El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión realizada el día 25 de mayo de 1993, acordó iniciar el procedimiento de elección de juez de paz titular y sustituto del Ayuntamiento de Paderne, de conformidad con el siguiente anuncio:
1. Objeto: es objeto del presente anuncio la elección de juez de paz y de sustituto del Ayuntamiento de Paderne.
2. Presentación de solicitudes: en el registro general del ayuntamiento y en el plazo de los quince días siguientes al de la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Galicia o en el BOP, última publicación en que aparezca.
3. Condiciones de los solicitantes: ser español/a, mayor de edad y no estar incurso en ninguna de las
causas de incapacidad o incompatibilidad previstas en la Ley orgánica 6/1985, de 1 de julio, del poder judicial.
4. Documentación que se adjuntará con la solicitud.
a) Certificación de nacimiento o fotocopia del DNI.
b) Certificación expedida por el Registro Central de Penados y Rebeldes y declaración complementaria a que hace referencia el artículo 2 de la Ley 68/1980, en su punto 1.a), referente a si se encuentra inculpado o procesado.
c) Justificación de méritos que alegue el solicitante.
5. Elección: el Pleno del Ayuntamiento, con el voto favorable de la mayoría absoluta de sus miembros, entre las personas que reúnan las condiciones legales y así lo soliciten. Si no hubiese solicitantes, el Pleno elegiría libremente.
Paderne, 7 de mayo de 1997.
José Luis Pico Espiñeira
Alcalde-presidente
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