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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 210 Jueves, 30 de octubre de 1997 Pág. 10.551

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PONTEVEDRA

ANUNCIO de la aprobación definitiva de la modificación puntual del PGOU para la recalificación de la parcela I3-C de la urbanización de Monte Porreiro, con destino a iglesia católica y centro parroquial y residencia y publicación de la normativa.

El Pleno de la Corporación, en sesión de 25-9-1997, adoptó el siguiente acuerdo:

Primero.-Prestar aprobación definitiva al documento refundido del proyecto de modificación puntual del PGOU para la recalificación de la parcela I3-C de la urbanización de Monte Porreiro para su división en las parcelas I3C1 e I3C2 con destino a la construcción de una iglesia católica y centro parroquial y residencial, habiendo sido formulado dicho documento de modificación del planeamiento de ordenación integral del municipio por esta Administración municipal y redactado por el arquitecto jefe del Servicio Municipal de Gestión y Disciplina Urbanística, al recogerse las alegaciones formuladas en la exposición pública del proyecto por el párroco de la iglesia del Buen Pastor y adecuarse la parcela I3C1 a la realidad física impuesta por la urbanización del parque o jardines de la urbanización de Monte Porreiro, circunstancias éstas que, como se ha reflejado y motivó en los antecedentes y fundamentos de derecho citados, carecen del carácter o naturaleza de sustanciales.

Segundo.-Publicar este acuerdo en el Diario Oficial de Galicia, con comunicación a las entidades interesadas y traslado a la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda de una copia adverada del expediente administrativo completo y dos ejemplares del instrumento aprobado definitivamente,

debidamente diligenciados, disponiéndose la publicación de las normas y ordenanzas de la modificación en el BOP para lograr su eficacia y ejecutividad, de acuerdo con lo establecido en la Ley 39/1994, de 30 de diciembre, por la que se modifica el artículo 70.2º de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local.

Lo que se hace público para su ejecutividad, señalándose que contra este acuerdo, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses computados a partir del día siguiente a esta publicación, previa comunicación al órgano que dictó el acto impugnado, y ello sin perjuicio de que se pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se estime procedente.

Pontevedra, 1 de octubre de 1997.

Juan Luis Pedrosa Fernández

Alcalde

Julio Dapena Outomuro

Secretario general

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