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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 251 Martes, 30 de diciembre de 1997 Pág. 12.556

IV. OPOSICIONES Y CONCURSOS

UNIVERSIDAD DE SANTIAGO DE COMPOSTELA

RESOLUCIÓN de 9 de diciembre de 1997 por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión de una plaza de encargado de jardinería, grupo III, vacante en la plantilla de esta universidad.

Este rectorado, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 18 de la Ley de reforma universitaria en relación con el artículo 3.2º e) de la misma norma, así como en los estatutos de esta universidad, resuelve convocar pruebas selectivas para cubrir una plaza de encargado de jardinería del grupo III, vacante en la plantilla laboral, con sujeción a las siguientes,

Bases de la convocatoria

1. Normas generales.

1.1.Se convocan pruebas selectivas para cubrir con personal laboral fijo una plaza de encargado de jardinería del grupo III del convenio colectivo del personal laboral de las universidades públicas de Galicia (DOG del 18 de octubre de 1996), por los sistemas de promoción interna y de acceso libre.

1.2.Los procesos de selección de promoción interna y libre se realizarán separadamente, y serán, en primer lugar, los de promoción interna. Las vacantes no cubiertas por el turno de promoción interna se acumularán a la provisión externa.

1.3. Los seleccionados por el sistema de promoción interna tendrán preferencia sobre el turno libre para la elección de vacantes.

1.4. Los/as aspirantes sólo podrán participar en uno de los dos sistemas de provisión.

1.5. El procedimiento de selección de los aspirantes será el de concurso-oposición, cuyas pruebas y valoraciones se ajustarán a lo que se especifica en el anexo I de esta convocatoria.

1.6. La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen el proceso selectivo, se efectuará de acuerdo con la puntuación total obtenida sumando ambas fases.

1.7. El programa que regirá en la fase de oposición se especifica en el anexo II.

2. Requisitos de los aspirantes.

2.1. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de formalización del contrato.

a) Ser español o nacional de cualquier estado miembro de la Unión Europea.

b) Tener cumplidos dieciocho años de edad.

c) Estar en posesión del título de bachiller, formación profesional de segundo grado o equivalente.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

e) No estar separado o en situación de suspensión de servicio de cualquiera de las administraciones públicas en virtud de expediente disciplinario, ni estar inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de la función pública.

2.2. Los aspirantes que concurran a las pruebas por el turno de promoción interna deberán reunir, además, los siguientes requisitos:

a) Tener la condición de personal laboral fijo de cualquiera de las universidades públicas de la Comunidad Autónoma de Galicia.

b) Pertenecer a distinta categoría que la de las plazas convocadas en la presente convocatoria.

c) Haber permanecido un mínimo de 6 meses en su categoría profesional.

d) Podrán quedar exentos/as del requisito de titulación exigido para el turno libre, excepto que en la relación de puestos de trabajo la titulación sea exigida preceptivamente.

3. Solicitudes.

3.1. Los que deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán solicitarlo al rector de la Univer

sidad de Santiago de Compostela en instancia según el modelo que figura como anexo IV a esta convocatoria, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del siguiente día al de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia.

Los/as aspirantes deberán hacer constar en su solicitud el sistema por el que se inscriben, libre o de promoción interna, según corresponda.

3.2. La instancia irá acompañada de fotocopia del DNI y de los justificantes que acrediten los méritos, en la siguiente forma:

3.2.1. Certificación acreditativa de los servicios prestados, fuera de la Universidad de Santiago, expedida por la unidad de personal de la Universidad Pública de Galicia donde prestaron los servicios referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Si los servicios fueron prestados en la Universidad de Santiago, la certificación se expedirá de oficio, y se añadirá a la solicitud del/a aspirante.

3.2.2. Los cursos de formación y cualificación profesional se acreditarán mediante la presentación del correspondiente diploma, copia compulsada de ella o certificación del centro que los expide.

