En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4 del Real decreto 873/1977, de 22 de abril, de desarro
llo de la Ley 19/1977, de 1 de abril, y para los efectos previsto en éste, se hace público que en el correspondiente servicio de esta dirección general fueron depositados el acta de constitución y los estatutos de la Asociación de Productores Ostrícolas do Grove (Apogrove), que tiene los siguientes ámbitos:
Territorial: Comunidad Autónoma de Galicia.
Profesional: podrán pertenecer a dicha asociación todas las personas físicas o jurídicas que realicen actividades relacionadas con la cría, cultivo, estabulación, extracción, explotación y comercialización de la ostra en sus dos especies, Ostra edulis y Crassostreas gigas.
Firman el acta de constitución: Manuel Otero Lamelas y site personas más.
Santiago de Compostela, 16 de julio de 1997.
Juan Pedrosa Vicente
Director general de Relaciones Laborales
97-6174