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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 133 Viernes, 11 de julio de 1997 Pág. 6.862

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO CINCO DE SANTIAGO DE COMPOSTELA

EDICTO de subasta (365/1994).

Yo, Ángel Pantín Reigada, magistrado juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número cinco de Santiago de Compostela.

Hago saber que en este juzgado de mi cargo, bajo el número 365/1994, se siguen autos de ejecutivo letras de cambio, a instancia del procurador Regueiro Muñoz, en representación de Macoga Construcciones, S.L., contra José López Botana, representado por la procuradora Sánchez Silva en reclamación de cantidad, en cuyas actuaciones se ha acordado sacar a la venta en primera y pública subasta, por el término de veinte días y precio de valoración pericial, la siguiente finca embargada al demandado:

-Parcela nº 692 D de la zona de concentración parcelaria de San Miguel do Agros; terreno de labradío, prado y monte bajo, roturado y sin roturar al sitio de O Mariño en este municipio de Santiago de Compostela, que ocupa la extensión superificial de 2.657,75 m. Inscrito en el Registro de la Propiedad nº 2 de Santiago de Compostela al tomo 913, libro 550 de Santiago de Compostela, folio 56, finca 40.027, incripción 1ª.

La subasta tendrá lugar en la sala de audiencia de este juzgado, sito en la calle Viena nº 1-3, 2ª del polígono de As Fontiñas el próximo día 8 de septiembre a las 11 horas, con arreglo a las siguientes condiciones:

1. El tipo del remate será de 4.969.993 ptas., sin que se admitan posturas que no cubran las dos terceras partes de dicha suma.

2. Para poder tomar parte en la licitación deberán los licitadores consignar previamente en la cuenta de consignaciones de este juzgado en el BBV nº cuenta 1592-17-365-94, el veinte por ciento del tipo del remate.

3. Podrán hacerse posturas por escrito, en pliego cerrado, desde el anuncio de la subasta hasta su celebración, depositando en la mesa del juzgado, junto con aquél, el veinte por ciento del tipo del remate.

4. Sólo el acreedor podrá hacer el remate a calidad de ceder a un tercero.

5. Se reservarán en depósito a instancia del acreedor las consignaciones de los postores que no resultaren rematantes y que lo admitan y hayan cubierto el tipo de la subasta, a efectos de que, si el primer adjudicatario no cumpliese la obligación, pueda aprobarse el remate a favor de los que le sigan por el orden de sus respectivas posturas.

6. Los títulos de propiedad, suplidos por certificación del registro, se encuentran de manifiesto en la secretaría del juzgado, debiendo los licitadores conformarse con ellos, sin que puedan exigir otros.

7. Las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del actor, quedarán subsistentes y sin cancelar, entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate.

Para el supuesto de que resultare desierta la primera subasta, se señala para que tenga lugar la segunda el próximo 9 de octubre de 1997, a las 11 horas, en las mismas condiciones que la primera, excepto el tipo del remate que será del setenta y cinco por ciento del de la primera; caso de resultar desierta dicha segunda subasta, se celebrará una tercera, sin sujeción a tipo, el día 6 de noviembre de 1997, también a las 11 horas, rigiendo para la misma las restantes condiciones fijadas para la segunda.

Sirva esta publicación de notificación al demandado para el caso de que no pudiese efectuarse en su domicilio.

Dado en Santiago de Compostela, a cuatro de junio de mil novecientos noventa y siete.

El magistrado juez

Rubricado

El secretario

Rubricado

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