3.2.3. La experiencia profesional se acreditará mediante certificación de la correspondiente gerencia o unidad de personal de la Administración donde prestase servicios.

3.3. La presentación de solicitudes se hará en los registros generales de la universidad ubicados en el Rectorado de la Universidad de Santiago (Pazo de San Xerome. Plaza de O Obradoiro s/n), Vicegerencia de Lugo (Aguas Férreas, polígono de Fingoi, Lugo), o en las restantes formas previstas en el artículo 38 de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

3.4. Los derechos de examen serán de 3.000 pesetas, que se ingresarán en la cuenta de Caixa Galicia Oposiciones número: 2091-0388-90-3110000646. Para realizar el ingreso deberá utilizarse por triplicado el modelo de solicitud que figura como anexo IV.

En ningún caso, la presentación y pago en entidad bancaria supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

3.5. Únicamente procederá la devolución de los derechos de examen a los/as aspirantes que sean excluidos definitivamente de estas pruebas selectivas y, a tal efecto el reintegro se realizará de oficio. Para lo que tendrán que hacer constar la entidad bancaria y el número de cuenta en el recuadro que a tal efecto figura en la solicitud. De no figurar estos datos, se entenderá que renuncia a la devolución de los derechos de examen.

3.6. Los aspirantes con minusvalías deberán indicarlo en su instancia y solicitar las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en los que la adaptación sea necesaria.

4. Admisión de aspirantes.

4.1. Finalizado el plazo de admisión de solicitudes el rector de la Universidad de Santiago de Compostela publicará en el tablón de anuncios del Rectorado, en el plazo de un mes, resolución por la que se aprueba la lista provisional de admitidos y excluidos, en la que consten las causas de la exclusión y el plazo para repararlas.

Para reparar los defectos que motivaran la exclusión u omisión de las últimas relaciones los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días contados a partir del siguiente a la publicación de la resolución. Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no reparasen la exclusión u omisión, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.

La resolución que apruebe la lista definitiva de admitidos y excluidos agotará la vía administrativa.

5. Tribunal.

5.1. El tribunal calificador de estas pruebas es el que figura como anexo III a esta convocatoria y tendrá la categoría tercera de las recogidas en el Real decreto 236/1988, de 4 de marzo (BOE del 19 de marzo) y el Decreto 299/1990, de 24 de mayo (DOG del 1 de junio).

5.2. Los miembros del tribunal deberán abstenerse de intervenir notificándolo al rector de la universidad, cuando concurran en ellos las circunstancias previstas en los artículos 28 y 29 de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, ó si realizase tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso a puestos en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

El presidente podrá solicitar de los miembros del tribunal declaración expresa de no encontrarse incursos en las circunstancias previstas en los últimos artículos.

Asimismo los/as aspirantes podrán recusar a los/as miembros del tribunal cuando concurran las circunstancias antes citadas.

5.3. A partir de su constitución, el tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia de la mayoría absoluta de los miembros, titulares o suplentes.

5.4. Dentro de la fase de oposición, el tribunal resolverá todas las dudas que pudiesen surgir en la aplicación de estas normas así como lo que se deberá hacer en los casos no previstos.

5.5. El tribunal podrá disponer de la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las prue

bas correspondientes de los ejercicios que estime pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de estos asesores se deberá comunicar al rector de la universidad. El nombramiento de los asesores se hará público, y les será aplicables las causas de abstención y recusación igual que los miembros del tribunal.

5.6. El tribunal calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en los que resulte necesario, de forma que los aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios con el resto de los participantes. En este sentido, se establecerán para las personas con minusvalías que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.5 las adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización.

5.7. El tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios escritos sean corregidos sin que se conozca la identidad de los/as aspirantes. El tribunal excluirá aquellos/as opositores que consignen su nombre en las hojas de exámen, trazos, marcas o signos que permitan conocer su identidad.

5.8. En ningún caso el tribunal podrá declarar que superaron las pruebas selectivas un número superior de aspirantes que el de las plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.

