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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 147 Viernes, 01 de agosto de 1997 Pág. 7.490

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MONTES

RESOLUCIÓN de 20 de junio de 1997, de la Delegación Provincial de Lugo, de notificación de incoación de los expedientes sancionadores de incendios forestales IF 83/97 y tres más, devueltos por el servicio de correos.

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27 de noviembre), de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a la persoa que en el anexo se menciona que, con esta fecha, resolví publicar el acuerdo de iniciación del procedimiento sancionador por infracción de la Ley 81/1968, de 5 de diciembre, sobre incendios forestales, y su reglamento aprobado por el Decreto 3769/1972, de 23 de diciembre (BOE 13-2-1973), por no ser posible la notificación a través del servicio de correos.

Se nombra instructor del procedimiento a Fernando Rengifo Méndez-Núñez, funcionario de esta delegación; pudiendo ser recusado en cualquier momento del expediente de concurrir los supuestos legales.

Los interesados dispondrán de un plazo de quince días, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación, para aportar, por escrito, cuantas alegaciones, documentos, informaciones o propuestas de pruebas consideren convenientes en defensa de sus derechos.

Conforme a lo establecido en el artículo 13.2º del Reglamento de procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, de 4 de agosto de 1993, de no efectuarse alegaciones en el plazo anterior, este acuerdo de iniciación podrá ser considerado propuesta de resolución, determinándose a estos efectos el importe de la sanción.

El pago voluntario pondrá fin al expediente. Para efectuarlo deberá utilizar los impresos normalizados, que le serán facilitados en la Delegación Provincial de Lugo, Ronda de la Muralla, 197.

Lo que se les comunica de acuerdo con la normativa antes citada y con lo establecido en el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por el Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto (BOE nº 189, del 9 de agosto).

Lugo, 20 de junio de 1997.

José Ramón Molinero Senovilla

Delegado provincial de Lugo

ANEXO

-Expediente: IF 83/97.

Denunciado: Ramón Prado Dorado.

DNI: 33.795.362-M.

Ultimo domicilio conocido: Gral. Sanjurjo, 31-33-3ºD.

Hechos imputados: quemar un montón de rastrojos, sin peligro de propagación del fuego, careciendo de la preceptiva autorización de quema.

Precepto sancionador: artigo 137 b) del Reglamento de incendios.

Calificación infracción: grave.

Sanción: 10.000 ptas.

-Expediente IF .

Denunciado: Arturo Bra López.

DNI: 33.799.847.

Ultimo domicilio conocido: c/ Catasol, nº15-2º-Lugo.

Hechos imputados: quemar basura (cajas de cartón) a unos 60 m de distancia de árboles y vegetación, existiendo peligro de incendio en caso de levantarse un poco de viento, y no haber ninguna persona atendiendo la evolución del fuego.

Precepto sancionador: artículo 137 b) del Reglamento de incendios.

Calificación: grave.

Sanción: 15.000 ptas.

-Expediente: 97/97.

Denunciado: Alejandro Juan Cadarso Cerdeiriña.

DNI: 32.759.132.

Ultimo domicilio conocido: Avda.de Arteixo, nº 4-8º.

Hechos imputados: depositar un vehículo semidesguazado en el monte, marca Citroen matrícula M-5221-NJ; estando prohibido acumular basura en zonas forestales, sin autorización.

Precepto sancionador: artículo 137 b) del Reglamento de incendios.

Calificación: grave.

Sanción: 12.000 ptas.

-Expediente: 100/97.

Denunciado: Ramón Roca Montenegro.

DNI: 33.850.701.

Ultimo domicilio conocido: As Fontiñas, 2º-4-Vilalba-Lugo.

Hechos imputados: depositar un vehículo en zona forestal, marca Seat 1200 Sport matrícula C.3277-J, rodeado de matorral y próximo a arboleda; estando prohibido acumular basuras en zonas forestales, sin autorización.

Precepto sancionador: artigo 136 j) e 137 e) del Reglamento de incendios.

Calificación: grave.

Sanción: 12.000 ptas.

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