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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 5 Viernes, 09 de enero de 1998 Pág. 215

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CEE

ANUNCIO.

El Ayuntamiento de Cee, en sesión plenaria celebrada el día 9 de mayo de 1997, aprobó la oferta de empleo público para 1997. Una vez publicada en el DOG nº 105 del 3 de junio de 1997 y en el BOE nº 72, del 19 de julio de 1997.

Esta alcaldía, en consecuencia, redacta las bases generales y las específicas de las plazas que figuran en la citada oferta y que a continuación se transcriben:

Bases generales.

Convocatoria unitaria para la provisión en propiedad de plazas de funcionarios de carrera y personal laboral fijo, incluidas en la oferta de empleo público del Ayuntamiento de Cee para 1997.

1. Objeto de la convocatoria.

Es objeto de la presente convocatoria unitaria -que se completa con las correspondientes convocatorias específicas- la provisión en propiedad de las plazas de funcionarios de carrera y personal laboral fijo incluidas en la oferta de empleo público de esta corporación para 1997, según se concreta en dichas convocatorias específicas y mediante el proceso selectivo que en ellas se establece en cada supuesto.

2. Condiciones de los aspirantes.

Para tomar parte en las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos: referidos todos y cada uno de ellos a la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes:

a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, conforme a lo establecido en la Ley 17/1993, de 23 de diciembre.

b) Tener cumplidos 18 años de edad y no tener alcanzada la edad de jubilación, en el caso de la plaza de personal laboral.

Para las plazas de funcionarios, tener cumplidos 18 años de edad y no exceder de aquella en que falten más de 10 para la jubilación forzosa por edad. El exceso de dicho límite no afectará a los funcionarios en propiedad de la corporación que aspiran a la plaza de promoción interna.

El requisito de edad para las dos plazas de policías locales se establece en las bases específicas.

c) Tener el título exigido, o estar en condiciones de obtenerlo, en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias. Los títulos requeridos para cada una de las plazas se señalan en las convocatorias específicas.

d) No tener enfermedad o defecto físico que impida o sea incompatible con el normal desempeño de las funciones o tareas correspondientes a la plaza a la que se opte. Las personas con alguna discapacidad deberán hacerlo constar en la solicitud, señalando si precisan adaptación de las pruebas. La condición de minusválido y su compatibilidad se acreditarán con certificación de la Delegación Provincial de la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales.

e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado, comunidades autónomas o entidades locales, ni encontrarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

3. Presentación de solicitudes.

1. Las instancias en las que se solicite participar en los respectivos procesos selectivos se dirigirán al alcalde-presidente del ayuntamiento, bien directamente, o a través de los procedimientos previstos en el artículo 38.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en el plazo de 20 días naturales contados desde el siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria específica en el Boletín Oficial del Estado.

Para ser admitido y, en su caso, tomar parte en la práctica de las pruebas, los aspirantes manifestarán en sus solicitudes que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base 2ª y también los que, en su caso, se exijan en la convocatoria específica de que se trate, referidos siempre a la fecha de expiración del plazo señalado para presentación de instancias, y que se comprometen, en caso de ser propuestos para el correspondiente nombramiento -en el caso de plazas de funcionarios- a prestar el juramento o promesa de acuerdo con lo determinado en el Real decreto 707/1979, de 5 de abril.

2. A las instancias se unirán los documentos que siguen:

a) Fotocopia simple del DNI.

b) Justificante acreditativo del abono de los derechos de examen, en la cuantía que se fija para cada caso en la convocatoria específica.

El abono puede efectuarse mediante abono directo en la Tesorería Municipal, por giro postal o telegráfico, o por ingreso en cuenta bancaria.

En este caso, deberá expresarse con claridad a quien corresponde el ingreso y a qué convocatoria se atribuye el pago. Los derechos de examen sólo serán devueltos a los que no fuesen admitidos a las pruebas selectivas por no reunir los requisitos exigidos en la convocatoria.

c) Aquellos documentos que se establezcan, en su caso, en las bases de la correspondiente convocatoria específica.

4. Admisión de los aspirantes.

1. Terminado el plazo de presentación de solicitudes, el alcalde-presidente dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, que se publicará en el BOP y en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial, con indicación del plazo de reclamaciones en los términos que el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, concede a los aspirantes excluidos.

Si hubiere reclamaciones serán aceptadas o rechazadas en la resolución aprobatoria de la lista definitiva, que se hará pública en la forma anteriormente indicada. Contra esta resolución sólo cabe, en su caso, interponer recurso contencioso-administrativo.

2. El hecho de figurar en la relación de admitidos no prejuzga que se les reconozca a los interesados la posesión de los requisitos exigidos en los procedimientos

selectivos derivados de la presente convocatoria unitaria cuando la documentación que debe presentarse -en el caso de superar el procedimiento selectivo- se desprenda que no poseen alguno de los requisitos exigidos para participar. Los interesados decaerán en todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en este procedimiento.

5. Tribunales calificadores.

1. Los tribunales calificadores de los procesos selectivos se designarán de conformidad con lo dispuesto en el R.D. 896/1991, de 7 de julio, que establece las reglas básicas y programas mínimos a que debe de ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración local. En el caso de las plazas de policías locales se estará también a lo dispuesto en el Decreto 121/1995, de 20 de abril.

2. La designación de los miembros de los tribunales incluirá a los respectivos suplentes y será publicada en el BOP y tablón de anuncios de la Casa Consistorial con -por lo menos 2 meses- de antelación al comienzo de las pruebas.

3. Los miembros del tribunal deberá abstenerse de intervenir, comunicándolo a la autoridad convocante, cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Los aspirantes podrán recusar a los miembros del tribunal, cuando concurran aquellas circunstancias.

4. El tribunal no se podrá constituir ni actuar sin la presencia, cuando menos, de la mitad de sus miembros, titulares o suplentes, indistintamente.

5. El tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos, de asesores especialistas para las pruebas correspondientes a los ejercicios, que juzgue oportuno, limitándose los mismos a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. Tales asesores tendrán voz pero no voto.

6. A los efectos de percepción de asistencias, los componentes de los tribunales que actúen en los procesos selectivos, tendrán las categorías que establece el R.D. 236/1988, de 4 de marzo, actualizadas por Resolución de 22 de marzo de 1993.

