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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 240 Viernes, 12 de diciembre de 1997 Pág. 11.983

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

AGUAS DE GALICIA

RESOLUCIÓN de 26 de noviembre de 1997 por la que se hace pública la declaración de impacto ambiental del proyecto básico de la presa de Acheiro en el ayuntamiento de Laracha (A Coruña).

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5 de Decreto 442/1990, de 13 de septiembre, de declaración del impacto ambiental para Galicia, se hace público el acuerdo de la Comisión Gallega del Medio Ambiente, de 30 de septiembre de 1997, por lo que se formula la declaración de impacto ambiental del proyecto básico de la presa de Acheiro, en el ayuntamiento de Laracha (A Coruña), promovido por Augas de Galicia, Departamento de Gestión del Dominio Público Hidráulico, Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda de la Xunta de Galicia, que se transcribe como anexo a esta resolución.

Santiago de Compostela, 26 de noviembre de 1997.

Emilio García Gallego

Presidente de Augas de Galicia

ANEXO

Acuerdo de 30 de septiembre de 1997, de la Comisión Gallega de Medio Ambiente por el que se formula, declaración de impacto ambiental del proyecto básico de la presa de Acheiro, en el ayuntamiento de Laracha (A Coruña).

El Decreto 442/1990, de 13 de septiembre, de evaluación de los impactos ambientales para Galicia, establece la obligación de formular declaración de impacto ambiental, con carácter previo a la resolución administrativa que se adopte para la realización, o en su caso, la autorización de la obra, instalación o actividad.

En virtud de lo establecido en el artículo 5, punto 2 del citado decreto, Augas de Galicia, en el proceso de su tramitación y mediante la publicación, en el DOG del 25 de marzo de 1997, así como en el BOE del 3 de abril de 1997 y en el BOP del 18 de abril de 1997, de la resolución de Augas de Galicia, perteneciente a la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivenda, se somete a trámite de información pública el proyecto básico y estudio de impacto ambiental de la presa de Acheiro, municipio de Laracha (A Coruña), clave OH.115.339/PRE y se anuncia la apertura del proceso de información pública, por un período de treinta días hábiles, contados a partir de la fecha de publicación.

En aplicación de la normativa vigente en materia de presas y embalses, así como de lo estipulado en el Decreto 442/1990, de evaluación del impacto ambiental, los documentos y proyectos técnicos, sometidos a consulta e información pública, fueron remitidos a la Dirección General de Calidad Medioambiental y Urbanismo, Dirección General de Montes y Medio Ambiente Natural, Dirección General de Patrimonio Cultural, Dirección General de Salud Pública, Dirección General de Industria y Secretaría General para la Protección Civil y Medio Ambiente.

Durante el proceso de información pública fueron presentadas alegaciones, que aparecen recogidas en el anexo IV.

Una vez cumplimentada la tramitación de información pública sin haberse presentado informes desfavorables, Augas de Galicia elaboró el correspondiente informe técnico y el documento borrador de declaración de impacto ambiental, que fue remitido a la Comisión Gallega do Medio Ambiente, para completar el expediente de referencia.

La Comisión Gallega do Medio Ambiente, en el ejercicio de las competencias que le concede el Decreto 442/1990, formula a los solos efectos ambientales la declaración de impacto ambiental (DIA), del proyecto básico de la presa de Acheiro en el ayuntamiento de Laracha (A Coruña), promovido por la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda de la Xunta de Galicia.

La relación de organismos consultados y el resumen de sus respuestas figura en el anexo I.

En el anexo II se hace una descripción del Proyecto con las distintas alternativas estudiadas.

En el anexo III, se señalan las condiciones que establece el programa de vigilancia ambiental.

En el anexo IV se recogen las alegaciones presentadas, así como su valoración.

Declaración de efectos ambientales

Examinada la documentación presentada (proyecto básico, estudio de impacto ambiental, informes ambientales y alegaciones), la Comisión Gallega de Medio Ambiente considera que, a vista del informe técnico presentado por el órgano-substantivo que, de las dos alternativas propuestas la consistente presa de gravedad es la ambientalmente más favorable, y por la presente declaración de impacto ambiental, y al objeto garantizar la minimización de los efectos ambientales negativos, establece, además de las medidas incluidas en el estudio de impacto ambiental, las siguientes condiciones.

