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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 225 Jueves, 20 de noviembre de 1997 Pág. 11.176

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 14 de junio de 1996, de la Dirección General de Industria, por la que se autoriza la instalación de una planta de cogeneración de energía eléctrica a la empresa Leyma, Alimentos de Galicia, S.A., en el municipio de Arteixo (A Coruña), y se incluye la misma en el régimen especial creado por el R.D. 2366/1994. (Expediente RCI-15571.

La empresa Leyma, Alimentos de Glaicia, S.A., con domicilio a efectos de notificaciones en el polígono industrial de Sabón, parcela nº 136, municipio de Arteixo (A Coruña), solicitó autorización administrativa para la instalación de una planta de cogeneración de energía eléctrica, así como el reconocimiento de la condición de instalación acogida al régimen especial del Real decreto 2366/1994, de 9 de diciembre, sobre producción de energía eléctrica por instalaciones hidráulicas, de cogeneración y otras abastecidas por recursos o fuentes de energía renovables, y su inclu

sión en el grupo d) del artículo 2 de dicho real decreto, acompañando para tales efectos el preceptivo anteproyecto de la instalación, el estudio de los rendimientos energéticos alcanzables y de ahorro de energía que se conseguirá con la puesta en servicio de las instalaciones proyectadas, y el resto de la documentación a que hace referencia el artículo 5.4º del citado real decreto.

Dicha planta de cogeneración se situará en los terrenos de la factoría, dedicada a la fabricación de productos lácteos y de sus derivados, que la referida empresa tiene en la indicada parcela del polígono industrial de Sabón, Arteixo (A Coruña).

Resultando que, de conformidad con lo establecido en el Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, sobre autorización de instalaciones eléctricas, de aplicación al presente expediente en virtud de lo establecido en la disposición transitoria primera de la Ley 40/1994, de 30 de diciembre, de ordenación del sistema eléctrico nacional, la Delegación Provincial de la Consellería de Industria y Comercio de A Coruña, dictó Resolución de 19 de enero de 1996 por la que

se sometió a información pública la autorización administrativa de la instalación de referencia, que se publicó en el DOG del 14-2-1996 y en el BOP de A Coruña del 8-2-1996, no presentándose en el período legalmente establecido para ello alegación alguna.

Resultando que la planta de cogeneración, de la que se solicita autorización administrativa, tiene las siguientes características técnicas básicas:

-Dos motores de ciclo diesel, de inyección directa, de 18 cilindros en V, a 750 r.p.m. y 6.220 KW de potencia unitaria, alimentados por fuelóleo; dos alternadores síncronos trifásicos de 7.060 kVA de potencia nominal aparente c/u, a una tensión de 6 KV y un Cos º = 0,85; un sistema de recuperación de calor que aprovecha el calor de los gases de escape de los motores mediante dos calderas, las que generan cada una 2,46 Tm/hora de vapor; dos sistemas de generación de agua caliente que aprovechan el calor sensible del agua de la refrigeración de los motores; depósitos de almacenamiento de combustible, equipos de preparación, trasiego y filtrado del mismo; equipos de protección, control, señalización y medida en la parte eléctrica.

Resultando que la solicitud objecto de este expediente está informada favorablemente por la Delegación Provincial de la Consellería de Industria y Comercio de A Coruña.

Considerando que la Dirección General de Industria es la competente para resolver este expediente con base en el Estatuto de autonomía de Galicia, en el Real decreto 2563/1982, de 24 de julio, en el Decreto 132/1982, de 4 de noviembre y en el Decreto 209/1990, de 15 de marzo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Industria y Comercio, modificado por los decretos 140/1991, de 2 de mayo, y 292/1995, de 3 de noviembre, en relación con el Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, sobre autorización de instalaciones eléctricas y el Real decreto 2366/1994, de 9 de diciembre.

Considerando que se cumplió la tramitación reglamentaria, y que la planta de cogeneración proyectada supera los rendimientos energéticos mínimos que para el cumbustible en cuestión se establecen en el anexo del citado R.D. 2366/1994.

Esta dirección general,

RESUELVE:

Primero.-Autorizar la instalación de una planta de cogeneración a la empresa Leyma, Alimentos de Galicia, S.A., a situar en las instalaciones de la factoría que dicha empresa tiene en el polígono industrial de Sabón, Arteixo (A Coruña).

Segundo.-Reconocer a la planta de cogeneración autorizada la condición de instalación acogida al régimen especial del R.D. 2366/1994, e incluir la misma en el grupo d) del artículo 2 de dicho real decreto.

Como requisito necesario para la aplicación del régimen especial a dicha instalación, la citada empresa deberá inscribir aquella en el Registro de Instalaciones de Producción de Energía Eléctrica en Régimen

Especial de la Comunidad Autónoma de Galicia, creado por la orden de la Consellería de Industria y Comercio de 5 de julio de 1995 (DOG del 14-7-1995), para el que acreditará el cumplimiento de las condiciones prevista en el Art. 11 del R.D. 2366/1994, presentando la documentación que figura en las instrucciones dictadas por esta dirección general en desarrollo de la citada orden.

El promotor presentará ante la Delegación Provincial de la Consellería de Industria y Comercio de A Coruña, en el plazo de un año contado a partir de la fecha de publicación en el DOG de la presente resolución, el proyecto de ejecución de la planta de cogeneración autorizada, el cual contendrá los datos y condiciones técnicas para la realización de las instalaciones de conexión de la central a la red, que serán facilitados por la empresa que distribuya energía eléctrica en la zona, así como el punto de interconexión.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, se podrá interponer recurso ordinario ante el conselleiro de Industria y Comercio de la Xunta de Galicia, en el plazo de un mes contado a partir del día de su publicación.

Santiago de Compostela, 14 de junio de 1996.

Joaquín del Moral Crespo

Director general de Industria

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