Por Orden de 21 de marzo de 1997 (DOG del 2 de mayo) se convocaron ayudas para subvencionar las actividades desarrolladas o que se tuviesen previsto realizar, durante el año 1997, las escuelas de música privadas dependientes de instituciones sin ánimo de lucro, de la Comunidad Autónoma de Galicia.
La comisión constituida según establece el punto séptimo de orden de convocatoria, encargada de valorar las solicitudes presentadas, acordó proponer resolución provisional de adjudicación.
Cumplido el procedimiento que señala el punto octavo de la orden de convocatoria, para que los solicitantes pudieran alegar lo que estimasen conveniente en su derecho y, valoradas las alegaciones presentadas, esta consellería,
DISPONE:
Primero.-Elevar a definitiva la propuesta provisional y adjudicar ayudas, en las cuantías que se señalan, a las escuelas de música solicitantes que se relacionan en el anexo I a esta orden.
Segundo.-Desestimar las solicitudes de ayuda de las escuelas que se relacionan en el anexo II a esta orden, por no cumplir alguno de los requisitos establecidos en los puntos primero y segundo de la orden de convocatoria.
Tercero.-Para hacer efectivo el pago de las ayudas, los beneficiarios presentarán en la Dirección General de Centros e Inspección Educativa de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria, antes del 30 de agosto de 1997, la completa justificación de los gastos realizados.
3.1. De acuerdo con lo dispuesto en el apartado décimo de la orden de convocatoria, esta justificación de gastos se presentará en dos partes: el 70% correspondiente a gastos realizados con anterioridad al 30 de abril de 1997 y el 30% restante, correspondiente a gastos realizados hasta el 15 de julio de 1997.
Santiago de Compostela, 14 de julio de 1997.
Celso Currás Fernández
Conselleiro de Educación y Ordenación
Universitaria
ANEXO I
de la escuela ptas.
Denominación
Cuantía de la subvención
Antas de Ulla 700.000 Beade 800.000 Guláns, Unión de 750.000 Lalín 800.000 Matamá, Artística de 800.000 Samos 700.000 Vedra 750.000
ANEXO II
de la escuela
Denominación
Causa de la exclusión
Coppelia No prueba depender de institución sin ánimo de lucro. Disposición primera de la orden de convocatoria Estudio No prueba depender de institución sin ánimo de lucro. Disposición primera de la orden de convocatoria Guillerme Brown No prueba depender de institución sin ánimo de lucro. Disposición primera de la orden de convocatoria Presto Vivace No estar inscrita en el registro de escuelas de música. Disposición segunda de la orden de convocatoria Xinzo Ponteareas No estar inscrita en el registro de escuelas de música. Disposición segunda de la orden de convocatoria
4800