5.9. El tribunal, de conformidad con lo previsto en el artículo 22.2º del convenio colectivo, podrá prever la constitución de listas de espera, según el orden de puntuación obtenida en las pruebas, con los aspirantes que no las superaron, con la finalidad de atender, mediante contrataciones temporales las vacantes y necesidades que puedan producirse hasta la realización de la próxima convocatoria.

6. Desarrollo de los ejercicios.

6.1. El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «H», de conformidad con lo establecido en la Resolución de 16 de mayo de 1997 de la Dirección General de la Función Pública.

6.2. En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por el tribunal para que acrediten su identidad.

6.3. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en un solo llamamiento, siendo excluidos de las pruebas aquellos que no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados, y libremente apreciados por el tribunal.

6.4. El día, la hora y el lugar de realización del primer ejercicio se haran públicos en la resolución que apruebe la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos.

6.5. La publicación de los sucesivos anuncios de celebración de los demás ejercicios se efectuará en los locales donde se hiciese el primero de ellos, así como en el Rectorado de la Universidad, o por cualquier otro medio que se estime conveniente para asegurar su máxima divulgación, con una antelación de por lo menos veinticuatro horas a la señalada para su iniciación.

6.6. En cualquier momento del proceso selectivo, si el tribunal tuviese conocimento de que alguno de los/as aspirantes carece de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia al interesado, deberá proponer su exclusión al rector de la Universidad de Santiago, comunicándole también las inexactitudes y falsedades formuladas por el/a aspirante en su solicitud para los efectos procedentes.

7. Lista de aprobados.

7.1. Concluido cada uno de los ejercicios de la fase de oposición, el tribunal calificador hará pública la relación de los aspirantes seleccionados en cada uno de ellos, con indicación de la puntuación obtenida.

7.2. La lista con la valoración de méritos de la fase de concurso se hará pública una vez celebrado el último ejercicio de la fase de oposición.

7.3. La calificación final del concurso-oposición vendrá determinada por la suma aritmética de las puntuaciones correspondientes a la fase de oposición más la obtenida en la fase de concurso de méritos, en la forma establecida en el anexo I. En caso de empate, se dará preferencia a la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición. De persistir el empate se dirimirá a favor del candidato que obtuviese la mayor puntuación en el ejercicio específico de la primera fase. El tribunal hará pública, para cada sistema de acceso, la lista de los aspirantes que, según el orden de la puntuación total obtenida por cada uno de ellos, fuesen seleccionados, y que en ningún caso podrá contener un número de candidatos superior al de las plazas convocadas. La citada relación, que será elevada por el tribunal al rector de la universidad junto con la propuesta de contratación a favor de los aspirantes que figuren en ella, será publicada en el tablón de anuncios del rectorado.

8. Presentación de documentos.

8.1. En el plazo de 20 días naturales a partir del día siguiente a aquél en el que se hiciesen públicas las relaciones definitivas de aprobados en el rectorado de la universidad, los/as aspirantes que figuren en ellas deberán presentar en el Servicio de PAS (Casa da Balconada, Rúa Nova, 6 de Santiago de Compostela) la siguiente documentación:

a) Fotocopia del DNI o pasaporte.

b) Fotocopia compulsada del título exigido.

c) Declaración jurada de no estar separado mediante expediente disciplinario de ninguna Administración pública y de no hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas, ni realizar actividad o actividades sujetas a incompatibilidades.

Los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea deberán acreditar igualmente no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su estado el acceso a la función pública.

d) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que lo imposibilite para el servicio.

8.2. Los que tuviesen la condición de personal laboral fijo de cualquier Universidad pública de Galicia estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya probados para acceder a su anterior puesto. Deberá presentar certificación de la universidad correspondiente para acreditar tal condición, de no haberla presentado con anterioridad.

8.3. Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos expresados en la base anterior, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admitido en derecho.

