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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 207 Lunes, 27 de octubre de 1997 Pág. 10.394

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO SEIS DE SANTIAGO DE COMPOSTELA

EDICTO (164/1997).

Yo, María Begoña Arroyo Martín, secretaria del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número seis de Santiago de Compostela, doy fe y testimonio de que en este juzgado se tramitan autos de juicio ejecutivo de que se hará mérito, en los que recayó sentencia que contiene el encabezamiento y fallo siguientes:

«Sentencia. En Santiago de Compostela a veintinueve de septiembre de mil novecientos noventa y

siete. José Gómez Rey, magistrado-juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número seis de Santiago de Compostela, habiendo visto los presentes autos de juicio ejecutivo 164/1997, seguidos entre parte, de una como demandante Banco Zaragozano con el procurador García Píccoli Atanes, y de otra como demandados Tramagal Transportes, Rafael Castro García y María José Rivas García.

Fallo que estimando la demanda presentada por el procurador García Píccoli Atanes, en nombre y representación de Banco Zaragozano, mando seguir adelante la ejecución despachada contra los bienes de los demandados Tramagal Transportes, Rafael Castro García y María José Rivas García, hasta hacer trance y remate de los bienes embargados, y con su producto entero y cumplido pago a la parte actora de la cantidad de 703.601 ptas. de principal, más los intereses, gastos y costas que se imponen expresamente, calculándose sin perjuicio de ulterior liquidación, para intereses, gastos y costas la suma de 350.000 ptas. Dada la rebeldía de los demandados, notifíqueseles en la forma prevenida en la ley, si no se pidiere dentro de los tres días siguientes a la notificación personal. Contra esta resolución cabe recurso de apelación que se interpondrá por escrito ante este juzgado en término de cinco días a contar desde su notificación para ante la Audiencia Provincial de A Coruña».

La sentencia, cuyo encabezamiento y fallo quedan insertos, ha sido leída y publicada en el mismo día de su fecha.

Y para que sirva de notificación a los demandados rebeldes, expido y firmo el presente edicto en Santiago de Compostela a tres de octubre de mil novecientos noventa y siete.

La secretaria

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