6. Comienzo de las pruebas y orden de actuación de los aspirantes.

1. Las pruebas no podrán comenzar hasta transcurridos 2 meses desde la fecha en que aparezca en el Boletín Oficial del Estado el anuncio de la convocatoria, un mes antes, como mínimo del comienzo de los ejercicios se anunciará en el BOP y en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial, el día, hora y lugar en que tendrá lugar el primero de ellos.

2. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, salvo casos de fuerza mayor, debidamente justificados y apreciados por el tribunal.

Deberán acreditar su personalidad con la exhibición del DNI o documento que lo sustituya.

3. La actuación de los aspirantes en aquellos ejercicios que no puedan celebrarse conjuntamente, se hará por orden alfabético según la primera letra de su apellido, comenzando por la letra «Z», conforme a lo dispuesto

en la Resolución de 9 de abril de 1997 (BOE nº 88, del 12 de abril) de la Secretaría del Estado para la Administración Pública.

7. Desarrollo del proceso selectivo.

1. En las convocatorias específicas que completan la presente convocatoria unitaria, se concreta el contenido de cada prueba, su forma de desarrollarla, sistema de calificación de los ejercicios y sus correspondientes programas.

2. Los aspirantes podrán realizar los ejercicios, a su elección, en cualquiera de las dos lenguas oficiales, castellano o gallego.

3. Los ejercicios escritos que se celebren podrán ser leídos públicamente, si así lo acuerda el tribunal.

4. La publicación de los anuncios de celebración del 2º ejercicio y sucesivos se hará por el tribunal en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial.

5. Las calificaciones de los aspirantes aprobados en cada uno de los ejercicios se publicará asimismo en el tablón de anuncios del ayuntamiento.

6. Entre el final de una prueba o ejercicio y el comienzo de la siguiente, deberá transcurrir un plazo mínimo de 48 horas y un máximo de 45 días.

7. Cuando en la convocatoria específica no conste expresamente la duración de una prueba o ejercicio el tribunal decidirá al respecto, atendiendo a su naturaleza y características.

8. Calificación de los ejercicios y publicación de resultados.

1. La calificación de cada ejercicio, se efectuará sumando las puntuaciones otorgadas por cada miembro del tribunal -con los límites que establecen las bases específicas y dividiendo por el número de miembros.

2. Los sistemas de calificación de cada prueba se señalarán en las respectivas convocatorias específicas.

3. Terminada la calificación de los ejercicios, el tribunal publicará por orden la puntuación final especificándola numéricamente. En ningún caso el número de aspirantes aprobados podrá superar el número de plazas convocadas.

4. El tribunal no podrá declarar que superaron las pruebas selectivas, ni que aprobaron un número mayor de aspirantes que plazas convocadas.

5. Cualquier propuesta de aprobados, de nombramiento o de formalización de contrato que contravenga lo anteriormente establecido, será nula de pleno derecho.

6. El tribunal elevará la relación de aprobados, junto con el acta de la última sesión, al alcalde-presidente a los efectos de tramitación del pertinente nombramiento, si se trata de plazas de funcionarios o a efectos de formalización de contrato laboral indefinido si se trata de personal laboral fijo. La propuesta tendrá carácter vinculante.

9. Presentación de documentación.

1. En el plazo de 20 días naturales contados desde el siguiente al de la publicación de la lista de aspirantes aprobados -que será notificada a cada uno de ellos

deberán presentar en el registro general del ayuntamiento los siguientes documentos:

a) Fotocopia (que deberá presentarse con su original para su compulsa) del DNI o documento equivalente.

b) Copia autenticada o fotocopia (que deberá presentarse con el original para su compulsa) del título, o bien justificante de tener cumplidos todos los requisitos para su expedición.

c) Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna Administración pública ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

d) Certificado médico oficial de no padecer enfermedad ni de estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible o impida el normal desempeño de las correspondientes funciones.

e) Los aspirantes propuestos que tengan alguna minusvalía y así lo hicieran constar en su solicitud, deberán acreditar el grado de minusvalía y su compatibilidad con el ejercicio de las funciones de la plaza, mediante certificación expedida por los organismos competentes.

f) Declaración jurada de no estar incurso en ninguna de las causas de incapacidad específica conforme a la legislación en la materia.

g) Declaración jurada de no estar incurso en ninguno de los supuestos de incompatibilidad establecidos legalmente.

2. Deberán presentarse además, en igual plazo, aquellos documentos acreditativos de los requisitos exigidos en las bases de las convocatorias específicas.

3. Si los aspirantes propuestos tuviesen la condición de funcionarios públicos, o trabajadores laborales fijos, al servicio de cualquiera Administración pública, estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya demostrados en su anterior nombramiento -o formalización del oportuno contrato-, en el caso de personal laboral, debiendo en tal caso presentar certificación del organismo, consellería, corporación local o ministerio del que dependan.

4. Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos expresados, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en al convocatoria mediante cualquier medio de prueba admisible en derecho.

5. Si dentro del plazo indicado, excepto los casos de fuerza mayor, el aspirante propuesto no presentase su documentación o no acreditase reunir los requisitos exigidos, no podrá ser nombrado, en el caso de plazas de funcionarios, o contratado, si se trata de plaza de personal laboral, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haberse incurrido por falsedad en la instancia para tomar parte en el proceso selectivo.

10. Nombramiento de funcionarios y toma de posesión.

1. Concluido el proceso selectivo y aportados los documentos solicitados, o en su caso, acreditado que se reúnen las condiciones exigidas, la alcaldía, de acuerdo con la propuesta del tribunal calificador procederá al nombramiento de los funcionarios de carrera, los cuales deberán tomar posesión en el plazo de 30 días, a contar desde el siguiente al que les sea notificado el nom

bramiento, debiendo prestar el juramento o promesa de conformidad con lo establecido en el R.D. 707/1979, de 5 de abril.

2. En el caso de los aspirantes propuestos para las plazas de policías locales, el nombramiento será de funcionario en prácticas, debiendo superar el curso teórico-práctico en la Academia Gallega de Seguridad antes de su nombramiento definitivo como funcionarios de carrera. De no superar dicho curso en dos convocatorias sucesivas -como máximo- perderán todos los derechos a las plazas.

