Por la presente publicación se pone en conocimiento de todos los interesados la aprobación por el Cabildo, en reunión ordinaria el trece de junio de mil novecientos noventa y siete, de la normativa de la lonja de la cofradía de pescadores de Muros, posteriormente ratificada por la junta general el quince de junio del año en curso.
Esta normativa afectará a todas aquellas personas o entidades que realicen operaciones de subasta-venta en el local de la lonja, al personal de la cofradía comisionado para llevar a cabo la gestión de concesión, a los compradores y a todos aquellos que realicen cualquier actividad relacionada con la lonja.
La normativa será expuesta el público en el tablón de anuncios de la lonja y en la secretaría de la cofradía a efectos de consulta.
Muros, 27 de octubre de 1997.
Antonio Lago Vidal
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