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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 158 Martes, 19 de agosto de 1997 Pág. 8.028

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

AGUAS DE GALICIA

RESOLUCIÓN de 9 de julio de 1997 por la que se anuncia el sometimiento a información pública de la petición de concesión y autorización administrativas para la instalación de un aprovechamiento de aguas con destino a la producción de energía eléctrica de potencia nominal no superior a 5.000 kVA en el río Baxoi o Anduriña, junto con los proyectos y estudios de evaluación ambiental del concurso DH.A15.8254 (13/108/2).

En este organismo autónomo Augas de Galicia se presentó la petición de otorgamiento de concesión y autorización administrativas para la instalación de un aprovechamiento hidroeléctrico con potencia nominal de hasta 5.000 kVA de un tramo libre del río Baxoi o Anduriña, adjuntada con los proyectos de las obras e instalaciones y estudio medioambiental correspondientes.

En el anexo que se incluye más abajo se transcribe el peticionario del aprovechamiento solicitado, del que figuran los datos más relevantes que lo definen, además de una breve descripción de las obras, haciendo constar la petición de declaración de utilidad pública del aprovechamiento a los efectos de expropiación forzosa y/o imposición de servidumbres, y la relación concreta en la que se recogen los bienes y/o derechos afectados. También se hace mención de la clase de estudio ambiental aportado por el promotor, después de la calificación del proyecto del aprovechamiento, según dispone la legislación vigente.

Con el presente anuncio, para dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 6 del Real decreto 916/1985, de 25 de mayo, en concordancia con el artículo 2.1º de dicho Real decreto 916/1985 según la redacción establecida por el Real decreto 249/1988, de 18 de marzo; y 2.4º del Decreto 327/1991, de

4 de octubre, que regula la evaluación de los efectos ambientales para Galicia, se somete de forma simultánea, una vez terminadas las actuaciones de comprobación y de remisión a las consellerías y organismos competentes por razón de la materia de los documentos presentados, al trámite de información pública, en el uso de las facultades conferidas por el Decreto 63/1997, de 14 de marzo, la petición y documentación técnica y ambiental que se trata en concreto en el anexo a los efectos de su conocimiento general, con el fin de que aquellas personas naturales o jurídicas que se consideren afectadas en sus derechos puedan formular, por escrito, cuantas alegaciones, observaciones, sugerencias y reclamaciones consideren procedentes (indicando la clave del concurso señalada en el encabezamiento y el proyecto o estudio del peticionario al que se refieran), personalmente o por medio de su representante con poder suficiente, ante el registro general de la Consellería de Política Territorial,

Obras Públicas y Vivienda-Edif. Advos. San Caetano, s/n. 15071. Santiago de Compostela- y dentro del plazo improrrogable de veinte (20) días hábiles.

El plazo comenzará a contarse y se entenderá abierto a partir del día siguiente a la publicación que corresponde hacer de la presente resolución en el Diario Oficial de Galicia. Transcurrido dicho período de tiempo, no se admitirá ni se tendrá en cuenta escrito alguno.

A los expresados efectos, este anuncio también será objeto de inserción en el BOP de A Coruña y de exposición al público en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Vilarmaior (A Coruña).

Este trámite se realiza igualmente a los fines del artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, cuando los titulares de los bienes y/o derechos propuestos por el peticionario sean desconocidos y así dirigir al Ministerio Fiscal en su momento las diligencias que se produzcan de estos, de conformidad con el artículo 5 de la Ley de expropiación forzosa, de 16 de diciembre de 1954.

Los que se consideren interesados tendrán a dichos efectos informativos a disposición copia de la petición y de los ejemplares de la documentación técnica y estudio ambiental para que puedan ser examinados, en los días y horas habituales de oficina, en las siguientes dependencias administrativas:

-Proyectos de las obras constitutivas del aprovechamiento y de las instalaciones electromecánicas de la central, subestaciones de transformación y líneas de media y baja tensión y copia de la petición.

* Servicios centrales del Departamento de Gestión del Dominio Público Hidráulico de Aguas de Galicia: Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, Edif. Advos. San Caetano, s/n. 15071 Santiago de Compostela.