11. Formalización contrato y período de prueba.

1. Una vez presentada la documentación solicitada, o en su caso, acreditado que se reúnen las condiciones exigidas, la alcadía-presidencia efectuará la contratación del aspirante propuesto por el tribunal calificador.

2. Será nula la contratación de quien esté incurso en causa de incapacidad específica conforme a la normativa vigente.

3. La formalización del contrato tendrá lugar en el plazo de 30 días naturales, contados desde el siguiente al de la notificación de la propuesta del tribunal.

4. Hasta que se formalice el contrato y se incorpore al puesto de trabajo, el aspirante no tendrá derecho a ninguna prestación económica pudiendo especificarse en el contrato el período de prueba a que se somete, con el alcance previsto en el Estatuto de los trabajadores.

5. Transcurrido el período de prueba el aspirante, adquirirá la condición de personal laboral fijo.

12. Normas finales.

1. La aprobación de las bases generales y específicas y los actos administrativos que se sucedan podrán ser recurridos por los interesados en los casos y en la forma prevista en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

2. Para lo no previsto en esta bases generales o en las convocatorias específicas que completan las mismas, será de aplicación la Ley 7/1985, de 2 de abril; el R.D. legislativo 781/1986, de 18 de abril; la Ley 4/1988, de 26 de mayo, de la función pública de Galicia; el R.D. 896/1991, de 7 de junio; el Decreto 95/1991, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de selección de personal de la Comunidad Autónoma de Galicia; el R.D. 364/1995, de 10 de marzo, y demás normas de aplicación, disposiciones aplicables conforme a las reglas de prelación establecidas en el artículo 134.2º del texto refundido de régimen local (R.D. legislativo 781/1986) y, además, la disposición final del R.D. 896/1991.

Cee, 18 de julio de 1997.

Manuel Lamela Lestón

Alcalde-presidente

Convocatoria específica nº 1/1997

Personal funcionario

1. Clasificación.

Escala de Administración general, subescala administrativa, categoría: administrativo.

2. Dotación económica.

Las retribuciones básicas correspondientes al grupo C del artículo 25 de la Ley 30/1984, y demás que acuerde la corporación respecto a retribuciones complementarias y que se concreten en la relación presupuestaria.

3. Sistema de selección.

Concurso-oposición.

4. Titulación exigida.

Título de bachillerato superior, formación profesional de 2º grado o equivalente o tener diez años de antigüedad en cuerpos o escalas pertenecientes al grupo D de este ayuntamiento.

5. Número de plazas que se convocan.

Una (1).

6. Derechos de examen.

5.000 ptas.

7. Requisitos.

Además de los señalados en la base 4ª, los aspirantes deberán ser funcionarios de este ayuntamiento, y tener una antigüedad de, por lo menos, dos años en la subescala de auxiliares de la escala de Administración general de este ayuntamiento.

8. Funciones y tareas.

El seleccionado desarrolla las funciones y tareas propias del puesto de trabajo según el artículo 169.1º b) del R.D.L. 781/1986, de 18 de abril, así como tareas de mecanografía, despacho de correspondencia, operaciones de cálculo sencillo, manejo de máquinas y ordenadores, archivo de documentos y otros similares.

9. Proceso selectivo.

El proceso selectivo se desarrollará en dos fases:

-Fase de concurso.

Se valorarán los cursillos realizados por el funcionario y la antigüedad en la subescala de auxiliar.

-Fase de oposición.

Constará de cuatro ejercicios, los tres primeros obligatorios y eliminatorios y el cuarto obligatorio pero no eliminatorio.

Primer ejercicio:

Consistirá en desarrollar por escrito durante el tiempo máximo de dos horas, un tema de carácter general determinado por el tribunal inmediatamente antes de realizar el ejercicio y relacionado con las materias comprendidas en el programa anexo, aunque no se atenga a epígrafe concreto del mismo, teniendo los aspirantes amplia libertad en cuanto a la forma de exposición se refiere.

Se considerará especialmente en este ejercicio la facultad de redacción y el nivel de formación general.

Segundo ejercicio:

Consistirá en desarrollar por escrito, en tiempo máximo de una hora, uno de los temas del programa anexo. A tal efecto, el tribunal extraerá por sorteo tres temas, uno de cada parte del programa y los aspirantes libremente el que deseen desarrollar, de entre los tres extraidos.

Tercer ejercicio:

Consistirá en desarrollar por escrito, durante un tiempo máximo de dos horas, la redacción de un informe con propuesta de resolución sobre un supuesto práctico que planteará el tribunal -inmediatamente antes del comienzo del ejercicio y relativo a las tareas administrativas correspondientes a los funcionarios de la subescala.

Durante el desarrollo de esta prueba, los aspirantes podrán en todo momento hacer uso de los textos legales, colecciones de jurisprudencia o libros de consulta de los que acudan provistos.

En este ejercicio se considerará la sistemática de planteamiento, y formulación de conclusiones y el conocimiento y acertada aplicación de la normativa vigente.

Cuarto ejercicio:

De carácter obligatorio y no eliminatorio, para demostrar el conocimiento del idioma gallego; comprenderá las pruebas que determine el tribunal, que podrán ser lectura, escritura, traducción directa o inversa y conversación.

10. Calificación de la fase de concurso y de los ejercicios de la oposición.

La fase de concurso se valorará de acuerdo con el siguiente baremo:

Cursillos realizados: 0,1 puntos por cada 10 de horas de cursillos (hasta un tope máximo de 3 puntos).

Antigüedad: 0,05 puntos por cada mes trabajado para el ayuntamiento. (Hasta un tope máximo de 7 puntos).

Los ejercicios de la fase de oposición se calificarán del siguiente modo:

Cada uno de los tres primeros ejercicios se calificará de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no obtengan un mínimo de 5 puntos.

El cuarto ejercicio se calificará de 0 a 5 puntos.

La calificación final estará determinada por la suma aritmética de las siguientes puntuaciones: puntuación fase de concurso + media aritmética de los tres primeros ejercicios de la oposición + nota del 4º ejercicio (gallego) de la oposición.

