Advertido un error en la publicación de la citada orden (DOG nº 196, del 10 de octubre de 1997), es necesario efectuar la siguiente rectificación:
-En la página 9.874 donde dice. «... limitación de paso para los vehículos», debe decir: «... limitación de peso para los vehículos».
-En el artículo 2, donde dice: «Esta limitación se extenderá a todas las pistas y carreteras con excepción de la carretera principal...», debe decir: «Esta limitación se extenderá a todas las pistas y carreteras del parque natural con excepción de la carretera principal».
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