La Orden de 21 de abril de 1997 prevé ayudas a los propietarios de animales de las razas de ganado vacuno autóctono gallego en peligro de extinción que, en colaboración con la Consellería de Agricultura, Ganadería y Montes y de acuerdo con el Plan Integral de Mejora Genética, tengan como fin conseguir el fomento, recuperación y fijación de dichas razas.
En dicha orden se establece el plazo de presentación de las solicitudes de ayudas que, en muchos supuestos no se pudo cumplir, puesto que los ganaderos necesitaban la visita y certificación de los veterinarios dependientes de la Consellería de Agricultura, Ganadería y Montes y responsables del programa de conservación y recuperación de las razas autóctonas en peligro de extinción.
Es preciso, por tanto, ampliar el citado plazo y permitir a todos los ganaderos colaboradores que lo deseen, el acceso a las ayudas previstas en la citada Orden de 21 de abril de 1997.
En consecuencia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 30.1.3 del Estatuto de autonomía de Galicia, en uso de las facultades que me confiere la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su presidente,
DISPONGO:
Artículo único.-El plazo de presentación de las solicitudes de las ayudas previstas en la Orden de 21 de abril de 1997, de protección de las razas bovinas autóctonas en peligro de extinción, de acuerdo con el Plan Integral de Mejora Genética de Ganado Vacuno de Galicia (DOG nº 84, del 5 de mayo), finalizará a los diez días siguientes a la fecha de entrada en vigor de la presente orden:
Disposición final
La presente orden entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 26 de diciembre de 1997.
Castor Gago Álvarez
Conselleiro de Agricultura, Ganadería y Política Agroalimentaria
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