11. Tribunal calificador.

La designación nominal de los miembros del tribunal calificador y de sus respectivos suplentes se hará pública en la forma establecida en las bases generales de la convocatoria unitaria.

Su composición será la siguiente:

-Presidente: el alcalde-presidente o concejal en quien delegue.

-Vocales: un representante de la Xunta de Galicia. Un funcionario técnico del ayuntamiento. Un funcionario nombrado por el Colegio Oficial de Secretarios, Interventores o Tesoreros de entre habilitados de carácter nacional.

-Secretario: el del ayuntamiento o funcionario que legalmente pueda sustituirlo.

Todos los vocales deberán poseer titulación o especialización igual o superior al puesto objeto de la convocatoria.

ANEXO I

Programa

Tema 1. El Estado. Concepto. Elementos: territorio, población, el poder. Formas de Estado: formas políticas anteriores al Estado nacional, tradicionales, tendencias actuales.

Tema 2. La división de poderes: fundamento y antecedentes, formulación científica de la teoría de la división de poderes, la división de poderes y los sistemas políticos, crisis de la doctrina de la división de poderes. Relaciones entre los poderes del Estado.

Tema 3. La Constitución española de 1978: proceso de gestación, consolidación del texto constitucional. Principios generales.

Tema 4. Derechos y deberes fundamentales de los españoles: principio general, concepto, catalogación, estudio de los diversos grupos, garantía de los derechos y libertades.

Tema 5. La Corona: carácter, sucesión y proclamación, funciones. El Poder Legislativo: las funciones y los órganos, elementos del órgano legislativo, las Cortes Generales.

Tema 6. El Gobierno: concepto, integración, cese del Gobierno, responsabilidad, funciones del Gobierno, deberes. Administración del Estado: concepto, regulación.

Tema 7. El Poder Judicial: concepto general, principios de la organización judicial, manifestaciones de la jurisdicción, órganos jurisdiccionales, el Consejo General del Poder Judicial.

Tema 8. Organización territorial del Estado: esquema general, principios constitucionales, La Administración local, las comunidades autónomas. Los estatutos de autonomía: su significado, elaboración, significado y contenido, reforma, enumeración de las comunidades autónomas.

Tema 9. La Administración pública en el ordenamiento español: concepto y acepciones, la Administración como función y como actividad, elementos, regulación, concepto y clases de órganos, planteamiento constitucional. La personalidad jurídica de la Administración pública: concepto de personas jurídicas, clases de personas jurídicas, personalidad jurídica de la Administración pública. Clases de administraciones públicas.

Tema 10. Principios de actuación de la Administración pública. Eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación: consideraciones previas, enumeración de los principios de actuación de la Administración pública, examen de cada uno de ellos.

Tema 11. Sometimiento de la Administración a la ley y al derecho: la Administración como objeto del derecho, formas de sumisión. Fuentes del derecho público: enumeración y principios, jerarquía de las fuentes. La Ley: sus clases.

Tema 12. El reglamento: sus clases: concepto, fundamento, titular de la potestad reglamentaria, clases de reglamentos. Otras fuentes del derecho administrativo: la costumbre, práctica administrativa, los principios generales del derecho, tratados internacionales, jurisprudencia.

Tema 13. El administrado: concepto y clases, capacidad y causas modificativas. Colaboración y participación de los ciudadanos en las funciones administrativas: relaciones de colaboración y participación, régimen de cada tipo de relación. El principio de audiencia del interesado.

Tema 14. El acto administrativo: concepto: orígenes del acto administrativo, clases. Elementos del acto administrativo.

Tema 15. Principios generales del procedimiento administrativo: concepto, clases de procedimientos, orígenes y notas del procedimiento, normas reguladoras. Dimensión temporal del procedimiento administrativo: días y horas hábiles. Cómputo de plazos; principios generales, días y horas hábiles, cómputo de plazos, recepción y registro de documentos: recepción de documentos, registro de documentos.

Tema 16. Fases del procedimiento administrativo general: las fases del procedimiento administrativo general, idea de los procedimientos especiales. El silencio administrativo: concepto, regulación, obligación de resolver, actos presuntos, certificación de actos presuntos.

Tema 17. La teoría de la invalidez del acto administrativo: actos nulos y anulables: invalidez de los actos administrativos, derecho positivo español. Convalidación. Revisión de oficio: concepto, naturaleza, límites a la revocación, regulación.

Tema 18. Los recursos administrativos. Clases: concepto, clases de recursos, objeto, fin de la vía administrativa, interposición del recurso, suspensión de la ejecución, audiencia del interesado, resolución. Recurso ordinario: objeto y plazos, motivos, interposición, resolución presunta. Recurso de revisión: objeto y plazos de interposición, resolución y plazos para la misma. Reclamaciones económico-administrativas: concepto, órganos de la jurisdicción económico administrativa, procedimiento en primera o única instancia.

Tema 19. Principios generales y clases de contratos administrativos: planteamiento del tema, contrato administrativo, diferencias entre el contrato privado de la Administración y el contrato administrativo, legislación vigente, principios generales del contrato administrativo, clasificación de los contratos administrativos. La selección de contratistas. derechos y deberes del contratista y de la Administración.

Tema 20. La responsabilidad de la Administración pública: daños causados por la actividad administrativa ilegítima, daños causados por la actividad legítima de la Administración, la responsabilidad en el derecho positivo.

Tema 21. El régimen local español: concepto de la Administración local, evolución del régimen local. principios constitucionales y regulación jurídica: principios constitucionales, regulación legal.

Tema 22. La provincia en el régimen local: antecedentes, concepto, caracteres. Organización provincial. Competencias: organización provincial, estudio de los órganos provinciales, competencias, regímenes especiales.

Tema 23. El municipio: evolución, concepto, elementos esenciales, denominación y cambio de nombre de los municipios. El término municipal: concepto, caracteres, alteración de términos municipales. La población: concepto, clasificación. El empadronamiento.

Tema 24. Organización municipal: concepto, clases de órganos, estudio de cada uno de los órganos. Competencias: concepto y clases, legislación española.

Tema 25. Régimen general de las elecciones locales: antecedentes, sistema actual: Constitución de 1978 y Ley orgánica 5/1985, del régimen electoral general.