1. Protección del suelo.

El parque de maquinaria, zona de almacenamiento de materiales, planta de hormigonado y cualquier otra instalación auxiliar que se requiera en el proceso constructivo de la presa, será ubicada en el vaso del embalse.

Los residuos que necesiten una gestión especial por sus características (aceites, hidrocarburos, restos de pintura..., etc.) deberán ser entregados a gestores autorizados para su eliminación.

El suelo fértil recogido en la zona de obra para su posterior empleo en las labores de restauración e integración paisajística de la obra, se almacenará en el vaso del embalse y en las condiciones estipuladas en el EIA hasta que vaya siendo utilizado de modo secuencial en dichas labores de restauración una vez las superficies a tratar vayan alcanzando su estado definitivo.

Se adjuntará, en fase de proyecto constructivo, un documento complementario a aquel en el que se recojan, de forma suficientemente detallada, las características del Plan viario y de accesos a obra y del plan de tratamiento y adecuación ambiental de las zonas de préstamos y ubicación de sobrantes, incluyendo materiales no utilizables en el proceso constructivo como material forestal, suelo fértil..., etc. Este documento deberá ser remtido a el órgano ambiental para su aprobación, previa al comienzo de las obras.

2. Protección de las aguas y cauces.

Se prohibe la realización de cualquier tipo de vertido a las aguas continentales.

Antes de proceder al desvío del caudal del Acheiro para acometer la obra de la presa y del caudal del Anllóns para acometer la conducción de abastecimiento a Laracha y Arteixo, se avisará al órgano ambiental así como al Servicio Provincial de la Dirección General de Montes y Medio Ambiente Natural para que se puedan tomar las medidas correctoras que se consideren oportunas.

Si hubiera que cruzar algún caudal, independientemente de su entidad, se emplearán estructuras de paso tipo pórtico, evitando afectar a los lechos fluviales.

Las cifras de caudal ecológico que se establecen a partir del informe emitido por la Dirección Xeral de

Montes y Medio Ambiente Natural para este proyecto son las siguientes:

-Caudal ecológico de noviembre a marzo: 140 l/seg.

El resto del año (abril-octubre) se liberará como caudal ecológico el 30 % de las aportaciones al embalse. Dada la inexistencia de datos contrastados al respecto, se instalará una estación de aforo en cola del embalse al objeto de asegurar la liberación del 30% de las aportaciones.

Para la medida del caudal ecológico se instalará por parte del promotor, un dispositivo de registro y medida que permita la valoración de estos datos de forma sencilla y la conexión del mismo con sistema informático de adquisición de datos, que estará a disposición del órgano competente de la Administración.

Previamente a la aprobación del proyecto constructivo, el promotor deberá remitir a el órgano ambiental un plan de análisis de las aguas de los ríos Acheiro y Anllóns, en el que se indique parámetros físico-químicos y biológicos a controlar la periodicidad de los análisis, tanto en fase de construcción como de explotación. Este plan estará integrado en el programa de medidas correctoras.

El promotor quedará obligado a notificar cualquier vertido que se produzca durante las obras o en la explotación del embalse, a la Delegación Provincial de la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales de La Coruña, y a los ayuntamientos que se suministren aguas abajo.

En todo caso, siempre prevalecerá el interés público sobre cualquier otro.

3. Protección de la atmósfera.

Se controlarán las emisiones de polvo producidas durante las operaciones de movimiento de tierras y transporte de materiales mediante la humidificación de los viales. Los valores de emisión deberán mantenerse en todo momento por debajo de los límites fijados por la normativa vigente.

El promotor deberá atenerse a lo dispuesto en la Ley 7/1977, de 11 de agosto, de protección contra la contaminación acústica.

4. Protección de las comunidades faunísticas.

Las labores que impliquen la realización de voladuras deberán realizarse fuera del período de cría de las especies animales.

5. Protección del patrimonio.

Previamente a la realización del proyecto constructivo se realizará un estudio arqueológico basado en una prospección arqueológica superficial en un ámbito que englobe la zona de inundación y una banda de 200 m medida desde el límite externo de la zona de inundación. En dicho ámbito se procederá también a la identificación de los elementos arquitectónicos de valor histórico, artístico y etnográfico.

Además, en la fase de obras y, concretamente, en la fase de deforestación del vaso del embalse y movimiento de tierras se realizará un seguimiento arqueológico, procediéndose, en el caso de que aparezca algún yacimiento y resultase afectado por las obras, a realizar actuaciones puntuales sobre ellos.