8.4. Quien dentro del plazo fijado, y salvo en el caso de fuerza mayor, no presentase la documentación o del se examen se dedujese que carece de algunos de los requisitos señalados en la base 2, no podrá ser nombrado como personal laboral fijo y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que incurriese por falsedad en la solicitud inicial.

9. Disposición final.

La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta y de las actuaciones del tribunal podrán ser impugnados en los casos y en las formas establecidas en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Santiago de Compostela, 9 de diciembre de 1997.

Darío Villanueva Prieto

Rector de la Universidad de Santiago de Compostela

ANEXO I

Denominación de la plaza: encargado de jardinería del grupo III

-Procedimiento de selección.

El procedimiento de selección será el de concurso-oposición.

1. El concurso-oposición constará de las fases que a continuación se indican:

1.1. Primera fase, de carácter eliminatorio: (para sistemas de promoción interna y acceso libre):

Primer ejercicio: consistirá en la realización por escrito de un cuestionario de preguntas tipo test, con tres respuestas alternativas de las que sólo una será la correcta, basada en el contenido de la primera parte del programa que se relaciona en el anexo II.

El tiempo máximo de este ejercicio será de una hora.

La puntuación será de 0 a 30 puntos. Para aprobar será necesario obtener un mínimo de 15 puntos

Segundo ejercicio: consistirá en un conjunto de ejercicios prácticos sobre los temas: 6, 8, 9 y 10.

La duración máxima de este ejercicio será de dos horas y media.

La puntuación será de 0 a 30 puntos. Para aprobar será necesario obtener un mínimo de 15 puntos.

1.2. Segunda fase:

-Turno de promoción interna:

Prueba de gallego. Tendrá carácter selectivo y no eliminatorio. Constará de dos pruebas:

Primera: consistirá en la traducción, sin diccionario, de un texto de castellano a gallego, elegido por sorteo de entre tres propuestos por el tribunal.

Segunda: consistirá en la traducción, sin diccionario, de un texto de gallego a castellano, elegido por sorteo de entre tres propuestos por el tribunal.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de una hora.

La puntuación será de 0 a 10 puntos.

-Turno de acceso libre: tendrá carácter selectivo no eliminatorio, constará de dos partes:

Primera: consistirá en contestar por escrito a un cuestionario de preguntas tipo test, con 3 respuestas alternativas de las que solo una será la correcta, propuestas por el tribunal y correspondientes a la segunda parte del programa.

La duración de esta prueba no será inferior a treinta minutos.

Se valorará de 0 a 10 puntos.

Segunda: constará de dos pruebas:

Primera: consistirá en la traducción, sin diccionario, de un texto de castellano a gallego, elegido por sorteo de entre tres propuestos por el tribunal.

Segunda: consistirá en la traducción, sin diccionario, de un texto de gallego a castellano, elegido por sorteo de entre tres propuestos por el tribunal.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de una hora. Tendrá carácter selectivo y no eliminatorio. La puntuación será de 0 a 10 puntos.

1.3. Tercera fase: concurso.

Turno de promoción interna. Máximo 30 puntos.

a) Antigüedad: máximo 8 puntos. Por cada mes trabajado 0,055 puntos.

b) Experiencia: máximo 13 puntos. Se valorará a razón de 0,18 puntos mes en la misma categoría en universidades públicas.

c) Cursos de formación y perfeccionamento, dispensados por centros u organismos oficiales y que estén directamente relacionados con el contenido de la plaza. Máximo 5 puntos, a puntuar de la siguiente forma:

* Cursos de formación recibidos:

Cursos de aptitud: 0,02 puntos/hora.

Cursos de asistencia: 0,01 puntos/hora.

Curso de inciación de la lengua gallega: 0,01 puntos/hora.

Curso de perfeccionamiento lengua gallega: 0,02 puntos/hora.

En el caso de tener los cursos de iniciación y perfeccionamento de gallego, solo puntuará el de perfeccionamiento.

* Cursos de formación impartidos: 0,03 puntos/hora.

