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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 102 Jueves, 29 de mayo de 1997 Pág. 5.089

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

CÉDULA de 13 de mayo de 1997, de la Dirección General de Industria, por la que se notifica la Resolución de 14 de febrero de 1997 denegatoria de la expedición de la carta de artesano, solicitada por Alicia Blanco Fernández (expediente IN201A-96/104-0).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común y por no poderse

practicar la notificiación en el domicilio que consta en el expediente, sito en Cota nº 77, del ayuntamiento de Friol (Lugo), ya que la interesada se ausentó de él, tal y como comunica el servicio de correos, por la presente se notifica a Alicia Blanco Fernández la resolución dictada por la Dirección General de Industria el 14 de febrero de 1997 que textualmente dice:

«Vista la solicitud presentada por Alicia Blanco Fernández para la obtención de la carta de artesano en la actividad de imaginería,

Resultando que, el día 21-6-1996, Alicia Blanco Fernández presentó en el registro general de la Consellería de Industria y Comercio un escrito en el que solicita la expedición de la carta de artesano para las actividades de imaginería, acompañando al mismo la documentación que estima oportuna para acreditar su condición de artesana.

Resultando que, trasladada la referida solicitud a la Comisión Gallega de Artesanía, el día 6 de febrero de 1997, la citada comisión acuerda proponer a la Dirección General de Industria que se desestime dicha solicitud, ya que Alicia Blanco Fernández fue requerida con anterioridad por la comisión para que especificara detalladamente su actividad. La comisión acuerda, por unanimidad, denegarle la carta de artesano, ya que considera que, vista la descripción de la labor que desarrolla, no constituye ninguna actividad artesanal de las recogidas en la Orden de 12 de julio de 1993.

Considerando que, a tenor de lo dispuesto en el párrafo segundo, punto 2, apartado B, del artículo 1º del Decreto 145/1993, por el que se regula el procedimiento de obtención de la carta de artesano y maestro artesano y el Registro General de Artesanía de Galicia, la Dirección General de Industria es la competente para expedir la carta de artesano, a propuesta de la Comisión Gallega de Artesanía.

Considerando que la Comisión Gallega de Artesanía propone a la Dirección General de Industria, con fecha 7 de febrero de 1997, que se desestime la solicitud de expedición de la carta de Artesano a Alicia Blanco Ferández para la actividad de imaginería.

Vistos los preceptos legales citados y demás de pertinente y general aplicación y de acuerdo con la propuesta formulada por la Comsión Gallega de Artesanía.

Esta Dirección General de Industria,

RESUELVE:

Denegar la carta de artesano, solicitada por Alicia Blanco Fernández para la actividad de imaginería.

Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso ordinario ante el conselleiro de Industria y Comercio, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la presente notificación».

Y para que conste y le sirva de notificación a Alicia Blanco Fernández, firmo y sello la presente cédula en Santiago de Compostela, 13 de mayo de 1997.

Joaquín del Moral Crespo

Director general de Industria

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