Todos los trabajos se ajustarán a las directrices de la Dirección Xeral do Patrimonio Cultural da Consellería de Cultura e Comunicación Social.

6. Proyecto de restauración.

Deberá redactarse el proyecto de restauración incluyendo los medios planteados en el estudio de impacto ambiental, así como aquellos otros necesarios para dar cumplimiento a las medidas planteadas en la presente declaración, incorporándolas a las correspondientes partidas presupuestarias. Deberá ser redactado y aprobado de forma conjunta con el proyecto constructivo.

7. Accesibilidad.

Se repondrán todos aquellos viarios que resulten interceptados por el proyecto y se restituirán a sus condiciones originales aquellos viales utilizados en la zona de obras para el desplazamiento de maquinaria.

8. Seguimiento y vigilancia.

Se redactará un programa de vigilancia ambiental para el seguimiento y control de los impactos y de la eficacia de las medidas correctoras establecidas en el estudio de efectos ambientales y en las condiciones de la presente declaración.

El plan deberá señalar las circunstancias, frecuencias y períodos de emisión de los informes. También deberá presupuestarse e incorporarse a las partidas presupuestarias correspondientes.

Este plan deberá ser remitido al órgano ambiental para su aprobación previa al comienzo de las obras.

9. Documentación adicional.

El órgano substantivo, Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, remitirá a la Comisión Gallega de Medio Ambiente, de forma previa a la aprobación del proyecto constructivo, un escrito en el que se certifique la incorporación al mismo de la documentación y prescripciones adicionales establecidas por esta declaración, así como un informe sobre su contenido y conclusiones.

10. Definición contractual de las medidas correctoras.

Todos los datos y conceptos relacionados con la ejecución de las medidas correctoras contempladas en el estudio de efectos ambientales y en la presente declaración figurarán justificados técnicamente en la memoria y anexos del proyecto constructivo, estableciendo su diseño, ubicación y dimensiones en el documento planos, con sus exigencias técnicas en el pliego de prescripciones y su definición económica en el presupuesto del proyecto.

El promotor deberá notificar al órgano ambiental el día de comienzo de las obras.

El órgano ambiental de la Xunta de Galicia, la Comisión Gallega de Medio Ambiente, en el desarrollo de sus funciones, podrá ejercer labores de inspección ambiental y tomar las medidas pertinentes, en el caso de observarse anomalía o incorrecta ejecución de las obras con repercusión ambiental, lo que le comunicará al órgano substantivo (Augas de Galicia).

Santiago de Compostela, 30 de septiembre de 1997.

José Francisco Alonso Picón

Secretario de la Comisión Galega del Medio Ambiente

Visto bueno

José Luis Aboal García Tuñón

Vicepresidente de la Comisión Gallega del Medio Ambiente

Presidente en funciones

ANEXO I

CONSULTAL SOBRE EL IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO

Relación de organismos consultadosSolicitudRespuesta

-D.G. de Salud Pública18-4-9723-5-97
-D.G. de Montes y Medio Ambiente Natural18-4-9723-5-97
-D.G. del Patrimonio Cultura18-4-9719-5-97
-D.G. de Calidad Medioambiental y Urbanismo18-4-9729-5-97
-D.G. de Industria18-4-9712-5-97

La Dirección General de Salud Pública emite informe favorable al proyecto básico, advirtiendo de la necesidad de controlar rigurosamente los vertidos realizados en el río Anllóns, de tal forma que la calidad del agua no sea nunca inferior a la capacidad de tratamiento de las plantas potabilizadoras de los núcleos de Carballo y Ponteceso.

La Dirección General de Calidad Medioambiental y Urbanismo (CPTOPV) emite informe favorable al proyecto básico, siempre y cuando se cumplan las medidas correctoras establecidas en el EIA.

La Dirección General de Montes y Medio Ambiente Natural informa de los regímenes de caudales ecológicos a establecer en la presa de Acheiro y señala que no se necesita dispositivo de franqueo. Las cifras de caudal ecológico que establecen son las siguientes:

-Caudal ecológico de noviembre a marzo: 140 l/seg.

-Caudal ecológico de abril a octubre: 80 l/seg.

