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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 247 Martes, 23 de diciembre de 1997 Pág. 12.375

IV. OPOSICIONES Y CONCURSOS

VALEDOR DEL PUEBLO

RESOLUCIÓN de 16 de diciembre de 1997 por la que se pone término a la convocatoria pública abierta para la provisión, por el sistema de libre designación, de un puesto de trabajo vacante en el Valedor del Pueblo, anunciada por la Resolución de 3 de noviembre de 1997.

Convocada la provisión, por el sistema de libre designación, de un puesto de trabajo vacante en esta institución, por Resolución de 3 de noviembre de 1997

(Diario Oficial de Galicia nº 220, del 13 de noviembre de 1997), de conformidad con lo dispuesto en las bases 6ª y 7ª de la misma, y en ejercicio de las atribuciones contenidas en los artículos 27.2 de la Ley 4/1988, de 26 de mayo, de la función pública de Galicia, y 10.2 de la Ley 6/1984, de 5 de junio, modificada por la Ley 3/1994, de 18 de julio, el Valedor del Pueblo,

RESUELVE:

Primero.-Poner término a la convocatoria pública para la provisión, por el sistema de libre designación,

de un puesto de trabajo vacante en el Valedor del Pueblo, anunciada por Resolución de 3 de noviembre de 1997 (DOG nº 220, del 13 de noviembre de 1997).

Segundo.-Adjudicarle destino en el puesto de trabajo de conductor-ordenanza a José Antonio Rama Tajes, de la escala de cofradías de la Xunta de Galicia, grupo E, con registro de personal nº 7878361957 A2092, a la vista de la documentación aportada y una vez recibido el informe previsto en la base 5ª de la convocatoria.

Tercero.-El cese en el destino actual del funcionario, al que se le adjudica el puesto, se producirá dentro de los tres días siguientes al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

El plazo para la toma de posesión de su puesto en el Valedor del Pueblo será de tres días a partir del siguiente al del cese, de conformidad con lo dispuesto en la base séptima de la convocatoria.

Cuarto.-El funcionario seleccionado, procedente de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Galicia, de conformidad con lo dispuesto en la base octava de la convocatoria, tendrá derecho a ser declarado en la situación administrativa prevista en el artículo 10.3 de la Ley del Valedor del Pueblo, en relación con el artículo 52.14 de la Ley de la función pública de Galicia.

Quinto.-Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo previsto en la Ley reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, de 27 de diciembre de 1956, ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, después de haberlo comunicado a esta institución, según lo previsto en el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y de procedimiento administrativo común.

Santiago de Compostela, 16 de diciembre de 1997.

José Cora Rodríguez

Valedor del Pueblo

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