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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 158 Martes, 19 de agosto de 1997 Pág. 8.016

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO CINCO DE SANTIAGO DE COMPOSTELA

EDICTO (485/1990 y tres más).

Yo, María Manuela García-Jalón de la Lama, secretaria del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción

número cinco de Santiago de Compostela, doy fe de que en el juicio verbal civil que se sigue en este juzgado con el número 485/1990, 111/1991, 172/1991 y 374/1993-2, se dictó la sentencia, cuyo encabezado y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

«Sentencia. En Santiago de Compostela a 12 de abril de 1994, Ángel Pantín Reigada, magistrado-juez titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número cinco de los de esta ciudad ha dictado la presente resolución en el procedimiento civil verbal seguido en este juzgado con el número 485/1990, 111/1991, 172/1991 y 374/1993 acumulados, en el que han actuado, en el primero de ellos, como demandante María Isabel López González, mayor de edad y vecina de Santiago de Compostela, representada por el procurador de los tribunales Antonio Cuns Núñez y asistido por la letrada Otilia Garrido Sánchez, y como demandados Manuel Silva Iglesias, no comparecido en las actuaciones y Apolo Compañía Anónima de Seguros, de la cual se desistió, en reclamación de cantidad. Siguiéndose el segundo procedimiento por demanda Mª Sol Nieto Fontenla, mayor de edad y vecina de Santiago de Compostela, representada por la procuradora de los tribunales Soledad Sánchez Silva y asistida del letrado José

Santiago Pérez y, como demandados Guadalupe Iglesias Jiménez, José Luis López Lois y Manuel Silva Iglesias, no comparecidos en las actuaciones, Apolo, S.A. de Seguros de la que se desistió y Cosorcio de Cooperación de Seguros, representado y defendido por el abogado del Estado en reclamación de cantidad. El tercer procedimiento se siguió a instancia de José Luis López Souto, mayor de edad y vecino de Santiago de Compostela, representado por el procurador de los tribunales Julio Barreiro Fernández y asistido del letrado Miguel Ángel Fernández Rodríguez, contra Guadalupe Iglesias Jiménez y Manuel Silva Iglesias, no comparecidos en las actuaciones, y contra la compañía de seguros Apolo, S.A., de la cual se desistió, y Consorcio de Compensación se Seguros, representado y defendido por el abogado del Estado, en reclamación de cantidad. El cuarto y último procedimiento han actuado como demandante María Isabel López Gónzález, de las circunstancias y con la representación y defensa antes

citadas, y como demandado el Consorcio de Compensación de Seguros, representado y defendido por el abogado del Estado, en reclamación de cantidad.

Fallo que, estimando parcialmente las demandas presentadas, debo condenar y condeno al Consorcio de Compensación de Seguros a que indemnice a María Isabel López González en 1.054.824 ptas., a Luis López Souto en 214.758 ptas. y María Sol Nieto Fontenla en 3.378 ptas., absolviéndose a Guadalupe Iglesias Jiménez, a José Luis López Lois y a Manuel Silva Iglesias de las pretensiones contra ellos deducidas, sin hacerse imposición de las costas. Contra esta resolución podrá interponerse recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial en este juzgado en el plazo de cinco días desde la notificación, mediante escrito de formalización del recurso formulado, conforme dispone el vigente artículo 733 LEC.

Así, por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en la instancia, la pronuncio, mando y firmo. Rubricado ilegible.

Asimismo, en el referido procedimiento se ha dictado providencia de fecha 19 de septiembre de 1996, por la que se acuerda notificar y dar traslado del recurso de apelación interpuesto por la parte demandante en el juicio verbal 111/1991 a las demás partes».

Y para que conste y sirva de notificación de la sentencia y del traslado del recurso de apelación por el plazo de cinco días a los efectos del artículo 734 de la LEC., a José Luis López Lois, declarado rebelde y en ignorado paradero, mediante su publicación en el Diario Oficial de Galicia, y en el tablón de anuncios de este juzgado, expido el presente edicto que sello y firmo en Santiago de Compostela, 11 de junio e 1997.

La secretaria

Rubricado

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