En esta delegación provincial se sigue expediente sancionador número P-33/96, contra María Esther Lorenzo Domínguez y la empresa operadora Recreativos Silma, S.L., por presunta infracción de la Ley 14/1985, de 23 de octubre, en el que ha resuelto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de diciembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, publicar el acuerdo de apertura y el pliego de cargos, por resultar desconocido el domicilio de María Esther Lorenzo Domínguez.
Acuerdo apertura.
El director general de Justicia, Interior y Relaciones Laborales, por delegación del conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones Laborales, con fecha de 16 de octubre de 1996, adoptó el siguiente acuerdo:
1. Incoar expediente sancionador, de conformidad con lo establecido en la Ley de las Cortes Generales
34/1987, de 26 de diciembre, de potestad sancionadora de la Administración pública en materia de juegos de suerte, envite o azar:
-A la empresa operadora Recreativos Silma, S.L.
-A la titular del establecimiento María Esther Lorenzo Domínguez.
2. Nombrar instructora y secretaria del mismo a:
-María Jesús Padín García y
-Clara Eugenia García Bermúdez, respectivamente.
3. Adoptar como medida provisional la confirmación del precinto de la máquina por carecer ésta de la pegatina de la tasa fiscal de juego y del boletín de instalación.
Pliego de cargos.
1. Tener la empresa operadora Recreativos Silma, S.L. y María Esther Lorenzo Domínguez, instalada el día 27 de junio de 1996, en el establecimiento denominado Bar Juventud, sito en la calle Vaqueira, nº 44-Budiño, del municipio de O Porriño, una máquina recreativa tipo B, modelo B-1885, serie 92.1989, guía de circulación número 1074174 y autorización de explotación GA-P-1634, carente del distintivo de pago de la tasa fiscal de juego y sin tener en el establecimiento ni en la máquina el boletín de instalación.
2. Tales hechos podrían constituir infracción muy grave o grave tipificada en el artículo 28 y siguientes de la Ley 14/1985, de 23 de octubre, reguladora de los juegos y apuestas de Galicia, modificada por la Ley 7/1991, de 19 de junio (de tributación sobre el juego, disposición adicional tercera).
Lo que se comunica de acuerdo con el artículo 7 de la Ley de las Cortes Generales 34/1987, de 26 de diciembre, de potestad sancionadora de la Administración pública en materia de juegos de suerte, envite y azar, disponiendo el interesado de un plazo de ocho días a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación para que pueda presentar pliego de descargos, en el que podrá solicitar el recibimiento a prueba del expediente en la forma prevista en el apartado 2 b) de dicho precepto legal.
Pontevedra, 5 de mayo de 1997.
María Jesús Padín García
Instructora
3988