La Dirección General del Patrimonio Histórico y Documental destaca la inexistencia de informes basados en trabajos de campo relativos al impacto del proyecto sobre el patrimonio arqueológico. Señala, además, que la zona donde se ubica el proyecto no cuenta con inventario exhaustivo de yacimientos arqueológicos por lo que no se puede establecer el impacto del proyecto sobre el patrimonio arqueológico sin una prospección superficial previa.

Señala también que, por tanto, es conveniente la realización de un estudio específico del impacto de la presa sobre el patrimonio histórico, haciendo especial hincapié en el patrimonio arqueológico, donde se establezcan las posibles afecciones sobre este patrimonio.

El estudio incluirá una prospección arqueológica llevada a cabo por técnicos competentes de acuerdo con un proyecto presentado y autorizado por la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consellería de Cultura y Comunicación Social de la Xunta de Galicia de acuerdo con la Ley 8/1995, de 30 de octubre, del patrimonio cultural de Galicia y del Decreto 62/1989, de 31 de marzo, por el que se regula la actividad arqueológica en la Comunidad Autónoma gallega. El proyecto de prospección arqueológica tendrá que incluir:

-Prospección arqueológica intensiva de la zona que abarque la cuenca máxima de captación de la presa proyectada. Por tanto, se debe tener en cuenta que:

-El proyecto deberá incorporar la prospección arqueológica de campo de toda el área afectada por el proyecto de construcción de la presa de Acheiro y de su entorno inmediato para la catalogación y delimitación de los restos arqueológicos localizados.

-El proyecto de obra incorporará, de ser necesario, un programa de actuaciones arqueológicas compatible con el plan de obra de cara a la protección y conservación de los yacimientos arqueológicos en coordinación con esta dirección general.

-Los resultados del estudio, junto con los planos de las obras que puedan afectar a los elementos del patrimonio cultural, deberán remitirse a ésta Dirección General a fin de establecer las medidas correctoras que se consideren necesarias para la protección del patrimonio.

La Dirección Xeral de Industria informa favorablemente al proyecto básico siempre y cuando se cumplan las siguientes condiciones:

Fase de obras:

-Se debe garantizar que no se superan los límites establecidos por la normativa vigente para la inmisión de partículas sólidas.

-Los RTP's que se generen en esta fase deberán ser tratados de acuerdo con la normativa que les sea de aplicación.

-Se deberá realizar un seguimiento que garantice la conservación de la calidad del agua del río Acheiro.

Fase de Explotación:

-Los RTP's que se generen en esta fase deberán ser tratados de acuerdo con la normativa que les sea de aplicación.

ANEXO II

DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO

El sistema de abastecimiento de agua de los municipios de Laracha y Arteixo es actualmente deficitario. Desde la CPTOPV de la Xunta de Galicia se expresa la necesidad de construir un sistema de abastecimiento de agua, que se plasma en el estudio realizado por la Xunta de Galicia en 1993 análisis de la Viabilidad Técnica de Aprovechamientos Hidráulicos para los Abastecimientos de Arteixo y Gondomar y en el Anteproyecto de la Presa de Acheiro.

En este último anteproyecto, se considera la ubicación de una presa sobre el río Acheiro como la mejor alternativa al suministro de agua para las poblaciones de Laracha y Arteixo. Las demandas estimadas ascienden a 200 l/s en Arteixo (70 l/s consumo doméstico y 130 l/s polígono de Sabón) y en Laracha la demanda urbana es de 50 l/s.

El embalse recibe una aportación anual media de 13.63 hm (432 l/s), siendo capaz de regular un caudal superior a la demanda máxima para la zona (250 l/s).

La cerrada de la presa del río Acheiro se sitúa próxima a la confluencia del río Anllóns, del que es afluente por su margen izquierda, regulándose un área vertiente de 17,28 km que prácticamente coincide con la cuenca completa. Cerrada y vaso se sitúan en el término municipal de Laracha.

Las características geológicas de los materiales que forman la cerrada y el vaso son similares y relativamente homogéneos. En el fondo de la vaguada aparecen suelos arrastrados y depositados por el río en épocas de crecida, que se clasifican como suelos aluviales, con espesor máximo de cuatro metros y escasa extensión superficial

así como suelos residuales con espesores máximos detectados de 3 m. Bajo los suelos aparece un sustrato rocoso formado por esquistos grises con algunas intercalaciones de cuarcita y gneis alcalinos con juntas onduladas, rugosas, parcialmente abiertas en la cresta alterada y cerradas en su estado sano. La estructura general de la cerrada responde a la propia del entorno geológico, con juntas tipo S en dirección ESE-WNW y buzamiento hacia el SW y otras de tipo diaclasas con menor frecuencia. Los taludes actuales del vaso son estables, existiendo únicamente un pequeño coluvión que podría ser removido durante las fases de desbroce y primer llenado del embalse.

