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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 152 Viernes, 08 de agosto de 1997 Pág. 7.724

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

DECRETO 215/1997, de 24 de julio, por el que se declara la urgente ocupación, a efectos de expropiación forzosa, por el Ayuntamiento de Mos (Pontevedra), de los bienes y derechos necesarios para la realización de las obras del proyecto de recuperación del cauce y ordenación de las márgenes del río Louro.

El Ayuntamiento de Mos (Pontevedra), en sesión celebrada el día 28 de noviembre de 1996, acordó aprobar el proyecto de recuperación del cauce y ordenación de los márgenes del río Louro y en la misma sesión acordó solicitar de la Xunta de Galicia la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa. El ayuntamiento remitió la documentación complementaria para la correcta tramitación del expediente con fecha de entrada en el registro general de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales, el día 5 de junio de 1997, bajo el número 7.721.

Los bienes en los que se concreta la declaración de urgente ocupación están determinados en el expediente que se sometió a información pública.

La Dirección General de Calidad Medioambiental y Urbanismo de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda emitió informe favorable. Dicho informe tuvo entrada en el registro general de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales, el día 7 de julio de 1997 bajo el número 9.382.

Se considera necesaria la declaración de urxente ocupación de los bienes y derechos necesarios para la realización de las obras del proyécto técnico señalado, porque es necesario evitar los constantes desbordamientos del río Louro producidos por la insuficiencia y mal estado de su cauce, así como sustituir el actual puente por otro de capacidad suficiente para evitar las frecuentes inundaciones; a esto hay que añadir la necesidad perentoria de mejorar la calidad de agua en una zona urbana de intensa presión residencial y industrial.

La competencia para la declaración de la urgente ocupación corresponde al Consello de la Xunta de Galicia según lo dispuesto en los artículos 27.2º y 28.2º del Estatuto de autonomía de Galicia.

En su virtud y a propuesta del conselleiro de Justicia, Inerior y Relaciones Laborales y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del dia veinticuatro de julio de mil novecientos noventa y siete,

DISPONGO:

Artículo único.-De conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiaciónn forzosa, se declara la urgente ocupación, por el Ayuntamiento de Mos (Pontevedra), a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos concretados en el expediente administrativo instruido al efecto y necesarios

para la ejecución de las obras del proyecto de recuperación del cauce y ordenación de márgenes del río Louro.

Santiago de Compostela, veinticuatro de julio de mil novecientos noventa y siete.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

Jesus C. Palmou Lorenzo

Conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones Laborales

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