Visto el expediente del convenio colectivo de la empresa Frigoríficos de Vigo, S.A., que tuvo entrada en esta delegación provincial el día 28-7-1997, suscrito en representación de la parte económica por una representación de la empresa, y de la parte social, por el comité de empresa, en fecha 18-6-1997, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2º y 3º del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo y Real decreto 2412/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones
y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia, en materia de trabajo, esta delegación provincial,
ACUERDA:
Primero.-Ordenar su inscripción en el libro de registro de convenios colectivos de trabajo, obrante en esta delegación provincial, y la notificación a las representaciones económica y social de la comisión negociadora.
Segundo.-Ordenar su depósito en el Servicio de Relaciones Laborales, Sección de Mediación, Arbitraje y Conciliación.
Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Vigo, 8 de agosto de 1997.
F. Ramón Hermo Rey
Delegado provincial de Pontevedra en funciones
ACTA DE ACUERDO FINAL DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA FRIGORÍFICOS DE VIGO, S.A. PARA EL AÑO 1997
En la ciudad de Vigo, siendo las 12 horas del día 18 del mes de junio del año 1997, se reúne la comisión negociadora del convenio colectivo de la empresa Frigoríficos de Vigo, S.A. para el año 1997, compuesta por las personas a continuación relacionadas:
Asistentes DNI Cargo/Sindicato
En representación de la empresa:
José A. Llorca Fernández del Viso 10437544 Director gerente
Manuel Díaz García 35849071 Jefe personal
Comité de empresa:
Alberto Arbones Lago 36042555 Presidente CC.OO.
José M. Hermida Costas 36024107 Secretario CC.OO.
José R. Davila Álvarez 35994950 Vocal CC.OO.
Manuel Estévez Tielas 35785006 Vocal CIG
Miguel A. Argibay Fontenla 35935731 Vocal CC.OO.
Constituyendo el objeto de la reunión el análisis del contenido del convenio colectivo de la empresa para el año 1997, llegan las partes a la adopción de los acuerdos que seguidamente se detallan:
1. El convenio colectivo para el año 1997 mantendrá el mismo texto que el del año 1996, salvo las modificaciones siguientes: artículo 5.a) (texto vigencia).
Vigencia: el convenio entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOP y surtirá efectos económicos a partir del 1 de junio de 1997, según resulta del acta del acuerdo final.
2. La revisión salarial tendrá el contenido que sigue:
a) Cuantía:
Gratificación voluntaria Incremento de 2.100 ptas. en todas las categorías que tengan dicho concepto Plus de distancia Incremento de 600 ptas. en todas las categorías
b) Fecha de efectos.
La revisión salarial acordada tendrá efectos desde el 1 de junio de 1997.
Sin más asuntos que tratar, acuerdan las partes dar por finalizada la reunión, siendo las 13 horas del día señalado en el encabezamiento.
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