Examinado el expediente 115A-97/3 relativo al proyecto de expropiación forzosa para la ejecución del polígono residencial de Esteiro-Ferrol, promovido por el Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo de A Coruña a los efectos que determina el artículo 145.6º de la Ley 1/1997, de 24 de marzo, del suelo de Galicia (DOG nº 59 del 26 de marzo de 1997) y visto el informe propuesta de la Subdirección General de Urbanismo y Arquitectura, de fecha 28 de mayo de 1997 y la Orden de 27 de septiembre de 1995, por la que se delegan atribuciones en materia de urbanismo en los delegados provinciales (DOG nº 194, del 9 de octubre de 1995),
RESUELVO:
Primero.-Aprobar definitivamente el proyecto de expropiación forzosa para la ejecución del polígono
residencial de Esteiro-Ferrol, promovido por el Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo de A Coruña por el procedimiento de tasación conjunta previsto en los artículos 145 y siguientes de la Ley 1/1997, del 24 de marzo, del Suelo de Galicia (DOG nº 59, del 26 de marzo de 1997), haciendo constar que la presente resolución implicará la declaración de urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por el proyecto de expropiación de conformidad con lo establecido en el artículo 146 punto 1º de la Ley 1/1997, de 24 de marzo.
En consecuencia, el pago o depósito del importe de la valoración establecida producirá los efectos previstos en los nºs. 6, 7, y 8 del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa, sin perjuicio de que continúe la tramitación del procedimiento para la definitiva fijación del justiprecio (artículo 146 punto 2º de la Ley 1/1997 del 24 de marzo).
Segundo.-Notificar la resolución aprobatoria del expediente a todos los interesados titulares de los bienes y derechos que figuran en el mismo, confiriéndoles un término de veinte días durante el cual podrán manifestar por escrito ante esta delegación provincial su disconformidad con la valoración establecida en el expediente aprobado, conforme dispone el artículo 145 punto 7 de la Ley 1/1997 de 24 de marzo, advirtiéndolos de que transcurrido el citado plazo de veinte días sin que se formule oposición a la valoración, se entenderá aceptada la que se fijó en el acto aprobatorio del expediente, entendiéndose determinado el justiprecio definitivamente y de conformidad (artículo 145 punto 8 de la Ley 1/1997, de 24 de marzo).
Tercero.-Publicar el presente acuerdo en el DOG así como los siguientes bienes y derechos afectados por el proyecto de expropiación junto con la superficie, valoración y propietario.
* Polígono residencia de Esteiro
Finca Propietario m (Ptas.)
Superficie
Justiprecio
c/ Real, 1- 4º Ferrol c/ Pintor Pérez Villamil 11-13
4º Izq. Ferrol
Avda. del Mar 25- 5º Dcha.
Ferrol c/ Uruguay, 23- 25 1º Izq.
Ferrol c/ Uruguay, 23- 25, 1º Izq.
Ferrol e Josefa Pérez Máquez
c/ Mercado, 4- 4º
Ferrol c/ Uruguay, 23- 25, 1º Izq.
FerrolA-1 Hros. Antonio Porto Carrera
827 6.516.967 A-2 Guillermina Sansegundo Rodríguez
967 7.620.202 B-1 Desconocido 320 2.521.680 B-2 Desconocido 285 2.245.871 B-3 Hermanos Pereira Villares
678 5.342.810 B-4 Rosa e Purificación Mayobre Seoane
441 3.660.348 B-5 Rosa e Purificación Mayobre Seoane
150 1.182.037 B-6 Herd. Jesús González Pego
765 6.028.391 B-7 Juan Pico González
188 1.481.487
Finca Propietario m (Ptas.)
Superficie
Justiprecio
c/ Iglesia, 38- 2º
Ferrol c/ Río Castro, 8- 10, 3º Dcha
y C/Sartaña, 26- 28, 3º Izd.
Ferrol c/ Ejército Español, 7
Ferrol c/ Santiago, 1- 6º Izq.
A Coruña c/ Juana de Vega
A CoruñaB-8 Herd. Valentina Olivares González
4.080 32.151.420 B-9 Herd. Daniel Prieto Pereira e Mª López Díaz
570 4.491.742 B-10 Josefina e Mª del Carmen Bernardo Peteiro
2.736 21.560.364 B-11 Herds. Nicolás Badía
3.995 31.481.598 B-12 Santiago Pérez Arda
1.985 15.642.296
Finca Precarista m (Ptas.)
Superficie
Justiprecio
c/ Betanzos nº 5- 12 Izq.
Ferrol Mª del Mar Cabado Martínez
c/ 6 nº 16
Ferrol Dolores López Franco
c/ Cádiz, 17- Ptal.9-2º
Ferrol Mª de los Angeles Suárez Vázquez
c/ Sánchez Calviño, 62- 5º E
Ferrol c/ Betanzos nº 5- 12 Izq.
Ferrol c/ Betanzos nº 5- 12 Izq.
FerrolB-3 Segundo Bujía Fernández
678 241.762 B-8 Agustín Fernández Mahía e
200 58.101 B-8 Jesús Rodríguez Alvarez e
1.750 301.956 B-8 José Valle Vázquez e
1.400 430.126 B-11 Segundo Bujía Fernández
570 165.588 B-11 José Rey Soto
570 204.588
Asimismo, la publicación de esta resolución servirá de notificación a los propietarios desconocidos, de los que se ignore el lugar de notificación, o bien tramitada la notificación, no se pudiese realizar. Todo esto de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE del 27-11-1992).
Contra la citada resolución, que es definitiva en vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados a partir de la fecha de notificación de esta resolución, debiéndose comunicar previamente a esta delegación provincial dicha interposición conforme se dispone en
el artículo 110 punto 3 de la Ley 30/1992, del réximen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
A Coruña, 2 de junio de 1997.
Jesús Almuiña Loeda
Delegado pronvincial de A Coruña
97-4815