Soluciones alternativas

1. Presa de gravedad:

De directriz recta, fija el umbral del aliviadero de labio fijo (20 m de ancho) en la cota 154, con una altura de presa sobre el cauce de 27 m y sobre cimientos de 38 m. La cota aproximada de la cimentación es la 124. La capacidad del embalse asciende a 4,6 hm. Los taludes de la presa son 0,1:1 aguas arriba y 0,75:1 aguas abajo. La presa sería de hormigón compactado, por lo que a la hora de definir la sección tipo de la misma se preve dejar en la parte superior, a partir de la cota de coronación del vertedero del aliviadero, un tramo con talud vertical que permita el tránsito de la maquinaria de puesta en obra de este tipo de estructuras.

La presa tiene la coronación en la cota de 159 m. La coronación tiene una anchura de 6 m, cuatro metros de vial rodado con dos aceras de un metro a cada lado y barandilla a ambos lados.

El aliviadero está situado en el propio cuerpo de la presa, centrado aproximadamente con el eje del río. El aliviadero es de labio fijo, sin compuertas, tiene 20 m de anchura y la cota de coronación del vertedero a la 154 m. Para dar continuidad a la coronación de la presa se prevé la realización de un puente sobre el aliviadero a base de vigas de pizarra de hormigón pretensado con cantos del orden de 1 metro para una luz de unos 21 metros.

Se ha diseñado un perfil del labio del vertedero tipo Creager. El labio se hace tangente al talud aguas abajo. Después del acuerdo parabólico con el labio del vertedero, un canal de descarga sigue el talud de aguas abajo de la presa, teniendo unos muros cajeros de altura variable en función del calado de diseño del aliviadero.

Para disipar la energía creada por la altura de la presa, se ha colocado un cuenco de amortiguamiento en la zona de aguas abajo con el fin de restituir el agua al río en las mejores condiciones. El cuenco tiene una anchura de 20 m con la solera colocada a la cota 123,90 m. Tiene una longitud de 40 m y un escalón aguas abajo en la cota 128,50 que obliga a salir al agua como mínimo en régimen crítico. De esta forma, el resalto hidráulico que disipa la mayor parte de la energía se produce siempre dentro del cuenco. El aliviadero es capaz de desaguar la avenida de período de retorno 500 años con una sobreelevación de 2,64 m sobre el umbral del aliviadero, lo que da una cota de máximo embalse extraordinario de 156,04 m.

Para garantizar el correcto control y auscultación de la presa, se ha diseñado una galería perimetral a lo largo del contacto presa-cimiento, pero un poco más alta que dicho contacto para que la galería quede claramente incluida dentro del cuerpo de la presa para evitar posibles líneas de filtración y fisuración. La galería es de sección rectangular de 2,20 m de anchura y 2,40 m de altura, para poder utilizarla en el caso de que la presa se construya con la técnica del hormigón compactado con rodillo.

Desde la galería se realizarán tanto las campañas de inyección como la pantalla de drenaje que asegura la disminución de las subpresiones. La pantalla de drenaje deberá tener una profundidad mínima en roca del orden de 25 m para asegurar el corte de la junta del sistema de juntas de la roca que presenta una posición más favorable al deslizamiento de la estructura y, por lo tanto, su drenaje.

A media altura se sitúa una galería intermedia, casi horizontal, que sirve para facilitar la correcta auscultación de las juntas entre bloques, posibles fisuras así como para el control de los movimientos de la presa con los correspondientes péndulos.

El desvío del río Acheiro durante la construcción de la presa se realizará mediante una galería de sección idéntica a la galería perimetral, pero colocada en el sentido del río y en uno de los bloques centrales de la presa. Esta galería de desvío se situará en la cota 129 y por lo tanto pasará por debajo de la galería perimetral.

