Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 201 Viernes, 17 de octubre de 1997 Pág. 10.160

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO DOS DE RIBEIRA

CÉDULA de notificación de sentencia (302/1996).

Yo, F. Javier Clemente Lázaro, secretario de la Administración de justicia con destino en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número dos de Santa Uxía de Ribeira, doy fe y testimonio que en el libro de sentencias dictadas por este juzgado en procedimientos civiles, obra la recaída en los autos cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

Sentencia: en Ribeira a veintinueve de septiembre de mil novecientos noventa y siete.

Vistos por Luisa María Pérez Ruva, jueza del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número dos de Santa Uxía de Ribeira y su partido, los presentes autos de juicio de separación matrimonial seguidos con el nº 302/1996 a instancia de Eva Patricia Hermo Muñiz representada por la procuradora Peleteiro Bandín y asistida del letrado Liñares Stolle contra Ramón Manuel Bermúdez González, declarado en situación procesal de rebeldía.

Fallo que estimando la demanda interpuesta por la procuradora Peleteiro Bandín, a nombre y representación de Eva Patricia Hermo Muñiz, contra Ramón Manuel Bermúdez González, debo decretar y decreto la separación matrimonial de los referidos cónyuges, quedando revocados todos los consentimientos o poderes que se hubiesen otorgado. Todo ello sin especial pronunciamiento en cuanto a las costas de este procedimiento.

La sentencia anterior fue leída y publicada por la jueza que la suscribe en audiencia pública del mismo día de su fecha.

Y para que así conste y sirva de notificación en forma al demandado en situación procesal de rebeldía, Ramón Manuel Bermúdez González, expido y firmo la presente cédula en Ribeira a uno de octubre de mil novecientos noventa y siete.

El secretario

Rubricado

7832