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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 160 Jueves, 21 de agosto de 1997 Pág. 8.067

I. DISPOSICIONES GENERALES

CONSELLERÍA DE POLÍTICA TERRITORIAL, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA

ORDEN de 12 de agosto de 1997 por la que se derogan las órdenes de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, reguladoras del régimen jurídico de las autorizaciones de transporte público de mercancías y de viajeros.

El régimen jurídico de otorgamiento, modificación y extinción de las autorizaciones de transporte de viajeros y mercancías de competencia exclusiva de la comunidad autónoma se encuentra regulado por sendas órdenes de 7 de marzo de 1996.

La referida normativa autonómica encuentra cobertura en la Ley 16/1987 de 30 de julio (LOTT) y en el Real decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, que aprobó su reglamento (ROTT) y comparte, por lo tanto, las líneas maestras de la regulación contenida en esta normativa estatal.

Por Real decreto 1136/1997, de 11 de julio, se procedió a la modificación parcial del ROTT. La referida modificación afecta de manera esencial al régimen de otorgamiento y vigencia de las autorizaciones de transporte, tanto de viajeros como de mercancías.

El cambio cualitativo que se produce con la modificación del reglamento, unido al hecho de la interrelación existente entre las autorizaciones de diferente ámbito, y mismo de competencia de distintas administraciones, determina la necesidad de replantear la normativa autonómica.

En este sentido resulta especialmente relevante el hecho de que las autorizaciones de transporte residenciadas en Galicia, por el principio de territorialidad pueden, aun siendo del mismo ámbito, ser de competencia unas autonómicas y otras estatales, dado que una gran parte de las locales residenciadas en Galicia abarcan territorios de más de una comunidad autónoma.

Por otro lado, no se puede desconocer que la nueva regulación del ROTT en esta materia, tendente a la concentración empresarial y a conseguir en los operadores de transporte dimensiones que favorezcan su competitividad, implica una radical modificación de los presupuestos sobre los que descansaban las órdenes autonómicas.

En su virtud, vista la Ley 16/1987, de 30 de julio, y los reales decretos 1211/1990, de 28 de septiembre, y 1136/1997, de 11 de julio, y demás normativa de general aplicación,

DISPONGO:

Artículo único.

1. Quedan derogadas las órdenes de 7 de marzo de 1996, reguladoras de las autorizaciones de transporte discrecional de mercancías y de viajeros de competencia exclusiva de la Xunta de Galicia.

2. Las autorizaciones concedidas al amparo de la normativa autonómica, así como aquellas otras que se otorguen en lo sucesivo, se regirán por lo dispuesto en las órdenes ministeriales reguladoras del régimen jurídico de las autorizaciones de transporte.

Para tales efectos será de aplicación las autorizaciones de ámbito local y provincial el régimen previsto para las locales por la normativa estatal, en tanto que las autorizaciones de ámbito territorial se regirán por lo previsto en la citada normativa para las comarcales.

Disposición final

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 12 de agosto de 1997.

José Cuíña Crespo

Conselleiro de Política Territorial,

Obras Públicas y Vivienda

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