El desagüe de fondo estará formado por dos tuberías de 800 mm de diámetro colocadas a la cota 132 aproximadamente. Cada tubería de desagüe estará controlada por dos válvulas tipo Bureau, de tal forma que la primera actuará como válvula de seguridad, siempre abierta, y la segunda será la verdadera válvula de regulación. El desagüe de éstos dos elementos se producirá en el propio cuenco de amortiguamiento del aliviadero, teniendo la tubería de salida una pequeña pendiente descendente del orden del 5%, para asegurar la intersección del chorro del agua de salida con la estructura del cuenco.

Las cotas de toma previstas para derivar el agua de abastecimiento a las poblaciones de Laracha y Arteixo son la 150 y la 142. Las tuberías de toma tendrán un diámetro de 600 mm y estarán reguladas por un doble juego de válvulas de mariposa y compuerta. La situada aguas arriba actuará como elemento de seguridad, será de compuerta tipo Bureau. La situada aguas abajo, de regulación, será mariposa. Las válvulas estarán alojadas fuera del cuerpo de la presa, en el edificio anexo y adosado a la misma, donde se situará la estación de bombeo que elevará el agua hasta los núcleos urbanos de Arteixo y Laracha. Este edificio contendrá además el centro de transformación de energía y control de la presa.

2. Presa de escollera:

La solución presa de escollera, con pantalla impermeable de hormigón aguas arriba, tiene el umbral del aliviadero de labio fijo (30 m de ancho) en la cota 158, la altura de la presa es de 28 m. El umbral más elevado, que en la solución anterior se compensa con

una mayor longitud del vertedero, para, en conjunto, conseguir una sobre elevación de lámina de agua semejante a la de la solución presa de gravedad. Se podría cimentar directamente sobre la capa de roca subyacente tras acondicionar la cerrada y rellenar las juntas parcialmente abiertas hasta 10 m de profundidad.

La capacidad del embalse asciende a 5.1 hm. La sección tipo de la presa tiene taludes 1,35:1 aguas arriba y 1,5:1 aguas abajo. Los taludes elegidos finalmente aguas abajo son más inclinados (2:1) utilizándose el material procedente de la propia excavación, de forma que el vertedero final de la presa se encuentre incluido en el propio cuerpo de la presa. El acabado de este talud se ha previsto con tierra vegetal y posterior siembra de césped. Los materiales procedentes de la cantera abierta en al zona de obras no se podrán emplear para formar el cuerpo de la presa debido a que en la zona del embalse existen unas pizarras con características muy poco favorables para el uso como escollera. Por ello, en esta solución se ha previsto traer el material desde una zona de granitos que existe a unos 10 km de la cerrada.

La coronación se encuentra también en la cota 162. El ancho de coronación de la presa es de 8 metros. Además en la coronación está previsto construir un rompeolas continuo de hormigón para dar un resguardo adicional al cuerpo de presa frente a inundaciones.

La pantalla impermeable de hormigón se colocará sobre una capa de regulación de hormigón poroso. El diseño propuesto permite, en caso de fuga de agua, disiparla rápidamente por la escollera sin producir subpresiones en la presa. La pantalla tendrá una modulación aproximada de 15 m entre juntas. El apoyo de la pantalla en el cimiento se realizará a través de una galería perimetral con sección visitable de 2,40 m de altura y 2 m de anchura y que se utilizará para facilitar la auscultación e inyectar la presa adecuadamente en caso de necesidad. Esta galería se encuentra empotrada en roca sana para evitar que gire como consecuencia del empuje de la escollera y la pantalla.

La ataguía sirve para dar cota y permite la puesta en carga del túnel de desvío durante una avenida así como para tener la pantalla lo suficientemente alta como para poder instalar la cámara de llaves del desagüe de fondo y de las tomas de agua para el abastecimiento. La ataguía tiene una sección similar a la de la presa de gravedad de hormigón pero con taludes más tendidos con el fin de aguantar correctamente el empuje de la escollera sin desplazarse o girar.

Para desviar el río y conseguir que la construcción de la escollera se realice en seco se ha previsto situar una galería de desagüe que durante la construcción de la presa actúe como desvío del río y que posteriormente sea la galería en donde estén situados los tubos de desagüe de fondo y de abastecimiento. Las dimensiones de la galería están condicionadas por este uso futuro, si bien se ha comprobado que sea capaz de desaguar la avenida de 10 años de período de retorno, escogida como avenida de diseño durante el período de construcción de la presa. Para soportar los esfuerzos producidos por la escollera, la galería tiene forma de arco peraltado tipo túnel. La anchura de la galería per

mite disponer de un pasillo de 1,80 m entre tuberías para facilitar la explotación correcta de todos los elementos de la presa ya que desde esta galería se podrá llegar a cualquiera de ellos.

