En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4 del Real decreto 873/1977, de 22 de abril, de desarrollo de la Ley 19/1977, de 1 de abril, y para los efectos previstos en éste, se hace público que en el correspondiente servicio de esta dirección general fueron depositados el acta de constitución y los estatutos de la asociación Cluster de Empresas de Automoción de Galicia (Ceaga) que tiene los siguientes ámbitos:
Territorial: Comunidad Autónoma de Galicia.
Profesional: podrán formar parte de la mencionada asociación todos los fabricantes de componentes de automoción, que dispongan de instalación de producción en Galicia y que al menos dos tercios de la facturación de la empresa proceda directa o indirectamente de la industria de componenetes de la automoción.
Firman el acta de constitución: Pedro Torréns Calle en representación de las empresas Allibert Orense, S.A. y Lignotock, S.A. y treinta y seis personas más.
Santiago de Compostela, 30 de abril de 1997.
Juan Pedrosa Vicente
Director general de Relaciones Laborales
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