En uso de la competencia sobre pensiones no contributivas de la Seguridad Social, atribuida en la disposición adicional decimooctava del R.D. legislativo 1/1994, de 20 de junio y en el artículo 21 del R.D. 357/1991, de 15 de marzo, a falta de datos necesarios para proceder a la tramitación en la fase de revisión anual de los expedientes que a continuación se relacionan, al haber sido devueltas por el servicio de correos las peticiones de documentación enviadas en su día y, en virtud de lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se requiere a los citados en el anexo para que en el plazo de 15 días, a contar desde el siguiente a la fecha de publicación de este edicto, comparezcan personalmente, o debidamente representados, en el Área de Servicios Sociales de A Coruña (Concepción Arenal 7-9) para tener conocimiento del trámite o documentación que tienen que aportar al expediente. De no
comparecer en el plazo indicado, o si dentro de los 10 días siguientes al de la comparecencia no aportasen la documentación requerida, en virtud de lo dispuesto en el artículo 16.2º del Real decreto 357/1991, de 15 de marzo (BOE del 21 de marzo) se procederá a suspender cautelarmente el pago de la pensión.
A Coruña, 18 de junio de 1997.
Diego Bernal Llorente
Delegado provincial de A Coruña
Solicitante DNI Nº Expte.
Alvedro Castro, Roberto C. 32.799.678 2051/I/92 Bautis Carballal, Dorinda 33.178.108 912/I/91 García Castro, Inés A. 35.170.466 865/J/94 Giménez Cal, Dolores 18.259.631 1835/J/94 Martínez González, Pilar 33.223.052 5980/J/91 Martínez Solares, Marcelino 32.826.283 2114/I/92
97-5209