La galería de desagüe de fondo acaba en la zona de aguas arriba en la cámara de llaves, en la que estarán situadas las válvulas de seguridad de las dos tuberías del desagüe de fondo y las válvulas de seguridad de las dos tomas de agua para abastecimiento, que estarán siempre abiertas salvo emergencias. Ambos tipos de válvulas serán Bureau con unas dimensiones de tablero de 1,0 x 0,8 m y 0,8 x 0,6 m respectivamente. Las tuberías que salen de estas válvulas tendrán un diámetro de 800 mm para el desagüe de fondo y 600 mm para las conducciones de abastecimiento.

La galería de desagüe de fondo acaba en la zona de aguas abajo de la caseta de mecanismos, donde se colocarán las válvulas Howell-Bunger para regular el caudal de salida por el desagüe de fondo y las válvulas de regulación de las tomas, que en este caso podrían ser tipo Bureau o Mariposa. La propia caseta acogerá la estación de bombeo y el comienzo de la conducción de abastecimiento a los núcleos urbanos de Laracha y Arteixo.

El caudal vertido por el desagüe de fondo se repondrá al río Acheiro mediante un cuenco de amortiguamiento tipo USBR de 7 m de anchura, que asegura la producción del resalto hidráulico correspondiente en su interior, con lo cual se restituye el agua al cauce natural sin favorecer posibles problemas de erosión por exceso de velocidad.

El aliviadero que se plantea es lateral y se ubica en la margen izquierda a fin de evitar situarlo sobre el cuerpo de la presa, lo que podría dar lugar a asientos diferenciales que pudieran poner en peligro la estabilidad de la estructura. En el aliviadero lateral, la longitud de vertedero resulta un tanto superior ya que se pueden dar condiciones de sumergencia que disminuyen la capacidad de vertido. Por ello se ha colocado un vertedero de 30 m de longitud tipo Creager con acuerdo parabólico aguas abajo. El vertedero se ha situado a la cota 158,00 y a partir de este punto existe un canal con pendiente horizontal que asegura que toda la zona de captación del vertido trabaja en régimen lento. La longitud del aliviadero se ha calculado de forma que la sobre elevación producida por la avenida de período de retorno de 500 años sea igual a 2 m. La cota resultante para el máximo embalse extraordinario es 160 m.

Aprovechando el cambio de sección entre la trapezoidad de la zona de captación del agua del vertedero y la rectangular del canal de descarga se ha diseñado un cambio de pendiente que garantiza la formación del régimen crítico en una sección determinada y fija para todo el rango de caudales previstos. A partir de este punto y siempre en régimen rápido comienza el canal de descarga con sección rectangular de 15 m de anchura. Por condicionantes topográficos, este canal tiene dos tramos con pendientes diferentes, existiendo una parábola de acuerdo entre ellos.

El canal de descarga termina en un cuenco de amortiguamiento diferente del planteado para el desagüe de

fondo, que realiza las funciones de disipar la energía del agua que lleva el aliviadero y devolverla al río en condiciones favorables desde el punto de vista energético. Este cuenco tiene también una anchura de 15 m y presenta un resalto a la cota 128,50 en la salida aguas abajo con el fin de controlar la ubicación del resalto hidraúlico dentro del cuenco de hormigón.

La realización de esta solución se ve dificultada porque los materiales de las canteras de las proximidades de la presa son inadecuados para construir una presa de escollera, así como por el sobrecoste que suponen el aliviadero y los órganos de desagüe.

En el edificio anexo a la presa y adosado a la misma se situará la estación de bombeo. Este edificio contendrá además el centro de transformación de energía y el de control de la presa.

3. Conducción de agua:

El modelo de conducción es idéntico para las dos soluciones de presa. El trazado de la conducción de agua desde la presa de Acheiro hasta los depósitos de Laracha y Arteixo se realiza mediante un bombeo a situar en la caseta de mecanismos a la salida de la presa.