Tema 26. Estructuras supramunicipales. Las mancomunidades de municipios. Las agrupaciones municipales. La comarca.

Tema 27. Ordenanzas y reglamentos de las entidades locales: concepto y diferenciaciones, evolución histórica. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación: procedimiento para las generales o específicas, procedimiento en las específicas.

Tema 28. La función pública local: ideas generales, concepto de funcionario, clases de funcionarios. Organización de la función pública local: órganos y grupos que la integran, los funcionarios con habilitación de carácter nacional (antiguos cuerpos nacionales). Los funcionarios propios de las corporaciones, adquisición y pérdida de la condición de funcionario, situaciones en que pueden encontrarse.

Tema 29. Derechos y deberes de los funcionarios públicos locales: derechos, deberes. Incompatibilidades.

Tema 30. Derechos económicos de los funcionarios: retribuciones básicas, retribuciones complementarias. Derechos pasivos. La Seguridad Social.,

Tema 31. Los bienes de las entidades locales: concepto. Clases: visión general, estudio especial de cada una de las clases de bienes, modificación de la calificación jurídica de los bienes. El dominio público local: concepto, características, adquisición, utilización, enajenación, estudio especial de los bienes comunales. Bienes patrimoniales locales.

Tema 32. Procedimiento administrativo local: concepto, principios que lo inspiran, actuaciones que comprende: El registro de entrada y salida de documentos: requisitos en la presentación de documentos: carácter y existencia del registro, libros que comprende y asientos den los mismos, requisitos en la presentación de documentos. Comunicaciones y notificaciones: comunicaciones, notificaciones y publicación.

Tema 33. Funcionamiento de los órganos colegiados locales: convocatoria y orden del día: régimen de sesiones, adopción de acuerdos. Actas y certificados de acuerdos: borrador del acta y aprobación, transcripción del acta al libro. Firma del acta, certificados de acuerdos.

Tema 34. Legislación sobre régimen del suelo y ordenación urbana: sus principios inspiradores: antecedentes, legislación vigente, texto refundido de la Ley sobre

el régimen del suelo y ordenación urbana, aprobado por el Real decreto legislativo 1/1992. Competencia urbanística municipal: concerniente al planeamiento, en cuanto a la ejecución del planeamiento, en orden a la intervención en el ejercicio de las facultades dominicales relativas al uso del suelo y calificación, en lo que se refiere al mercado del suelo.

Tema 35. Instrumento de planeamiento: el municipio como principal actor del urbanismo. Plan nacional de ordenación, planes directores territoriales, Plan general de ordenación urbana, normas subsidiarias y complementarias, planes parciales, planes especiales, estudios de detalle, los programas de actuación urbanística, otros. Procedimiento de elaboración y aprobación.

Tema 36. Ejecución de los planes de ordenación. Sistemas de actuación urbanística: ejecución de los planes de ordenación, sistemas de actuación urbanística. La clasificación del suelo: criterio clasificatorio.

Tema 37. Intervención en la edificación y uso del suelo: consideraciones previas, el derecho a edificar, el derecho a la edificación, responsabilidad de la Administración.

Tema 38. Haciendas locales: clasificación de los ingresos: conceptos generales, potestad tributaria de los entes locales, fases de la potestad tributaria, fiscalidad de las haciendas locales en el sistema español, clasificación de los ingresos. Ordenanzas fiscales: potestad reglamentaria de las entidades locales, tramitación de las ordenanzas y acuerdos, contenido de las ordenanzas fiscales, entrada en vigor de las ordenanzas.

Tema 39. Régimen jurídico del gasto público local: introducción y concepto, clases de gastos, los créditos para gastos, el control y fiscalización de la gestión económica y financiera, el Tribunal de Cuentas, contabilidad y cuentas.

Tema 40. Los presupuestos locales: concepto, contenido del presupuesto general, anexos del presupuesto general, estructura presupuestaria, formación y aprobación, entrada en vigor, ejercicio presupuestario, liquidación, modificaciones presupuestarias.

Convocatoria específica nº 2/1997

Personal funcionario

Se efectúa convocatoria específica para la provisión de dos plazas de guardias de policía local, de acuerdo con las presentes bases, que completan las de la convocatoria unitaria.

1,. Clasificación.

Escala de Administración especial, subescala de servicios especiales. Clase: policía local. Categoría: guardia.

2. Dotación económica.

Las retribuciones correspondientes al grupo D del artículo 25 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto y demás acuerdos adoptados por la corporación al respecto y concretados en la correspondiente relación presupuestaria.

3. Sistema de selección.

Oposición libre.

4. Número de plazas convocadas.

Dos (2).

5. Derechos de examen.

3.000 pesetas.

6. Requisitos específicos.

1. Además de los establecidos en las bases de la convocatoria unitaria, se exigen los siguientes:

a) Edad: tener cumplidos los 18 años de edad y no exceder de 30.

b) Titulación: estar en posesión del título de graduado escolar, formación profesional de 1º grado o equivalente.

c) Estar en posesión de permiso de conducir de las clases A2 y B2.

d) Tener una estatura mínima de 1,70 metros los hombres y 1,65 las mujeres.

7. Tribunal calificador.

1. La composición nominal del tribunal -titulares y suplentes- se hará pública conforme a lo dispuesto en las bases generales de la convocatoria unitaria.

Su composición será la siguiente:

-Presidente: el alcalde presidente o concejal en quien delegue.

-Vocales: un representante de la Xunta de Galicia (nombrado a través de la Academia Gallega de Seguridad). Un representante de la jefatura Provincial de Tráfico. Un funcionario de carrera de la policía local nombrado por la alcaldía.

-Secretario: el titular del ayuntamiento o funcionario en quien delegue.

Se nombrarán, asimismo, sus suplentes.

2. Todos los vocales deberán poseer titulación o especialización igual o superior al puesto objeto de convocatoria.

8. Sistema de selección.

La selección de los aspirantes se hará por el sistema de oposición libre y constará de 2 fases: pruebas selectivas y curso de formación en la Academia Gallega de Seguridad, por el período de tiempo que determine con carácter general dicho organismo.

