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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 171 Viernes, 05 de septiembre de 1997 Pág. 8.750

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MONTES

RESOLUCIÓN de 29 de julio de 1997, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se notifica la resolución del expediente sancionador C-124/1996 y dos más (caza-Pontevedra).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a las personas que en el anexo se mencionan la resolución de dichos expedientes, por infracción de la Ley 1/1970, de 4 de abril, sobre caza.

1. Contra dicha resolución y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 107.1º y 114 al 117 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de esta publicación, podrá interponer recurso ordinario ante el conselleiro de Agricultura, Ganadería y Montes. Transcurrido dicho plazo de interposición del recurso sin que éste fuera presentado, esta resolución será firme a todos los efectos.

2. El importe de la sanción así como el de la indemnización se hará efectivo, dentro del plazo de quince días contados desde el momento en que la resolución sea firme, en la cuenta nº 120.596, del Banco Pastor (0072) oficina principal (0401). De no hacerlo dentro del plazo señalado se procederá a su cobro por la vía de apremio.

3. El rescate de lo decomisado, en el caso de que se trate de utensilios de uso lícito, podrá obtenerse previo pago de la cuantía total de la sanción e indemnización dentro del plazo establecido en el párrafo anterior.

Pontevedra, 29 de julio de 1997.

José Luis Diez Yáñez

Delegado provincial de Pontevedra

ANEXO

Expediente: C-124/1996

Denunciado: Jorge Irago Villanueva.

Último domicilio conocido: Iglesia, s/n Tremoedo-Vilanova de Arousa.

Hecho denunciado: cazar dentro del coto privado de caza PO-10.124, careciendo de autorización. En el momento de la intervención estaban calando un hurón y colocando una red, al ser requeridos se dieron a la fuga, dejando atrás la red y llevando el hurón, el día 27 de octubre de 1997, término municipal de Vilanova de Arousa.

Precepto infringido: Art. 48.1.8 y 2.31 de la Ley 1/1970, de caza.

Precepto sancionador: Art. 48 de la Ley 1/1970, de caza.

Sanción: 7.000 ptas.

Expediente: C-128/1996

Denunciado: Clemente González Abal.

Último domicilio conocido: Tarrío, 15 Caleiro-Vilanova de Arousa.

Hecho denunciado: cazar con escopeta dentro del coto privado de caza PO-10.143, careciendo de autorización. Dice tener permiso oral del propietario de los terrenos. Fue denunciado anteriormente este mismo año, el día 27 de octubre de 1996, en el término municipal de Vilanova de Arousa.

Precepto infringido: Art. 48.1.8 y 2.31 de la Ley 1/1970, de caza.

Precepto sancionador: Art. 48 de la Ley 1/1970, de caza.

Sanción: 4.000 ptas.

Expediente: C-129/1996

Denunciado: Benito Chávez Paz.

Último domicilio conocido: Tarrío, s/n Vilagarcía de Arousa.

Hecho denunciado: cazar con escopeta dentro del coto privado de caza PO-10.143, careciendo de autorización. Dice tener permiso oral del propietario de los terrenos. Fue denunciado anteriormente este mismo año, el día 27 de octubre de 1996, en el término municipal de Vilanova de Arousa.

Precepto infringido: Art. 48.1.8 e 2.31 de la Ley 1/1970, de caza.

Precepto sancionador: Art. 48 de la Ley 1/1970, de caza.

Sanción: 4.000 ptas.

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