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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 243 Miercoles, 17 de diciembre de 1997 Pág. 12.140

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MONTES

ORDEN de 21 de noviembre de 1997 por la que se establece el período de producción medio en Galicia de especies forestales, en relación con el tratamiento fiscal de las rentas forestales.

La Ley 13/1996 del Estado, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social, establece en su disposición adicional vigésimo tercera que los rendimientos plurianuales positivos de la explotación de fincas forestales se considerarán gene

rados en el período de producción medio según la especie de que se trate, determinado, en cada caso, por la Administración forestal competente.

La evaluación a efectos fiscales de los rendimientos exige, por lo tanto, el establecimiento de un período de producción medio para diferentes especies forestales en Galicia.

Por todo ello, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 30.1.3º del Estatuto de autonomía de Galicia, y en uso de las competencias atribuidas por la Ley 1/1981, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su presidente, y demás normativa de aplicación,

DISPONGO:

Artículo único.-A los efectos de la aplicación de la normativa fiscal correspondiente a las rentas forestales, según lo dispuesto en la citada Ley 13/1996, de 30 de diciembre, se establece, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, un período de producción medio para las especies forestales comerciales que se especifican en el anexo de esta orden.

Disposición final

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 21 de noviembre de 1997.

Tomás Pérez Vidal

Conselleiro de Agricultura, Ganadería y Montes

ANEXO

Especies forestales comerciales

Período de

producción

medio

(turno en años)

Eucaliptus sp., eucalipto15

Populus sp., chopo20

Pinus pinaster, pino marítimo35

Pinus radiata, pino insigne30

Pinus sylvestris, pino silvestre y resto de las coníferas60

Betula sp., abedul50

Castanea sp., castaño40

Fraxinus sp., fresno

Acer sp., arce

Prunus avium, cerezo

Alnus glutinosa, aliso

Juglans regia, nogal

50

Quercus robur, roble

Quercus ilex, encina

Quercus suber, alcornoque

Resto de las quercíneas

70

Fagus sylvatica, haya60

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