la Dirección General de Centros e Inspección Educativa, esta consellería,

DISPONE:

Primero.-Autorizar al centro privado Santa Apolonia de Santiago de Compostela, a impartir los ciclos formativos:

-Ciclo formativo de grado medio de conducción de actividades físico-deportivas en el medio natural, de la familia profesional actividades físicas y deportivas.

-Ciclo formativo de grado superior de animación de actividades físicas y deportivas, de la familia profesional actividades físicas y deportivas.

-Ciclo formativo de grado medio de cuidados auxiliares de enfermería, de la familia profesional sanidad.

-Ciclo formativo de grado superior de documentación sanitaria, de la familia profesional sanidad.

-Ciclo formativo de grado superior de higiene bucodental, de la familia profesional sanidad.

Quedando la composición resultante de dicho centro según se especifica en el anexo.

Segundo.-La delegación provincial de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria, previo informe de la Inspección educativa, aprobará expresamente

la relación de persoal que impartirá docencia en dicho centro.

Tercero.-El centro de formación profesional específica que por la presente orden se autoriza deberá cumplir la norma básica de la edificación NBE-CPI/1996, de condiciones de protección contra incendios en los edificios, aprobada por Real decreto 2177/1996, de 4 de octubre (BOE del 29). Todo esto sin perjuicio de que tengan que cumplirse otros requisitos exigidos por la normativa municipal o autonómica.

Quinto.-Queda el centro obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando tenga que modificarse cualquiera de los datos que señala la presente orden.

Sexto.-Dado que el centro privado Santa Apolonia figura con tres códigos diferentes: 15027371, 15026561 e 15025116, solamente tiene validez el que figura en el anexo.

Séptimo.-Contra de la presente orde, que agota la vía administrativa, poderá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 10 de diciembre de 1997.

Celso Currás Fernández

Conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria

ANEXO

Provincia: A Coruña.

Ayuntamiento: Santiago de Compostela.

Localidad: Santiago de Compostela.

Domicilio: A Rocha, Poza Real, 5.

Denominación: Santa Apolonia.

Titular: M. del Rosario Medina Gómez.

Código del centro: 15025116.

Composición resultante:

-Centro de educación infantil: 3 unidades.

-Centro de educación primaria: 6 unidades.

-Centro de educación secundaria: 4 unidades de educación secundaria obligatoria.

-Centro de formación profesional específica:

Familia profesional actividades físicas y deportivas:

a) Un ciclo formativo de grado medio conducción de actividades físico-deportivas en el medio natural: 1 unidad.

b) Ciclo formativo de grado superior animación de actividades físicas y deportivas: 2 unidades.

Familia profesional sanidad:

a) Un ciclo formativo de grado medio cuidados auxiliares de enfermería: 1 unidad.

b) Un ciclo formativo de grado superior documentación sanitaria: 1 unidad.

c) Un ciclo formativo de grado superior higiene bucodental: 1 unidad.

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