De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a las personas que se mencionan en el anexo que, con esta fecha, ha resuelto publicar las resoluciones de los procedimientos sancionadores por infracción de la Ley 7/1992, de 24 de julio, de pesca fluvial, (DOG nº 151 del 5 de agosto), por no haberse podido realizar su notificación.
El importe de la sanción se hará efectivo en cualquier entidad bancaria, en la cuenta de recaudación de multas y sanciones de la Xunta de Galicia nº 311-000-166/2 de la Caja de Ahorros de Galicia en A Coruña O.P., en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de publicación
de esta notificación. Para efectuarlo se deberán emplear los impresos normalizados que serán facilitados en esta delegación provincial, sita en el Edificio Administrativo de Servicios Múltiples, Monelos, A Coruña. Transcurrido el citado plazo se procederá al cobro por la vía administrativa de apremio.
De conformidad con lo previsto en el artículo 114 y concordantes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, cabe formular recurso ordinario ante el conselleiro de Agricultura, Ganadería y Montes, dentro del plazo de un mes, contado igualmente, a partir del día siguiente de la publicación de esta notificación.
Transcurrido el plazo de interposición del recurso sin que éste se haya presentado, esta resolución será firme a todos los efectos reglamentarios.
A Coruña, 8 de mayo de 1997.
Rogelio Aramburu Núñez
Delegado provincial de A Coruña
ANEXO
Ley de pesca
DNI
Última dirección conocida
Tipificación infracción
Expediente Denunciado
Hechos denunciados Artículo Calificación Sanción
76.411.219
Virxe da Luz, 12
As Pontes
33.211.575
Av. Santiago, 27-3º
Negreira
1.240 Indem. c/ do Río, 4
Meixonfrío
Santiago de Compostela
grave Inhab. 1 añoP-96/0065 Artemio S. Formoso Barro
Pescar siendo titular de una licencia válida sin llevarla consigo 33.1º Leve 5.000 ptas. multa P-96/0290 Saladino Mancebo San Andrés
Pescar 1 trucha de tamaño menor que el reglamentario 33.9º Leve 10.000 ptas. multa
P-96/0315 Xesús Conde Noya
Pescar sin licencia 34.1º Menos
50.001 ptas. multa
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