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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 121 Miercoles, 25 de junio de 1997 Pág. 6.120

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 4 de diciembre de 1996, de la Dirección General de Industria, por la que se autoriza la instalación de una planta de cogeneración de energía eléctrica a la empresa Forestal del Atlántico, S.A., en el municipio de Mugardos (A Coruña), y se incluye en el régimen especial creado por el R.D. 2366/1994. (Expediente 47/1994).

Visto el escrito presentado por la empresa Forestal del Atlántico, S.A., con domicilio a efectos de notificaciones en Punta Promontorio s/n, 15620 Mugardos, A Coruña, y teniendo en cuenta los siguientes hechos:

Primero.-El día 2 de agosto de 1996, la referida empresa, dedicada a la fabricación de resinas y colas de urea-formaldehido, deslastre y desgasificación de buques y almacenamiento y distribución de productos petrolíferos, solicitó la autorización administrativa y el reconocimiento de la condición de instalación acogida al régimen especial de producción de energía eléctrica creado por el Real decreto 2366/1994, de 9 de diciembre, sobre producción de energía eléctrica por instalaciones hidráulicas de cogeneración y otras abastecidas por recursos o fuentes de energía renovables, para la ampliación de la planta de cogeneración que tiene previsto instalar en su factoría del municipio de Mugardos (A Coruña) y que fue aprobada por resolución de la Dirección General de Industria, de 3 de noviembre de 1994. Acompaña a dicha solicitud el preceptivo anteproyecto de las instalaciones, el estudio de los rendimientos energéticos alcanzables y de ahorro de energía que se conseguirán con la puesta

en servicio de las instalaciones proyectadas, y el resto de la documentación a que hace referencia el artículo 5.4º del citado R.D. 2366/1994.

Las características técnicas básicas de la planta de cogeneración serán las siguientes:

Cuatro motores de combustión interna alternativos alimentados por fuel, de 6.590 kW cada uno; cuatro generadores síncronos trifásicos de 6.200 kVA c/u, tensión de generación 6 kV; un centro de transformación 132/6, con una potencia de 24,8 mVA, montado en intemperie; instalaciones de interconexión con la línea eléctrica de la compañía distribuidora e instalaciones complementarias de aprovechamiento de calor y de protección eléctrica, mando, señalización y medida.

Segundo.-De conformidad con lo establecido en el Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, sobre autorización de instalaciones eléctricas, de aplicación al presente expediente en virtud de lo establecido en la disposición transitoria primera de la Ley 40/1994, de 30 de diciembre, de ordenación del sistema eléctrico nacional, la Delegación Provincial de A Coruña dictó Resolución, de 19 de agosto de 1996, por la que se sometió a información pública la autorización administrativa de la instalación de referencia, que se publicó en el DOG, de 29-8-1996, y en el BOP de A Coruña, de 30-8-1996, sin que se presentase en el período legalmente establecido para ello alegación alguna.

Tercero.-La solicitud objeto de este expediente está informada favorablemente por dicha delegación provincial.

Fundamentos de derecho.

Primero.-La Dirección General de Industria es competente para resolver este expediente con base en el Estatuto de autonomía de Galicia, en el Real decreto 2563/1982, de 24 de julio, en el Decreto 132/1982, de 4 de noviembre y en el Decreto 209/1990, de 15 de marzo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Industria y Comercio, modificado por los decretos 140/1991, de 2 de mayo

y 292/1995, de 3 de noviembre, en relación con el Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, sobre autorización de instalaciones eléctricas y el Real decreto 2366/1994, de 9 de diciembre.

Segundo.-La planta de cogeneración proyectada supera los rendimientos energéticos mínimos que para el tipo de combustible se establecen en el anexo del citado R.d. 2366/1994, siendo realizado el expediente con cumplimiento de la tramitación reglamentaria.

Tercero.-En el expediente instruido al efecto se han cumplido los trámites reglamentarios.

Vistos los preceptos legales citados y los demás de pertinente y general aplicación, esta dirección general,

RESUELVE:

1. Autorizar la instalación de una planta de cogeneración a la empresa Forestal del Atlántico, S.A., a situar en las instalaciones de la factoría que dicha empresa tiene en Mugardos (A Coruña).

2. Reconocer a la planta de cogeneración autorizada la condición de instalación acogida al régimen especial del R.D. 2366/1994, e incluirla en el grupo d) del artículo 2 de dicho real decreto.

Como requisito necesario para la aplicación del régimen especial a dicha instalación, la citada empresa deberá inscribir aquélla en el Registro de Instalaciones de Producción de Energía Eléctrica en Régimen Especial de la Comunidad Autónoma de Galicia, creado por la orden de la Consellería de Industria y Comercio, de 5 de julio de 1995 (DOG del 14-7-1995), para lo que acreditará el cumplimiento de las condiciones previstas en el artículo 11 del R.D. 2366/1994, y presentará la documentación que figure en las instrucciones que dicte esta dirección general en desarrollo de la citada orden.

El promotor presentará ante la Delegación Provincial de A Coruña, en el plazo de un año contado a partir de la fecha de publicación en el DOG de la presente resolución, el proyecto de ejecución de la planta de cogeneración autorizada, la cual contendrá los datos y condiciones técnicas para la realización de las instalaciones de conexión de la central a la red, que serán facilitados por la empresa que distribuya energía eléctrica en la zona, así como el punto de interconexión.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, se podrá interponer recurso ordinario ante el conselleiro de Industria y Comercio de la Xunta de Galicia, en el plazo de un mes contado a partir del día de su publicación.

Santiago de Compostela, 4 de diciembre de 1996.

Joaquín del Moral Crespo

Director general de Industria

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