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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 195 Jueves, 09 de octubre de 1997 Pág. 9.861

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GONDOMAR

ANUNCIO.

La Corporación Municipal en sesión plenaria celebrada con fecha treinta y uno del pasado mes de julio, aprobó las siguientes bases para la cobertura de dos plazas de auxiliar administrativo.

Primero.-Es objeto de la convocatoria la cobertura de dos plazas vacantes de auxiliar administrativo incluidas en la plantilla de personal del ejercicio de 1997 aprobada por el Ayuntamiento de Gondomar correspondientes a la escala de Administración general, subescala administrativa, categoría auxiliar del grupo D.

Segunda.-Requisitos de los aspirantes.

1. Ser español, mayor de edad, sin exceder de cincuenta y cinco en la fecha en que termine el plazo para la presentación de instancias.

2. Non padecer enfermedad ni defecto físico que impida el normal desarrollo de la función.

3. Estar en posesión del título de graduado escolar o equivalente.

4. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas, ni estar inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

5. No estar incurso en ninguna de las causas de incapacidad o incompatibilidad previstas en la legislación vigente.

Tercera.-Instancias.

Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo se presentarán en el registro general del ayuntamiento, debidamente reintegradas, en el plazo de veinte días naturales a partir de la aparición del anuncio de la convocatoria en el BOE, pudiendo también presentarse de la forma prevista en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. En las instancias los interesados manifestarán que reúnen todos y cada uno de los requisitos esigidos en la base segunda de la

convocatoria, debiendo adjuntar justificante del ingreso de los derechos de examen que se fijan en 3.000 pesetas.

Junto con las instancias, los aspirantes deberán presentar la documentación acreditativa de los méritos que aleguen para optar a la puntuación en la fase de concurso, en su caso.

Cuarta.-Admisión aspirantes.

Terminado el plazo de presentación de instancias el alcalde aprobará la lista de admitidos, notificando a los excluidos la causa de su exclusión al objeto de que puedan reclamar contra la misma en el plazo de diez días.

Quinta.-Tribunales calificadores.

Estarán integrados del siguiente modo:

Presidente: el alcalde o concejal en quien delegue.

Secretaria: la del ayuntamiento o funcionario en quien delegue.

Vocales: un representante de la Xunta de Galicia, nombrado por la misma. Un concejal designado por el alcalde. Un representantes de los grupos del BNG/PS de G-PSOE, nombrado por los mismos. La interventora del ayuntamiento. Un representante de los delegados del persoal del ayuntamiento, con voz y sin voto.

Todos los vocales deberán poseer la titulación o especialización igual o superior a la exigida para el acceso a las plazas convocadas y podrán ser recusados de la forma prevista en el artículo 29 de la Ley 30/1992, debiendo abstenerse de actuar en los supuestos comprendidos en el artículo 28 del mismo texto legal.

Se nombrarán suplentes para cada uno de los miembros del tribunal. Su nombramiento se hará público en el tablón de anuncios del ayuntamiento junto con la relación de excluidos. Los tribunales no podrán constituirse ni actuar sin la asistencia de por lo menos la mitad más uno de sus miembros.

Sexta.-Procedimiento selectivo: concurso-oposición.

Fase de concurso.

La fase de concurso será previa a la de oposición y la puntuación máxima de obtener por este apartado es de cinco puntos. En esta fase se evaluarán los méritos aportados por los aspirantes de acuerdo con el siguiente baremo con base en el convenio del personal vigente:

I. Por cada mes trabajado al servicio del Ayuntamiento de Gondomar, en funciones relacionadas con el puesto a desarrollar: 0,20 puntos hasta un máximo de 2 puntos. Se acreditará con un currículum y certificación de los servicios prestados.

II. Por participación en cursos impartidos por el Instituto Nacional de Administración Pública, Escuela Gallega de Administración Pública o cualquier otro organismo competente para impartir los cursos relacionados con la plaza a que se aspira: 0,25 puntos

por cada curso hasta un máximo de 1 punto. Se contabilizarán en este apartado los cursos de gallego.

III. Por titulaciones o estudios que tengan relación con las funciones a desarrollar: por cada título o certificado de estudios expedido por el Ministerio de Educación, excluyendo lo necesario para el acceso a la plaza y los que fueran aportados como mérito en otros apartados: 1 punto, hasta un máximo de 2 puntos.

Los apartados II e III se acreditarán con copia compulsada de los títulos o certificaciones originales.

Fase de oposición.

La fase de oposición constará de los siguientes ejercicios eliminatorios:

a) Ejercicio 1. Consistirá en una copia a máquina aportada por el aspirante, durante diez minutos, de un texto que facilitará el tribunal a una velocidad mínima de 250 pulsaciones por minuto. Se calificará la velocidad, limpieza y exactitud de lo copiado y la corrección que presente el escrito.

b) Ejercicio 2. Consistirá en contestar por escrito a un cuestionario tipo test de 50 preguntas, con respuestas alternativas sobre el contenido del programa establecido en el anexo, durante el plazo máximo de una hora.

c) Ejercicio 3. Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período máximo de dos horas, dos supuestos teórico/prácticos señalados por el tribunal y relacionados con alguna o algunas de las materias a que se refiere el programa establecido en el anexo aunque no se atenga a un epígrafe concreto del mismo. Se valorarán los conocimientos del tema, el nivel de formación general, la composición gramatical y la claridad de exposición. Este ejercicio será leído por los aspirantes delante del tribunal, pudiendo este realizar aquellas preguntas que relacionadas con el programa estime convenientes.

d) Ejercicio 4. Obligatorio no eliminatorio. Constará de dos pruebas:

1. Prueba de conocimiento del gallego que consistirá en la traducción de un texto, propuesto por el tribunal, del castellano al gallego, durante un tiempo máximo de treinta minutos.

