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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 223 Martes, 18 de noviembre de 1997 Pág. 11.100

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

DECRETO 326/1997, de 6 de noviembre, por el que se declara la urgente ocupación, a efectos de expropiación forzosa, por el Ayuntamiento de Boqueixón (A Coruña), de los bienes y derechos necesarios para la realización de las obras del proyecto de apertura de un camino en Loureda.

El Ayuntamiento de Boqueixón (A Coruña), en sesión celebrada el día 13 de marzo de 1997, aprobó el proyecto de apertura de un camino en Loureda y en la sesión celebrada el día 29 de julio de 1997 acordó solicitar de la Xunta de Galicia la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa. El ayuntamiento remitió la documentación complementaria para la correcta tramitación del expediente con fecha de entrada en el registro general de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales el día 23 de septiembre de 1997 bajo el número 13186.

Los bienes en los que se concreta la declaración de urgente ocupación están determinados en el expediente que se sometió a información pública.

La Dirección General de Calidad Medioambiental y Urbanismo de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda emitió informe favorable. Dicho informe tuvo entrada en el registro general de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales el día 22 de octubre de 1997 bajo el número 15143.

Se considera necesaria la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos necesarios para la realización de las obras del proyecto técnico señalado, porque se trata de una importante vía de comunicación nexo de unión entre dos ayuntamientos (Touro-Boqueixón) y acceso a núcleo de población; la estrechez de la vía en el punto que se pretende expro

piar, junto con el hecho de coincidir con un trazado en curva, dificulta enormemente el tránsito de vehículos ligeros, impidiendo el paso de vehículos pesados y en concreto del transporte escolar.

La competencia para la declaración de la urgente ocupación corresponde al Consello de la Xunta de Galicia según lo dispuesto en los artículos 27.2º y 28.2º del Estatuto de autonomía de Galicia.

En su virtud, a propuesta del conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones Laborales y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día seis de noviembre de mil novecientos noventa y siete,

DISPONGO:

Artículo único.-De conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa, se declara la urgente ocupación, por el Ayuntamiento de Boqueixón (A Coruña), a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos concretados en el expediente administrativo instruido al efecto y necesarios para la ejecución de las obras del proyecto de apertura de un camino en Loureda.

Santiago de Compostela, seis de noviembre de mil novecientos noventa y siete.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

Jesús C. Palmou Lorenzo

Conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones Laborales

97-9060