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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 114 Lunes, 16 de junio de 1997 Pág. 5.759

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CERDIDO

ANUNCIO.

La Corporación Municipal en Pleno de este ayuntamiento, en sesión extraordinaria celebrada con todos los requisitos legales el día 7 de junio de 1997, acordó prestar aprobación definitiva a la modificación puntual de la delimitación del suelo urbano en el lugar de Vila da Igrexa en Cerdido y de Felgosas, en Barqueira de este ayuntamiento de Cerdido, siendo la parte dispositiva del mencionado acuerdo la siguiente:

1º. Aprobar definitivamente el proyecto de modificación puntual de la delimitación del suelo urbano en el lugar de Vila da Igrexa en Cerdido, y de Felgosas en A Barqueira, de este ayuntamiento con destino a viviendas sociales.

2º. Que se dé cumplimiento a lo dispuesto en el apartado b) del artículo 8 de la Ley 1/1995 y al 48 de la ley 1/1997, mediante la publicación en el Diario

Oficial de Galicia y en el BOP de la presente aprobación definitiva.

3º. Se dará traslado a la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda de la referida aprobación, enviando copia debidamente compulsada del expediente administrativo completo y de dos ejemplares del instrumento aprobado con todos los planos y documentos que integran el plan sobre el que recae dicha aprobación debidamente diligenciado por el secretario del ayuntamiento.

4º. La eficacia del acto de aprobación definitiva de la modificación quedará condicionada a la recepción del expediente completo en la consellería referida y a la publicación a que hace referencia el punto 2.

Contra este acuerdo, que es definitivo en vía administrativa, se podrá interponer directamente en el plazo de dos meses recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia en A Coruña, previa comunicación al órgano autor del acto a que se refiere el artículo 110.3º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, sin perjuicio de que se pueda ejercer en su caso, cualquier otro recurso que se considera procedente.

Cerdido, 5 de junio de 1997.

Bernardino Breijo Freire

Alcalde

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