De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley 39/1988 y 106.3º de la Ley 7/1985, y en cumplimiento de lo acordado por la corporación provincial en sesión del día de la fecha, se hace público que la Diputación Provincial de Ourense asume la competencia delegada en ella por los ayuntamientos que se relacionan, para la gestión, liquidación, inspección y recaudación de los impuestos que se mencionan, en las condiciones generales establecidas y que se detallan en el anuncio publicado por esta cor
poración en el Diario Oficial de Galicia del día 19 de septiembre de 1994:
Ayuntamientos; impuestos:
Toén; impuesto de vehículos de tracción mecánica.
Boborás; impuesto de vehículos de tracción mecánica, impuesto sobre bienes inmuebles e impuesto sobre actividades económicas.
La fecha de inicio de efectos de esta delegación y el plazo de su vigencia, se ajustarán a las normas que tiene establecidas esta diputación.
Ourense, 31 de octubre de 1997.
José Luis Baltar Pumar
Presidente de la Diputación Provincial de Ourense