De conformidad con lo establecido en el artículo 34 del Reglamento de ordenación de la pesca fluvial y de los ecosistemas acuáticos continentales (Decreto 130/1997, del 14 de mayo), le corresponde a esta dirección general fijar las normas que regirán el sorteo de permisos de coto para pescadores.
Para la temporada de pesca de 1998 las normas del sorteo de permisos serán las siguientes:
-Las solicitudes se presentarán antes de las 14 horas del 17 de noviembre en el registro del servicio provincial de Medio Ambiente Natural que corresponda, o mediante los procedimientos descritos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
-En cada servicio provincial de Medio Ambiente Natural y en la Dirección General de Montes y Medio Ambiente Natural estarán a disposición de los pescadores los correspondientes modelos de solicitud.
-El sorteo tendrá lugar en los servicios provinciales de Medio Ambiente Natural el día 25 de noviembre.
-La hora del sorteo, los procedimientos del sorteo y de selección de permisos y otras normas complementarias serán establecidas por cada servicio pro
vincial de Medio Ambiente Natural y expuestas en el tablón de anuncios de cada delegación provincial de la Consellería de Agricultura, Ganadería y Montes.
Santiago de Compostela, 6 de octubre de 1997.
Tomás Fernández-Couto Juanas
Director general de Montes y Medio Ambiente Natural
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