Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 214 Miercoles, 05 de noviembre de 1997 Pág. 10.668

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

DECRETO 308/1997, de 23 de octubre, por el que se declara la necesidad de la ocupación urgente del alquiler afectado por las obras de restauración y reutilización del convento de San Roque.

La disposición adicional 5ª de la Ley 15/1991, de 28 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma para 1992, declara la utilidad pública, a los efectos del artículo 9 de la Ley de expropiación forzosa, de 16 de diciembre de 1954, de las obras necesarias para la construcción y rehabilitación de los edificios dedicados a albergar los servicios, instalaciones, organismos, entes o instituciones dependientes de la Comunidad Autónoma de Galicia en su ámbito territorial.

Con fecha de 22 de septiembre de 1997 el conselleiro de Economía y Hacienda aprobó el proyecto de restauración y reutilización del convento de San Roque. El alquiler sobre el que se declara la necesidad de urgente ocupación aparece recogido y valorado en el citado proyecto.

Como resultado de la información pública estipulada en los artículos 18 y 19 de la Ley de expropiación forzosa, se presentó, dentro de plazo y por el representante del expropiado, escrito de alegaciones con fecha 10 de octubre, registrado con entrada en la Consellería de Economía y Hacienda el 13 del mismo mes, con el número 16.402.

En virtud de lo expuesto, y en aplicación del artículo 28.2º del Estatuto de autonomía de Galicia, de la disposición adicional 5ª de la Ley 15/1991, de 28 de diciembre, y del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa, a propuesta del conselleiro de Economía y Hacienda y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día veintitrés de octubre de mil novecientos noventa y siete,

DISPONGO

Artículo único.-Se declara la necesidad de la urgente ocupación del derecho de alquiler sobre parte del bajo del inmueble conocido como Hospital de San Roque situado en el número 34 de la calle de As Rodas, de Santiago de Compostela, del que es titular Rogelio Amieiro López, según el contrato de 2 de marzo de 1981, al tratarse de la ejecución de un proyecto que contempla obras declaradas de utilidad pública en virtud de la disposición adicional 5ª de la Ley 15/1991, de 28 de diciembre, a los efectos de ubicar la sede del Consejo Escolar y del Instituto Padre Sarmiento, órganos consultivos dependientes de la Comunidad Autónoma de Galicia en virtud de la Ley 3/1986, de 18 de diciembre, y de la Ley 8/1995, de 30 de octubre.

Las circunstancias excepcionales en base a las que se produce la necesidad de la urgente ocupación se basan, en el caso del Consejo Escolar, en la imperiosa

demanda de los colectivos que lo integran de un local donde realizar sus actividades, que además de contar con la superficie mínima necesaria debe encontrarse cerca de la actual sede de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria, a la que se encuentra vinculado el citado Consejo Escolar a través del Secretariado Permanente. En el caso del Instituto de Estudios Gallegos Padre Sarmiento, la necesidad de la urgente ocupación deriva de que dicho órgano debe abandonar, en virtud de sentencia judicial, los locales del Palacio de San Jerónimo, donde viene desarrollando su labor.

Santiago de Compostela, veintitrés de octubre de mil novecientos noventa y siete.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

José Antonio Orza Fernández

Conselleiro de Economía y Hacienda

8262