2. Prueba práctica del manejo de un ordenador personal con un procesador de texto Word 6.0 para Windows.

Sétima.-Calificación de los ejercicios.

Los ejercicios 1, 2 y 3 se calificarán de 0 a 10 puntos quedando eliminados los que no alcancen un mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos. El ejercicio d) se calificará de 0 a 2,5 puntos cada una de las pruebas que lo compone.

Octava.-Calificación final.

La suma de las puntuaciones conseguidas en el conjunto de los cuatro ejercicios de la fase de oposición más la obtenida en la fase de concurso dará la cali

ficación final no pudiendo el tribunal proponer para su nombramiento a más de dos aspirantes.

Novena.-Presentación de documentos. Nombramiento.

Los aspirantes propuestos se presentarán en la secretaría del ayuntamiento dentro del plazo de veinte días naturales a partir de que sea publicado en el tablón de anuncios a propuesta de nombramiento los documentos acreditativos de que reúnen los requisitos exigidos en la base segunda de la convocatoria. Si dentro del plazo indicado y, salvo circunstancias de fuerza mayor, el aspirante propuesto no presentara la documentación o se comprobara que no reúne dichos requisitos, no podrá ser nombrado y quedarán anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de las responsabilidades en las que pudiera haber incurrido por falsedad en la instancia de solicitud.

En ese caso, el tribunal podrá formular nueva propuesta de nombramiento a favor del aspirante que, habiendo superado la totalidad del proceso selectivo, le siga en la orden de puntuación. Los nombrados deberán tomar posesión de su cargo en el plazo de 30 días naturales a contar a partir de que le sea notificado el nombramiento.

Décima.-Incidencias.

Los tribunales quedan facultados para resolver dudas que se presenten y adoptar las decisiones precisas para el normal desarrollo de los procesos selectivos al amparo de la legislación en cada caso aplicable.

Programa anexo ejercicio auxiliar administrativo.

1. La Constitución como norma fundamental del Estado. La Constitución de 1978. Principios básicos y estructura.

2. La Constitución: título preliminar. Derechos y deberes fundamentales de los españoles. La organización del Estado en la Constitución.

3. Las Cortes Generales: composición, atribuciones y funcionamiento. El poder judicial.

4. La Administración del Estado. Caracterización general. El Gobierno. La administración periférica del Estado. El delegado del Gobierno en las comunidades autónomas.

5. Estatuto de autonomía de Galicia. Competencias de la comunidad. Las competencias de la Comunidad Autónoma. El Parlamento. La Xunta y su presidente. La Administración autonómica.

6. El régimen local español. Las entidades que configuran la Administración local española. Su autonomía de acuerdo con la Constitución.

7. El municipio. Concepto y elementos. El término municipal. La población. Órganos de gobierno del ayuntamiento y su funcionamiento.

8. Principios generales del régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (Ley 30/1992, de 26 de noviembre). Iniciación, ordenación, instrucción y remate de los procedimientos. Comunicaciones y notificaciones. Referencia a los recursos administrativos.

9. Régimen de los órganos colegiados locales. Convocatoria y orden del día. Desarrollo de las sesiones. Actas y certificaciones de los acuerdos.

10. El registro de documentos: concepto. La presentación de instancias y otros documentos en las oficinas públicas. Información y participación ciudadana. Derechos y deberes de los vecinos en el ámbito local.

11. La función pública local. El personal al servicio del ayuntamiento y su clasificación. Derechos y deberes de los funcionarios. Régimen de incompatibilidades.

12. Principios generales de la ordenación urbanística. La Ley del suelo de Galicia: contenido y estructura. Clases de instrumentos de ordenación.

13. La clasificación del suelo y las características principales de cada categoría. Procedimiento para la concesión de licencias. Órdenes de ejecución.

14. La disciplina urbanística. Protección de la legalidad urbanística. Infracciones y sanciones. Tramitación y fases del procedimiento sancionador.

15. La Ley reguladora de las haciendas locales. Estructura y contenido. Disposicones que la desarrollan.

16. Recursos locales. Impuestos. Tasas. Contribuciones especiales. Precios públicos. Otros recursos.

17. El presupuesto de las entidades locales. Principios generales. Elaboración y aprobación. Modificaciones presupuestarias. Estructura presupuestaria. Fases de ejecución del gasto.

18. La tesorería. Funciones. Modalidades e instrumentos de los servicios financieros. Recaudación y período voluntario y en vía de apremio.

19. El archivo: concepto. Clases de archivo y su funcionamiento. Principales criterios de ordenación. El derecho de los ciudadanos al acceso a archivos y registros.

Definición de informática. Concepto de ordenador. Clasificación de los ordenadores. Partes. Sistema operativo. Programas del sistema y programas de aplicación. Sistemas de tratamiento de textos. Bases de datos. Hojas de cálculo.

Gondomar, agosto de 1997.

Ramón Sestelo Fernández

Alcalde

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