9. Pruebas selectivas.

No podrán comenzar hasta transcurridos dos meses desde la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el boletín Oficial del Estado. Constarán de los ejercicios que siguen:

Primer ejercicio.

De carácter obligatorio. Consistirá en la medición de los apsirantes y, comprobada la estatura mínima exigida, la realización de las pruebas de:

a) Salto de altura, debiendo superar el aspirante el listón colocado a una altura de 1,10 m.

b) Salto de longitud, debiendo superar el mínimo de 3,5 metros en carrera.

c) Carrera de 60 metros lisos en un tiempo máximo de 10 segundos.

Para la realización de estas pruebas, excepto la de carrera, se permitirán dos intentos.

La clasificación de este ejercicio será la de apto o no apto. Serán declarados no aptos los aspirantes que no superen cualquiera de las pruebas que lo componen.

Segundo ejercicio.

De carácter obligatorio, eliminatorio y escrito. Consistirá en tres pruebas, que se realizarán en un tiempo máximo de dos horas.

a) Ejercicio de redacción sobre un tema relativo a las materias del programa anexo, estimándose los conocimientos sobre él, el nivel de formación general, la composición gramatical y la claridad de exposición.

b) Resolución de ejercicios de aritmética.

c) Redacción de un parte o informe sobre un supuesto práctico que señala el tribunal relativo a las tareas de la policía local.

Tercer ejercicio.

De carácter obligatorio, eliminatorio y escrito, consistirá en contestar -en un tiempo máximo de 1,30 horas-a un cuestionario de 30 preguntas relativas al temario mínimo del anexo a la convocatoria; se valorarán los conocimientos a través de la exactitud y claridad de las respuestas.

Cuarto ejercicio.

De carácter obligatorio y escrito. Consistirá en la traducción del castellano al gallego de un texto que señale el tribunal en un tiempo máximo de 30 minutos.

10. Calificación de las pruebas.

Los ejercicios obligatorios -a excepción del 4º- serán calificados de 0 a 10 puntos, quedando automáticamente eliminados los aspirantes que no obtengan la nota media de 5 puntos en cada fase de las pruebas. El cuarto ejercicio se calificará de 0 a 5 puntos.

Los aspirantes que superen las pruebas selectivas y que en ningún caso podrán exceder del número de plazas convocadas, realizarán un curso selectivo en al Academia Gallega de Seguridad.

La puntuación obtenida por los aspirantes será la media de las puntuaciones de las pruebas y el curso. Terminadas las pruebas el tribunal propondrá a los dos aspirantes de mayor puntuación, elevando al presidente del ayuntamiento la oportuna propuesta para su nombramiento.

Presentada la documentación por parte de los aspirantes propuestos, éstos serán nombrados funcionarios en prácticas con las retribuciones que legalmente les correspondan hasta su incorporación al curso teórico-práctico a realizar en la Academia Gallega de Seguridad.

ANEXO II

Programa

Tema 1. La Constitución española de 1978. Principios constitucionales. La división de poderes: legislativo y judicial. La Corona.

Tema 2. La organización del estado. La Administración central y periférica del Estado. Los organismos autónomos.

Tema 3. Organización territorial del Estado: las comunidades autónomas. El Estatuto de autonomía de Galicia.

Tema 4. La Administración local española. La provincia. El municipio. Otras entidades locales. Elementos constitutivos del municipio: población, territorio y organización.

Tema 5. El municipio. Competencias. Órganos de Gobierno. El ayuntamiento de Cee: su organización interna, distribución de competencias, situación de sus dependencias.

Tema 6. El reglamento: concepto y clases. Límites de la potestad reglamentaria. Especial consideración de la potestad reglamentaria municipal: ordenanzas y bandos.

Tema 7. Personal al servicio de la Administración pública: clases, derechos, deberes y responsabilidades. Situaciones administrativas, incompatibilidades y régimen disciplinario.

Tema 8. El ciudadano ante la Administración. Derechos del ciudadano en su trato con el ayuntamiento. El funcionario al servicio del público.

Tema 9. Conocimiento del municipio. Principales aspectos urbanísticos de su historia, geografía, cultura y festejos.

Tema 10. Conocimiento del municipio. principales aspectos urbanísticos, sus calles, monumentos, plazas. Situación de sus principales edificios públicos.

Tema 11. Normativa de seguridad vial. Real decreto legislativo 339/1990, de 2 de marzo. El código de circulación: concepto, estructura y extensión. Competencias administrativas en materia de tráfico.

Tema 12. Normas de comportamiento en la circulación. Especial referencia al régimen de parada y estacionamiento. Limitaciones en la circulación.

Tema 13. Las señales de circulación. Preeminencias. Clases, Señales de los guardias de circulación.

Tema 14. Matriculación de vehículos., Permisos de circulación, duplicados. transferencias. Circulación en prueba y en transportes con permiso temporal. Matrícula turística. Inspección técnica.

Tema 15. Permiso de conducción. Clases. Requisitos para su obtención. Revisiones, Duplicados, Suspensión. Licencias de conducción.

Tema 16. Condiciones técnicas de vehículos para circular por las vías públicas.

Tema 17. Estudio de la circulación urbana en la normativa de seguridad vial.

Tema 18. Alcoholemia. Estudio especial de los preceptos contenidos en la normativa de seguridad vial.

Tema 19. El transporte de mercancías peligrosas. Concepto y reglamentación especial.

Tema 20. Transporte de viajeros y mercancías: estudios de los principales preceptos contenidos en la normativa de seguridad vial y en la legislación de transportes.

Tema 21. Ley orgánica 2/1986 de 13 de marzo, de fuerzas y cuerpos de seguridad: ideas generales.

Tema 22. Ley orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre protección de seguridad ciudadana: ideas generales.

Tema 23. Primeros auxilios y socorrismo.

Tema 24. Derechos y obligaciones en materia de protección civil.

Convocatoria específica nº 3/1997

Personal laboral

1. Objeto de la convocatoria.

El objeto de esta convocatoria es la contratación laboral fija de un asistente social para el servicio social de base del ayuntamiento.

2. Dotación económica.

La plaza tiene unas retribuciones anuales de 2.323.152 pesetas, incluidas pagas extraordinarias y crédito suficiente en el presupuesto.