La conducción que lleva el agua de la presa de Acheiro a los municipios receptores se ha diseñado para el caudal máximo que puede regular el embalse (algo superior a los 300 l/s y superior a la demanda objetivo a servir: 250 l/s). Comienza en un bombeo en el cuerpo de la presa dotado de tres bombas con capacidad individual de bombeo de 150 l/s y potencia de 370 kW, una de las cuales queda como reserva que alimenta la tubería inicial.

Las conducciones de agua desde la presa de Acheiro hasta los depósitos de Laracha y Arteixo se realizan en primer término mediante la mencionada tubería inicial (de función nodular de 600 mm de diámetro) que va desde la presa hasta una posible arqueta de derivación, con una longitud de 6.080 m. Desde la caseta de derivación al depósito de Laracha existirá una tubería (también de fundición de 200 mm de diámetro) con una longitud de 360 m. Desde la caseta de derivación parte también la tubería de alimentación del depósito de Arteixo (diámetro 500 mm hasta el punto alto de Paiosaco y de 400 mm a partir de ese punto). Ambas tuberías son de fundición nodular y con longitudes respectivas de 3.270 m y 8.650 m. Por tanto, la longitud de la tubería a instalar asciende a 18.336 m.

La tubería irá en su totalidad enterrada en zanja y su trazado sigue en lo posible caminos y pistas existentes, aunque en el cruce del río Anllóns se separa de los caminos (el cruce se realiza por debajo del cauce) y en la zona de Paiosaco se sigue el trazado de la C-552.

ANEXO III

PROGRAMA DE VIGILANCIA AMBIENTAL

El Programa de Vigilancia Ambiental debe establecer el sistema de control que garantice el correcto cumplimiento de las indicaciones y medidas protectoras y correctoras establecidas en el estudio de impacto ambiental y en la condición 8 de la presente declaración.

Así, es necesario desarrollar los siguientes aspectos:

1. Seguimiento y control del cumplimiento de las medidas contempladas en el plan de recogida y mantenimiento de los suelos.

2. Seguimiento y control, de forma previa al inicio de las obras, del plan viario y de accesos a obra, así como del área, o las zonas destinadas a parque de maquinaria, instalaciones auxiliares y almacenamiento de materiales propuestas por el promotor.

3. Una vez localizados en el proyecto de construcción los puntos destinados a vertederos de los residuos, tanto orgánicos como inorgánicos, que se generen durante el período de construcción, será necesario establecer una vigilancia para el correcto uso de éstos; estableciendo de igual forma, las disposiciones necesarias para asegurar que no se produzcan vertidos incontrolados sobre los cauces de los ríos o sobre zonas colindantes al área de obra. Una vez finalizada la obra, se procederá a su sellado y restauración.

4. Localización, de forma previa al inicio de las obras, de los vertederos destinados a la acogida de suelos inadecuados, que, una vez finalizada la obra, deberán ser sometidos a un proceso de restauración; al igual que cualquier posible cantera que se cree para sufragar las necesidades de áridos u otros materiales necesarios para la construcción de la nueva presa.

5. Seguimiento y control de la realización y posterior puesta en práctica del proyecto de restauración, incluyéndose bajo este epígrafe el cumplimiento de todas las prescripciones contenidas en dicho proyecto, así como su correcta ejecución y la realización de las labores de mantenimiento, que deberán llevarse a cabo posteriormente, con una periodicidad, al menos bianual.

6. Control y seguimiento arqueológico de la obra.

7. Desarrollo de un plan de control de la cantidad y calidad de las aguas del Acheiro y Anllóns aguas abajo de la presa.

8. Desarrollo de un plan de control de la evolución de las poblaciones piscícolas aguas abajo de la presa.

El plan deberá señalar las circunstancias y plazos de emisión de los informes relativos al seguimiento de la actuación y la vigilancia del cumplimiento de las condiciones de esta declaración.

Sin menoscabo de lo que determine el plan, se remitirá semestralmente un informe técnico al órgano sustantivo, y a el órgano ambiental en el que se refleje el desarrollo en la aplicación de las diversas medidas correctoras impuestas. Asimismo, se señalarán las posibles incidencias surgidas durante el período y las acciones de control desarrolladas.

ANEXO IV

ALEGACIONES PRESENTADAS. FECHA, AUTOR Y SISNTESIS DE SUS CONTENIDOS

FechaAleganteSíntesis

2-5-1997Asamblea local

BNG Laracha

Rechazan el proyecto por su gran

impacto ambiental considerando

además como utópico el que se

apliquen medidas correctoras.

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