Objeto: la provisión del cargo de juez de paz de este municipio.
Presentación de solicitudes: en el registro general del ayuntamiento o en las oficinas a que se refiere el artículo 66 de la Ley de procedimiento administrativo durante el plazo de quince días hábiles contados a partir de la publicación de la convocatoria en el BOP y DOG.
A la solicitud se acompañarán los siguientes documentos:
1. Certificado de nacimiento o fotocopia compulsada del DNI.
2. Certificación expedida por el Registro Central de Penados y Rebeldes y declaración complementaria a que hace referencia el artículo 2 de la Ley 68/1980 en su punto 1.a), referente a si se encuentra inculpado o procesado.
3. Justificante de méritos que alegue el concursante.
Requisitos de los aspirantes: ser español, mayor de edad y no estar incurso en causas de incapacidad que establece el artículo 303 de la Ley orgánica del poder judicial.
Teo, 19 de mayo de 1997.
Armando Blanco Martínez
Alcalde