* Delegación Provincial en A Coruña de la Consellería de Industria y Comercio: Edif. Advos. Monelos. Plaza de Luis Seoane, 1ª planta, 15008 A Coruña

* Secretaría General de la Comisión Gallega de Medio Ambiente: c/ Algalia de Arriba nº 31, 15071 Santiago de Compostela.

-Estudio de efectos ambientales.

* Secretaría General de la Comisión Gallega de Medio Ambiente.

* Comisión Provincial de Medio Ambiente de A Coruña. Plaza de Pontevedra, 22 -2º, 15003 A Coruña

* Ayuntamiento de Vilarmaior. C/ Armada, 1, 15637 Vilarmaior, A Coruña

El pago del importe de este anuncio, así como de las anteriores actuaciones realizadas en este procedimiento y de aquellas que se vayan a realizar con posterioridad a esta publicación, serán por cuenta, del adjudicatario.

Santiago de Compostela, 9 de julio de 1997.

Emilio García Gallego

Presidente de Aguas de Galicia

ANEXO

-Peticionario y promotor: Cortizo Hidroeléctricas, S.A.

Representante: José Manuel Cortizo Soñora.

Dirección: lugar Extramundi, s/n, 15900 Padrón, A Coruña.

Denominación del aprovechamiento: Central Hidroeléctrica en el río Anduriña.

* Los aspectos más destacados son:

Objeto: producción de energía eléctrica.

Caudal : 750 l/s.

Corriente de derivación: río Baxoi o Anduriña.

Tramo ocupado (cotas): 243-89 m.

Desnivel: 154 m.

Altura del azud: 6 m.

Potencia: 976 kVA.

Término municipal donde radica la toma y demás obras: ayuntamiento de Vilarmaior (A Coruña)

* Breve descripción de las características principales de las obras e instalaciones:

-Azud de derivación y obra de toma.

El azud de derivación es de tipo gravedad con una longitud de coronación aproximada de 18 m (cota de coronación de 245 m). Presenta un vertedero de perfil Creager cuyo labio se encuentra a la cota de 243 m, con una longitud de vertido de 10 m. El azud de derivación tiene una planta recta y se sitúa transversalmente al cauce, presentando en su estribo izquierdo una escala para peces y la toma del aprovechamiento.

La obra de toma se encuentra en el estribo izquierdo del azud, que es un bocal consistente en un abocinamiento de la tubería forzada en el paramento aguas arriba del azud.

-Tubería forzada.

La tubería de carga discurre por la ladera izquierda del río desde la toma en el azud hasta el edificio de la central. Está construida en acero con un diámetro de 0,9 m y se desarrolla enterrada a lo largo de 1.950 m.

-Central.

Se proyecta un edificio de planta rectangular de dimensiones 20,25 m x 9,7 m situada a la cota de 92 m. La estructura del edificio es de hormigón armado y cubierta de fibrocemento y teja.

-Canal de desagüe.

La descarga se proyecta mediante un canal de restitución de alineación recta, con una sección rectangular construida en hormigón, siendo la cota de desagüe de 89 m.

-Equipos electromecánicos.

En la casa de máquinas del aprovechamiento se proyectan los siguientes equipos electromecánicos:

-Un grupo generador formado por una turbina Pelton de dos chorros, 500 r.p.m., para 0,75 m/s y un salto de 150,5 m (potencia 1.970 C.V.); el alternador es síncrono de 976 kVA, 6 kV de tensión y 500 r.p.m.

-Equipos auxiliares.

* Afecciones:

Se efectúa la solicitud de declaración de utilidad pública del aprovechamiento, siendo los bienes y/o derechos afectados por las obras e instalaciones a los fines de la necesaria expropiación forzosa y/o imposición de servidumbres que sean procedentes, los que a continuación se indican:

Ayuntamiento de Vilarmaior.

Polígono 31: parcelas 23 a la 35, 196 a la 199, 226 a la 228, 238, 241, 191 a la 197; polígono 30: parcelas 9 a la 13.

* Estudio de efectos ambientales:

Este documento se presentó conforme a la normativa aplicable.

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