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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 191 Viernes, 03 de octubre de 1997 Pág. 9.748

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MONTES

RESOLUCIÓN de 1 de septiembre de 1997, de la Delegación Provincial de Lugo, de notificación de las propuestas de resolución, formuladas por la instructora, en el expediente sancionador de pesca fluvial P-30/97 y dos más.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a las personas que en el anexo se mencionan que, con esta fecha, he resuelto publicar las propuestas de resolución de los procedimientos sancionadores que se instruyen por infracción de la Ley 7/1992, de pesca fluvial.

El pago voluntario pondrá fin al expediente. De no efectuar el pago voluntario, disponen los interesados de un plazo de quince días, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación, para formular cuantas alegaciones estime pertinentes.

Lo que se le comunica de acuerdo con la normativa antes citada y con lo establecido en el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por el Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto (BOE nº 189 del 9-8-1993)

Lugo, 1 de septiembre de 1997.

Paloma Quiroga López

Instructora

ANEXO

-Expediente Nº: P-30/97.

Denunciado: Miguel A. Vázquez González.

DNI: 34.565.675

Domicilio: calle Camiño Caneiro, 51-Ourense.

Hecho denunciado: practicar el deporte de la pesca con caña en época de veda (150 m aguas arriba de la desembocadura del río Lama), infringiendo la orden de vedas 16-2-1996 (DOG 29-2-1996) por la que se fijan las normas especiales de pesca en zonas vedadas del río Miño; el día 9-3-1997 en el río Miño-Chantada-Lugo.

Precepto sancionador: Art. 34.8 de la Ley 7/1992.

Cualificación: menos grave.

Sanción: 50.001 ptas. de multa.

Inhabilitación: durante un año para obtener la licencia de pesca.

Artes decomisadas: devolución previo abono de la sanción, para lo cual se le facilitará un escrito en esta delegación.

-Expediente Nº: P-45/97.

Denunciado: José Luis Varandela Blanco.

DNI: 34.533.763

Domicilio: Portugal 45-7-Ourense.

Hecho denunciado: pescar en época de veda.Hechos constatados el día 15-3-1997, en el río Miño, embalse de Belesar-desembocadura del río Lama, Pedrafita, Chantada, Lugo.

Precepto sancionador: Art. 33.9 de la Ley 7/1992.

Cualificación: leve.

Sanción: 15.000 ptas. de multa.

Artes decomisadas: para la devolución de las mismas se le facilitará un escrito en esta delegación provincial.

-Expediente Nº: P-61/97.

Denunciado: Ignacio Novoa Díaz.

DNI: 34.984.358

Domicilio: López Ferreiro, 10-1º F-Ourense.

Feito denunciado: pescar con caña cebando las aguas con fines de pesca, con pienso granulado. Hechos constatados el día 21-3-1997, en el río Miño, embalse de Belesar-margen derecha-paraje de Sabadelle-Chantada.

Precepto sancionador: Art. 34.14 de la Ley 7/1992.

Cualificación: menos grave.

Sanción: 50.001 ptas. de multa.

Inhabilitación: durante un año para obtener la licencia de pesca.

Artes decomisadas: devolución previo abono de la sanción, para lo cual se le facilitará un escrito en esta delegación.

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