Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 225 Jueves, 20 de noviembre de 1997 Pág. 11.201

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MONTES

RESOLUCIÓN de 23 de octubre de 1997, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se notifica la resolución de los expedientes sancionadores P-419/96 y P-59/97 (pesca-Pontevedra).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se les notifica a las personas que en el anexo se mencionan, la resolución de dichos expedientes, por infracción de la Ley 7/1992, de 24 de julio, sobre pesca fluvial en Galicia.

1. Contra dicha resolución y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 107.1º y 114 al 117 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de esta publicación, podrá interponer recurso ordinario ante el conselleiro de Agricultura, Ganadería y Montes. Transcurrido dicho plazo de interposición del recurso sin que éste fuese presentado, esta resolución será firme a todos los efectos.

2. El importe de la sanción así como el de la indemnización, se hará efectivo, dentro del plazo de quince días contados desde el momento en que la resolución sea firme, en la cuenta nº 120.596, del Banco Pastor (0072) oficina principal (0401). De no hacerlo dentro del plazo señalado se procederá a su cobro por la vía de apremio.

3. El rescate de lo decomisado, en el caso de que se trate de utensilios de uso lícito, podrá obtenerse previo pago de la cuantía total de la sanción e indemnización dentro del plazo establecido en el párrafo anterior.

Pontevedra, 23 de octubre de 1997.

José Luis Díez Yáñez

Delegado provincial de Pontevedra

ANEXO

Expediente: P-419/96.

Denunciado: Ramón Jiménez Montoya.

DNI: 35.306.708Y.

Último domicilio conocido: O Bao-Poio.

Hecho denunciado: pescar sin licencia en época de veda y sin permiso de coto, el día 9 de diciembre de 1996, en el río Lérez, término municipal de Pontevedra.

Precepto infringido: artículo 34.1, 34.8 y 37.10 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial.

Precepto sancionador: artículo 34 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial.

Sanción: 60.000 ptas. e Inhab. de 1 año para obtener la licencia de pesca

Expediente: P-59/97.

Denunciado: José M. Prego Portas.

Último domicilio conocido: Carretera de Portas, s/n, Caldas de Reis.

Hecho denunciado: pescar en una zona acotada sin permiso y antes de la temporada hábil, en un tramo bien señalizado; siendo sorprendido cuando portaba la caña en la mano y el cebo dentro del agua (teniendo antecedentes por otras infracciones a la Ley 7/1992) el día 26 de marzo de 1997, en el río Umia, término municipal de Caldas de Reis.

Precepto infringido: artículo 34.10 y 33.9 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial.

Precepto sancionador: artículo 34 y 33 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial.

Sanción: 60.000 ptas. e Inhab. de 1 año para obtener la licencia de pesca.

97-8574