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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 226 Viernes, 21 de noviembre de 1997 Pág. 11.216

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSEJO DE LA CULTURA GALLEGA

RESOLUCIÓN de 14 de noviembre de 1997 por la que se convocan dos becas de artes plásticas.

El Consejo de la Cultura Gallega convoca dos becas con una cuantía mensual de 90.000 ptas. cada una, con una duración de seis meses, para trabajar en la catalogación de fondos de artes plásticas.

1. Presupuesto.

Para atender al gasto que suponen las becas existe crédito suficiente en las aplicaciones 03.01.111D.480.0 del presupuesto vigente.

2. Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarios de estas becas todos los ciudadanos comunitarios, mayores de edad y con plena capacidad para obrar, que reúnan los siguientes requisitos:

a) No ser trabajadores por cuenta propia o ajena, ni recibir remuneración de ningún tipo ni gozar de una beca o ayuda semejante.

b) No haber sido separados del servicio de ninguna Administración o institución como consecuencia de expediente disciplinario.

c) Ser licenciados en biblioteconomía y archivística, historia del arte o bellas artes.

3. Solicitudes.

Los solicitantes entregarán (horario de las 10 a las 14 horas) en la sede del Consejo de la Cultura Gallega, Pazo de Raxoi, 2ª planta, Santiago de Compostela, dentro del plazo de diez días hábiles contados a partir de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia, la siguiente documentación:

-Fotocopia del DNI.

-Instancia de solicitud dirigida al Presidente del Consejo de la Cultura Gallega.

-Fotocopia del expediente académico correspondiente.

-Curriculum vitae con indicación de los estudios, actividades y documentación acreditativa de todos los méritos que se aleguen.

-Declaración jurada de no estar desempeñando ningún trabajo por cuenta propia o ajena y de no haber sido separado del servicio de ninguna Administración ni institución pública como consecuencia de expediente disciplinario.

4. Selección de los becarios.

Para la selección de los becarios se considerará mérito y se valorará de acuerdo con su significación, la participación y experiencia en proyectos de investigación sobre temas de arte contemporánea o de catalogación de fondos de arte contemporánea.

5. Comisión evaluadora.

La comisión que evaluará las solicitudes estará compuesta por dos miembros de la comisión ejecutiva del Consejo de la Cultura Gallega y el coordinador de la ponencia de artes plásticas del propio consejo.

6.Nombramiento.

Los becarios serán nombrados por el presidente del Consejo de la Cultura Gallega por propuesta de la comisión evaluadora, quien también seleccionará a los suplentes que juzgue oportunos. Los becarios seleccionados deberán presentarse en la sede del consejo dentro de los diez días siguientes al de la notificación de su selección con objecto de recoger sus credenciales y comenzar su actividad.

7. Desarrollo de la investigación.

Los becarios desarrollarán su actividad bajo la dirección del coordinador de la ponencia de artes plásticas del Consejo de la Cultura Gallega quien señalará el tiempo de dedicación, el modo de realizar el trabajo, y dictará todas las directrices necesarias para el desarrollo del trabajo. En este sentido podrán establecer un horario fijo máximo de trabajo que en ningún caso podrá exceder de las 40 horas semanales y que se desarrollará en la sede del Consejo de la Cultura Gallega o donde fuese preciso. Estos becarios habrán de rendir mensualmente un informe de su actividad que con el aval del coordinador de la ponencia servirá de base para justificar el pago de la beca.

8. Pago de las becas.

El pago de las becas se realizará en seis mensualidades previo informe del coordinador de la ponencia conforme los trabajos se desarrollan con normalidad y de acuerdo con las prescripciones técnicas establecidas.

9. En el caso de incumplimiento continuado de las tareas objeto de la beca, el coordinador de la ponencia elevará un informe al presidente del consejo, quien después de la audiencia del interesado, adoptará la decisión que corresponda.

La solicitud de becas implica el conocimiento y aceptación de las presentes bases.

La condición de becario no dará lugar a relación laboral ni administrativa con el Consejo de la Cultura Gallega.

Santiago de Compostela, 14 de noviembre de 1997.

Mª Xosé Rodríguez Galdo

Secretaria general del Consejo

de la Cultura Gallega

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