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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 206 Viernes, 24 de octubre de 1997 Pág. 10.344

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 8 de octubre de 1997, de la Delegación Provincial de A Coruña, por la que se anuncia el levantamiento de las actas previas a la ocupación para la instalación eléctrica que se cita. (Expediente 59/1996).

Declarada de urgente la instalación de la línea eléctrica aérea a 66 kV, sobre apoyos metálicos y de

hormigón, conductor LA-180, de 17.666 m de longitud, con origen en la planta eólica de Zas-Santa Comba, y final en la subestación de Vimianzo de Unión Eléctrica-Fenosa, S.A., en su recorrido por los términos municipales de Santa Comba, Zas y Vimianzo (expediente 59/1996), a efectos de expropiación forzosa e imposición de servidumbres de paso por Decreto 272/1997, de 18 de septiembre, (Diario Oficial de Galicia del 6-10-1997), de la Consellería de Industria y Comercio, a favor de la entidad Desarrollos Eólicos, S.A., con domicilio en Avda. de la Buhaira, 2, 41018 Sevilla.

En cumplimiento de los artículos 52 de la Ley de expropiación forzosa de 16 de diciembre de 1954, y 56 de su Reglamento de 26 de abril de 1957, se hace saber a los interesados propuestos como titulares de las fincas que se contienen en la relación publicada en el DOG del 2-7-1997, que el representante y el perito de la Administración se constituirán el día 13 de noviembre de 1997, a partir de las 11 horas en las fincas de Vimianzo, y a partir de las 11.30 horas en las fincas de Zas, para la toma de datos y levantar a continuación en las oficinas de las casas consistoriales las actas previas a la ocupación, en las que se describirán los bienes y derechos afectados por expropiación o servidumbres.

Se advierte a los interesados, a los que se les practicará notificación al efecto, que deben concurrir al acto por sí o personas que les representen, y si así lo estiman con sus peritos y un notario por su cuenta, pudiendo hacer manifestaciones en el mismo y aportar datos que sean útiles, y formular alegaciones por escrito hasta el citado levantamiento, a los solos efectos de subsanar posibles errores de la relación.

Esta publicación se realiza igualmente a los efectos del artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, cuando los titulares de las fincas propuestas sean desconocidos o se ignore el lugar de notificación; y así dirigir al Ministerio Fiscal las diligencias que se produzcan de éstos, de conformidad con el artículo 5 de la citada Ley de expropiación forzosa.

A Coruña, 8 de octubre de 1997.

Juan Ignacio Lizaur Otero

Delegado provincial de A Coruña

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