En los cursos en los que no figure el número de horas, la puntuación se hara por el mínimo de 10 horas.

d) Entrevista. Se valorará hasta un máximo de 4 puntos.

Turno de acceso libre: máximo 15 puntos.

Se valorará del siguiente modo:

Experiencia: máximo 8 puntos. Se valorará del siguiente modo:

En la misma categoría en universidades públicas, 0,11 puntos por mes trabajado.

En la misma categoría en otras administraciones públicas, 0,055 puntos por mes trabajado.

Otras categorías en las universidades públicas, 0,055 puntos por mes trabajado.

Cursos: se valorá igual que en el turno de promoción interna hasta un máximo de 4 puntos.

c) Entrevista: se valorará hasta un máximo de 3 puntos.

ANEXO II

Denominación de la plaza: encargado de jardinería del grupo III

Programa.

I. Fase: conocimientos específicos.

1. El jardín: espacios y plantas. Principios de ecología.

2. El clima.

3. El suelo.

4. Abono y enmienda.

5. Riegos y drenajes.

6. Clasificación de las plantas.

6.1. Plantas ornamentales de exterior.

7. Anatomía y morfología de las plantas.

8. La poda.

9. Multiplicación. Esquejes. Injertos. Acodos.

10. Plantación:

10.1. Árboles y arbustos.

10.2. Plantas herbáceas.

10.3 Bulbos.

10.4. Céspedes y praderas. Tepes.

11. El agua: plantas acuáticas y marginales.

12. Orientación de plantaciones.

13. Enfermedades y parásitos de las plantas. Su tratamiento.

14. Planificación y diseño.

15. Maquinaria y herramienta.Conservación. Mantenimiento. Seguridad.

16. Capítulos III y IV de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales. Capítulos I, II y III del Real decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los servicios de prevención.

II. Fase: conocimientos no específicos.

1. Derechos fundamentales y libertades del Título Primero de la Constitución Española.

2. III convenio colectivo del personal laboral de las universidades públicas de Galicia.

3. Universidad de Santiago de Compostela (USC). Estatutos.

4. USC. Clases y régimen jurídico del personal de Administración y servicios.

5. Centros y servicios de la USC. Denominación

ANEXO III

Denominación de la plaza: encargado de jardinería del grupo III

Tribunal titular.

Presidente: Manuel Torres Lavandeira, profesor titular de la Escuela Universitaria de Ingeniería Agroforestal del Campus de Lugo, de la Universidad de Santiago de Compostela.

Vocales:

Representantes de la universidad:

Arturo Campanero García, personal laboral fijo, grupo I, de la Universidad de Santiago de Compostela.

Ubaldo López Botana, personal laboral fijo, grupo II, de la Universidad de Santiago de Compostela.

Representantes del Comité de Empresa:

José Tadeo Barcala González, personal laboral fijo, grupo IV de la Universidad de Santiago de Compostela.

Manuel Buján Gómez, personal laboral fijo, grupo IV de la Universidad de Santiago de Compostela.

Secretario: José Manuel García García, funcionario de carrera de la Escala Administrativa de la Universidad de Santiago de Compostela, que actuará con voz pero sin voto.

Tribunal suplente:

Presidente: Rosa Romero Franco, profesora titular de la Escuela Universitaria de Producción Vegetal del Campus de Lugo, de la Universidad de Santiago de Compostela.

Vocales:

Representantes de la universidad:

Fernando Blanco Loroño, personal laboral fijo, grupo II, de la Universidad de Santiago de Compostela.

Jesús Burés Salgueiro, personal laboral fijo, grupo II, de la Universidad de Santiago de Compostela.

Representantes del Comité de Empresa:

José Fernando Cobos Otero, personal laboral fijo, grupo IV, de la Universidad de Santiago de Compostela.

César Novoa Gil, personal laboral fijo, grupo IV, de la Universidad de Santiago de Compostela.

Secretaria: Mª del Carmen Castro Varela, funcionaria de carrera de la Escala Auxiliar de la Universidad de Santiago de Compostela.

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