3. Sistema de selección.

El sistema de selección será la oposición libre.

4. Titulación exigida.

Los aspirantes deberán estar en posesión del título de asistente social o diplomado en trabajo social.

5. Número de plazas que se convocan.

Una (1).

6. Derechos de examen.

6.000 pesetas.

7. Proceso selectivo y fases de la oposición.

Las pruebas selectivas constarán de cuatro ejercicios: los tres primeros obligatorios y eliminatorios y el cuarto obligatorio pero no eliminatorio.

Primer ejercicio: consistirá en desarrollar por escrito en un plazo máximo de dos horas un tema relacionado con las materias relacionadas en la primera parte del programa que figura en el anexo a esta convocatoria, aunque no se ajuste a un epígrafe concreto y que será determinado por el tribunal inmediatamente antes de su celebración.

Segundo ejercicio: consistirá en desarrollar por escrito y durante un tiempo máximo de dos horas, dos temas de la segunda parte del programa que figura en el anexo y que serán elegidos inmediatamente antes por el tribunal a su celebración.

Tercer ejercicio: consistirá en la resolución de un supuesto práctico formulado por el tribunal inmediatamente antes de su celebración, sobre temas relativos a la función de la plaza a que aspira.

Cuarto ejercicio: tendente a demostrar el conocimiento del idioma gallego. Comprenderá la prueba o pruebas que determine el tribunal pudiendo ser una traducción del gallego al castellano o viceversa, en un período máximo de 1.30 horas y sin ayuda de diccionario.

Cada uno de los ejercicios se valorará hasta un máximo de 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen el mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos.

El cuarto ejercicio se valorará de 0 a 5 puntos y su puntuación se sumará a la obtenida en las restantes pruebas al objeto de obtener la calificación final.

8. Tribunal calificador.

Estará compuesto por:

-Presidente: el de la corporación o concejal en quien delegue.

-Vocales: un representante de la Xunta de Galicia. Un representante de los asistentes sociales designado por su colegio. Un experto en servicios sociales designado por la alcaldía.

-Secretario: el de la corporación o funcionario en quien delegue.

Todos los vocales deberán poseer titulación o especialización igual o superior al puesto objeto de la convocatoria.

9. Resolución de la oposición.

La resolución de la oposición y el nombramiento se realizará por el presidente de la corporación en el plazo de un mes desde la fecha de la propuesta del tribunal calificador. Se efectuará notificación individual al aspirante propuesto a efectos de la presentación de la documentación y posterior formalización del contrato.

ANEXO III

Programa

Parte primera.

Tema 1. El concepto de la Constitución. La Constitución como norma jurídica. La Constitución española de 1978. Principios informadores. Estructura. La reforma constitucional.

Tema 2. Los derechos fundamentales: evolución histórica y conceptual. Los derechos fundamentales de la Constitución española. Su garantía y suspensión. La participación social en la actividad del Estado.

Tema 3. La Corona y sus funciones constitucionales. Las Cortes Generales. El Congreso de los Diputados y el Senado. Composición y funciones. El Defensor del Pueblo.

Tema 4. El Tribunal Constitucional. Composición y funciones. El Poder Judicial. El Consejo General del Poder Judicial: organización y competencias., El tribunal Supremo. Los Tribunales Superiores de Justicia. El Ministerio Fiscal.

Tema 5. El Gobierno del Estado. Su composición y funciones. El Presidente del Gobierno. Los ministros. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes.

Tema 6. El ordenamiento jurídico administrativo. Fuentes de derecho administrativo y su jerarquía. Especial estudio del reglamento: concepto, clases. Límites de la potestad reglamentaria. Las disposiciones del ejecutivo con fuerza de ley.

Tema 7. El acto administrativo: concepto y clases. Elementos del acto. Sujeto, objeto, causa, fin y norma. Eficacia y ejecutividad del acto administrativo. Procedimiento de la ejecución. Nulidad de pleno derecho. Anulabilidad. Revisión de oficio y revocación de los actos administrativos.

Tema 8. El procedimiento administrativo: concepto y eficacia. La Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común: ámbito de aplicación y principios informadores. El procedimiento administrativo: iniciación, ordenación, instrucción y terminación. El silencio administrativo.

Tema 9. Los recursos administrativos, concepto y clases. Requisitos generales de los recursos administrativos. Material recurrible, legitimación y órgano competente. Recursos ordinarios y de revisión. Breve referencia al recurso contencioso-administrativo.

Tema 10. Los contratos administrativos: naturaleza, caracteres y clases. Elementos: sujetos, objeto, causa y forma. Formas de adjudicación de los contratos.

Tema 11. El Estatuto de autonomía de Galicia. Competencias de la Comunidad Autónoma. La Xunta de Galicia y su presidente.

Tema 12. El Parlamento de Galicia. El Defensor del Pueblo. La Administración pública de la Comunidad Autónoma. El Consejo de la Xunta. Organización y estructura de las consellerías.

Tema 13. Las administraciones locales. El municipio. La provincia. Otras entidades locales. Especial referencia a la comarca y a la parroquia.

Tema 14. El funcionamiento de las entidades locales. Potestad reglamentaria de las corporaciones locales. Régimen jurídico e impugnación de acuerdos.

Tema 15. El personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma. Personal funcionario y personal laboral. Criterios diferenciadores.

Tema 16. La Ley 4/1988, de 26 de mayo, de la función pública de Galicia. Sistemas de acceso. Provisión de puestos de trabajo. La carrera administrativa. Situaciones administrativas de los funcionarios. Derechos, deberes y régimen disciplinario.

Tema 17. Personal laboral. El convenio colectivo único del personal laboral de la Xunta de Galicia.

Tema 18. Provisión de vacantes, selección y contratación del personal laboral de la Xunta de Galicia. Licencias, excedencias, beneficios sociales. Incompatibilidades.

Tema 19. El contrato de trabajo. Concepto. Naturaleza. Sujetos. Capacidad para contratar. Forma. Documentación y prueba. El sistema de colocación. Las relaciones laborales excluidas.

Tema 20. El derecho de representación colectiva del personal al servicio de las administraciones públicas. El derecho de reunión, sindicación y huelga. La representatividad sindical: órganos de representación.

