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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 109 Lunes, 09 de junio de 1997 Pág. 5.462

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE POLÍTICA TERRITORIAL, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA

DECRETO 134/1997, de 22 de mayo, sobre desconcentración de competencias sancionadoras en materia de vivienda en los delegados provinciales de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda.

El artículo 103.1 de la Constitución elevó la desconcentración al rango de principio inspirador de la actuación administrativa.

La desconcentración opera como instrumento para lograr una mayor eficacia en el funcionamiento de la Administración y como medio de conseguir un mayor acercamiento al administrado.

La Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de infracciones en materia de vivienda, establece que en defecto de procedimiento específico habrá que atenerse al procedimiento sancionador general. En su disposición final primera autoriza al Consello de la Xunta a dictar cuantas disposiciones de aplicación y desarrollo sean necesarias.

El Reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora, R.D. 1398/1993, de 4 de agosto, establece la posibilidad de desconcentración por una disposición administrativa de carácter general de la titularidad y el ejercicio de las competencias sancionadoras en órganos jerárquicamente dependientes de aquellos que las tengan atribuidas.

El artículo 12.2 de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común establece asimismo la posibilidad de que la titularidad y el ejercicio de las competencias atribuidas a los órganos administrativos puedan ser desconcentradas en otros jerárquicamente dependientes de aquéllos.

La propia estructura orgánica del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo (IGVS) y la organización del trabajo de sus unidades administrativas hacen necesaria una desconcentración de las competencias sancionadoras atribuidas en la Ley de infracciones en

materia de vivienda al conselleiro y al director general del IGVS, en los delegados provinciales de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda.

En consecuencia, a propuesta del conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión de veintidós de mayo de mil novecientos noventa y siete,

DISPONGO:

Artículo 1º

Se desconcentran en los delegados provinciales de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda las competencias para la imposición de las sanciones que, según la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de infracciones en materia de vivienda, correspondan al conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda y al director general del IGVS.

Artículo 2º

Las resoluciones dictadas en virtud de desconcentración podrán ser objecto de recurso ordinario.

Disposición final

El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, veintidós de mayo de mil novecientos noventa y siete.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

José Cuíña Crespo

Conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda

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