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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 166 Viernes, 29 de agosto de 1997 Pág. 8.356

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MONTES

RESOLUCIÓN de 24 de julio de 1997, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se notifica la incoación del expediente sancionador C-33/97 (caza-Pontevedra).

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley de 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a las personas que en el anexo se mencionan la incoación del expediente sancionador por infracción de la Ley 1/1970, de 4 de abril, de caza.

Que, asimismo, designo instructora del expediente a Pilar Pita Ponte y secretaria a María Teresa Calvo García.

Lo que se notifica a los efectos previstos en el artículo 29 de la citada Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, pudiendo recursarlos en cualquier momento del expediente por alguna de las causas previstas en el artículo 28 de la citada ley.

A los efectos previstos en la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, los denunciados dispondrán de un plazo de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación, para formular las alegaciones, aportar los documentos o las pruebas que convengan a su derecho, advirtiéndoles que, de no efectuar alegación ninguna en el plazo fijado, este acuerdo de incoación podrá ser considerado propuesta de resolución, de darse los supuestos previstos en el artículo 13 del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto (BOE 9-18-1993).

Pontevedra, 24 de julio de 1997.

José Luis Díez Yáñez

Delegado provincial de Pontevedra

ANEXO

Expediente: C-33/97.

Denunciado: José Benítez Domínguez.

Último domicilio conocido: San Cristovo-Couso-Gondomar.

Hecho denunciado: cazar sin autorización en zona acotada (coto Mondarizana), el día 14 de noviembre de 1996, término municipal de Mondariz.

Precepto infringido: Art. 48.1.8 de la Ley 1/1970, de caza.

Precepto sancionador: Art. 48 de la Ley 1/1970, de caza.

Sanción: 4.000 ptas.

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