Tema 21. Las comunidades europeas, El ordenamiento jurídico comunitario. Las libertades básicas del sistema comunitario. Las instituciones comunitarias y su funcionamiento.

Tema 22. El acta. Unión Europea. El Tratado de la Unión Europea.

Tema 23. El presupuesto. Concepto y clases. El presupuesto del Estado. Su estructura. El ciclo presupuestario.

Tema 24. La contabilidad pública: concepto. Contabilidad preventiva, ejecutiva y crítica. Ingresos presupuestarios, créditos presupuestarios y remanentes de crédito. Devolución de ingresos. Contraído, formalización, intervención.

Tema 25. Las cuentas de contabilidad pública. La planificación contable. Plan general de contabilidad pública. Ámbito y contenido del plan. Objetivos. Criterios de valoración.

Parte segunda.

Tema 1. La acción social. Concepto y etapas históricas. Política social. El estado de bienestar. La crisis del estado de bienestar. Modelos alternativos.

Tema 2. Política social en la UE. La Carta Social Europea. El Fondo Social Europeo. El plan europeo de lucha contra la pobreza.

Tema 3. Marco legal de los servicios sociales: Constitución española, el Estatuto de autonomía, la Ley de bases de régimen local. La Ley de servicios sociales de Galicia: estructura y contenido.

Tema 4. Ley gallega de medidas básicas para la inserción social. Antecedentes y fundamentación. Estructura y contenido. Normas de desarrollo.

Tema 5. El sistema español de Seguridad Social, Ley protectora. Pensiones no contributivas, Modalidades. Requisitos.

Tema 6. Fundamentos, principios y funciones del trabajo social. El objeto del trabajo social: sujeto, objeto y contenido. Objetivos, etapas y metas. Niveles de intervención en el trabajo social.

Tema 7. Proceso metodológico en el trabajo social: corrientes metodológicas. Proceso metodológico en la planificación: aproximación a la realidad social. Formulación de prioridades, Planificación. Programación. Ejecución. Valoración.

Tema 8. Técnicas en trabajo social: instrumentales, de conocimiento, de intervención, de valoración.

Tema 9. La investigación en el trabajo social. Las necesidades sociales, Tipología, identificación y medida. Objetivación. Técnicas aplicables. El trabajo social como tecnología.

Tema 10. El trabajador social como miembro de un equipo interdisciplinar: fundamento, funciones, principios básicos como técnico y en los diferentes ámbitos de intervención. Deontología y ética profesional. Los códigos de ética en el trabajo social en relación con usuario, las instituciones y otros profesionales.

Tema 11. Los servicios sociales. Concepto. Los servicios sociales y la Administración pública a nivel estatal, autonómico y local. Organización y competencia. Sistema económico. Cooperación y coordinación.

Tema 12. Servicios sociales de Atención Primaria. Principios que los inspiran y objetivos. Competencias y organización. Equipamientos y prestaciones básicas que garantizan. Equipos técnicos, Plan concertado.

Tema 13. Los servicios sociales especializados. Concepto. Competencias y organización. Referencias legales. Equipamientos.

Tema 14. Servicios sociales especializados en instituciones. Las instituciones y la relación con la sociedad. Corrientes desinstitucionalizadoras. El trabajo social en instituciones.

Tema 15. Servicios sociales especializados I: infancia y adolescencia. Normativa reguladora de menores. Ley 21/1987, y desarrollo en la Comunidad Autónoma; principales modificaciones que introduce. Programas de actuación. Equipos del menor; composición, funciones y metodología de intervención. Papel del trabajador social.

Tema 16. Servicios sociales especializados II: infancia y adolescencia. Los malos tratos en la infancia. Definición. Tipología. Factores de riesgo. El proceso de intervención ante el maltrato infantil. Prevención, detección y tratamiento social. Inadaptación social y conducta delictuosa en la adolescencia.

Tema 17. Servicios sociales especializados III: infancia y adolescencia. Instituciones para la infancia y la juventud de la Comunidad Autónoma. Problemática del menor institucionalizado.

Tema 18. Servicios sociales especializados IV: familia. Definición del trabajo social con familias y grupos, Enfoques y corrientes actuales.

Tema 19. Servicios sociales especializados V: mujer. Políticas sociales actuales en el sector de la mujer. El papel del trabajador social en los servicios sociales de atención a la mujer en situación de necesidad. La situación en Galicia: problemática, recursos, organización administrativa, la problemática y realidad social en el Ayuntamiento de Cee.

Tema 20. Servicios sociales especializados VI: minusválidos físicos, psíquicos y sensoriales. La Ley de integración social del minusválido (Lismi). Normas de desarrollo. Necesidades y recursos: centros y servicios especializados, acogimiento familiar y ayuda a domicilio, ayudas y subvenciones. El papel del trabajador social en la acción integradora en los niveles laboral, educativo, de ocio y tiempo libre.

Tema 21. Servicios sociales especializados VII: vejez. Aspectos sociales del envejecimiento. Necesidades sociales y recursos: instituciones abiertas y cerradas, servicios de apoyo, ayuda a domicilio y acogida familiar. Datos demográficos y proyección de la población en Galicia. El trabajo social en la vejez. La problemática y realidad social en el Ayuntamiento de Cee.

Tema 22. Servicios sociales especializados VIII: drogodependencias. Concepto. Aspectos sociales del drogodependiente. Prevención, tratamiento y rehabilitación social. Reinserción social. Servicios y recursos. Plan autonómico de drogodependencia. La problemática y realidad social en el Ayuntamiento de Cee.

Tema 23. Servicios sociales especializados IX: minorías étnicas. Características y necesidades sociales. Recursos. Aspectos demográficos. Problemática específica y medidas para la integración social.

Tema 24. Organizaciones no gubernamentales. Concepto. Tipos. Sistema de financiación. Organización y coordinación con las distintas administraciones. La realidad social en el Ayuntamiento de Cee.

Tema 25. Asociacionismo y voluntariado social. Concepto, características y normativa que los regula. Organización. Sistema de financiación. Organización y coordinación con las distintas administraciones (autonómica y local). Nuevas tendencias en el voluntariado social. La realidad social en el Ayuntamiento de Cee.