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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 130 Martes, 08 de julio de 1997 Pág. 6.614

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

DECRETO 174/1997, de 22 de mayo, por el que se declara la urgente ocupación, a efectos de expropiación forzosa, por la Diputación Provincial de Lugo, de los bienes y derechos necesarios para la realización de las obras del proyecto 124 P.O.L. 96-Cospeito-Begonte, C.P. LU-111, Ponte Vilar y enlace de la C.P. Gomeán-Castroverde con la C-630.

La Diputación Provincial de Lugo en sesión celebrada el día 2 de agosto de 1996, acordó aprobar el proyecto de 124 P.O.L. 96-Cospeito-Begonte C.P. LU-111, Ponte Vilar y enlace C.P. Gomeán-Castroverde con la C-630 y en la sesión del día 30 de septiembre de 1996 acordó solicitar de la Xunta de Galicia la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de

la Ley de expropiación forzosa. La diputación remitió la documentación complementaria para la correcta tramitación del expediente con fecha de entrada en el registro general de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales el día 5 de mayo de 1997 con el nº 5877.

Los bienes en los que se concreta la declaración de urgente ocupación están determinados en el expediente que se sometió a información pública.

La Dirección General de Calidad Medioambiental y Urbanismo de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda emitió informe favorable. Dicho informe tuvo entrada en el registro general de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales el día 14 de abril de 1997, nº 4869.

Se considera necesaria la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos necesarios para la realización de las obras del proyecto técnico señalado, porque las obras de referencia figuran en un plan de cooperación económica local y los terrenos son necesarios para la iniciación de las obras dentro de los plazos señalados por la normativa al respecto.

La competencia para la declaración de la urgente ocupación corresponde al Consello de la Xunta de Galicia según lo dispuesto en los artículos 27.2º y 28.2º del Estatuto de autonomía de Galicia.

En su virtud y a propuesta del conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones Laborales, y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día veintidós de mayo de mil novecientos noventa y siete,

DISPONGO:

Artículo único.-De conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiaciónn forzosa, se declara la urgente ocupación, por la Diputación Provincial de Lugo, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos concretados en el expediente administrativo instruido al efecto y necesarios para la ejecución de las obras del proyecto 124 P.O.L. 96-Cospeito-Begonte, C.P. LU-111, Ponte Vilar y enlace C.P. Gomeán-Castroverde con la C-630.

Santiago de Compostela, veintidós de mayo de mil novecientos noventa y siete.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

Jesus C. Palmou Lorenzo

Conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones Laborales

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